Reformas al Estatuto Orgánico del Centro Nacional de Metrología

Fecha de disposición10 Mayo 2013
Fecha de publicación10 Mayo 2013
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Centro Nacional de Metrología. El Consejo Directivo del Centro Nacional de Metrología, Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15, segundo párrafo y 58 fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, en la 83a. sesión celebrada el 14 de marzo de 2013 y mediante acuerdo 05/83ª/13, ha aprobado las siguientes:

REFORMAS AL ESTATUTO ORGÁNICO DEL CENTRO NACIONAL DE METROLOGÍA

ARTÍCULO ÚNICO

Se reforman los artículos 2, 3, 4, 5, 7, 8, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 37 así como el título de los Capítulos Sexto y Séptimo del Estatuto Orgánico del Centro Nacional de Metrología para quedar como sigue:

Artículo 2 El CENAM es un organismo descentralizado de la administración pública federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, del sector coordinado por la Secretaría de Economía

El CENAM se regirá por las disposiciones previstas en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y en sus Reglamentos respectivos, por el presente Estatuto, por la normatividad aplicable y supletoriamente por las disposiciones de derecho común.

Artículo 3 El CENAM tendrá su domicilio legal en el Estado de Querétaro, Municipio El Marqués, kilómetro 4.5 de la Carretera a Los Cués

El CENAM, previa autorización de su Consejo Directivo, podrá establecer oficinas o unidades en cualquier parte del territorio nacional, sin que por ello se entienda cambiado su domicilio.

Artículo 4 ...
  1. ...

  2. ...

  3. Estatuto: Estatuto Orgánico del Centro Nacional de Metrología.

  4. Secretaría: Secretaría de Economía.

  5. CENAM: Centro Nacional de Metrología, y

  6. Director General: Director General del Centro Nacional de Metrología.

Artículo 5 ...
  1. Realizar y reproducir las unidades del Sistema General de Unidades de Medida, a fin de establecer y mantener los patrones nacionales de medida, incluidos los materiales de referencia certificados, los cuales constituyen el origen de la trazabilidad de las mediciones en el país;

  2. Realizar actividades de investigación científica y de desarrollo tecnológico para avanzar en el conocimiento de los patrones nacionales de medida, los cuales incluyen a los materiales de referencia certificados, y en el desarrollo de nuevos métodos de medición de referencia, que permitan atender las necesidades de medición de los sectores productivos y sociales que acompañan el desarrollo tecnológico nacional;

  3. Efectuar la diseminación de los valores de los patrones nacionales de medición y materiales de referencia certificados mediante servicios de medición, calibración de patrones e instrumentos de medición, certificación y suministro de materiales de referencia y otras actividades metrológicas que sirvan para el mismo propósito, a fin de coadyuvar a asegurar la confiabilidad y uniformidad de las mediciones que se realizan en el país;

  4. Apoyar las actividades de normalización y evaluación de la conformidad en el ámbito de su competencia.

Artículo 7 ...
  1. Establecer los criterios, programas y actividades para el desarrollo y consolidación de la Metrología Científica, en colaboración con la Secretaría, dentro de las prioridades del Plan Nacional de Desarrollo;

  2. Proponer a la Secretaría los instrumentos, sistemas o métodos de medición, que materialicen las unidades de medida para obtener su autorización como patrones nacionales;

  3. Participar en comparaciones de los patrones nacionales de medición y materiales de referencia

    certificados, con los de otros institutos nacionales de metrología, para confirmar su equivalencia, evaluar su incertidumbre y asegurar que satisfacen las necesidades de los usuarios;

  4. Desarrollar y certificar materiales de referencia adecuados a las necesidades de la industria nacional y conforme a los objetivos y prioridades del CENAM, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento de la Ley;

  5. Promover el desarrollo y uso de materiales de referencia certificados;

  6. Desarrollar y validar métodos analíticos para su uso en laboratorios de ensayo, a fin de realizar análisis químicos confiables y trazables a las unidades SI, o en su defecto a las unidades internacionalmente reconocidas;

  7. Promover el desarrollo y uso de buenas prácticas de medición;

  8. Organizar y participar en ensayos de aptitud que conduzcan a mejorar el desempeño de los laboratorios metrológicos del país;

  9. Apoyar el mejoramiento continuo de la calidad de las mediciones por medio de actividades de capacitación y actualización para el personal técnico de los laboratorios metrológicos;

  10. Realizar los proyectos de investigación y desarrollo tecnológico relacionados con la metrología que se consideren pertinentes o le sean expresamente solicitados, acordes con el Plan Nacional de Desarrollo y sus programas sectoriales en materia de desarrollo industrial;

  11. Participar en los comités de evaluación de la capacidad técnica de los laboratorios de calibración;

  12. Promover conjuntamente con la Secretaría, el uso de la metrología en la industria, el comercio y demás sectores;

  13. Integrar un centro de información especializado en materia de metrología y áreas afines;

  14. Desarrollar e instrumentar procedimientos para la utilización, mantenimiento y conservación de los patrones nacionales de medición;

  15. Gestionar la obtención de patentes, marcas, nombres comerciales y otros derechos de propiedad intelectual para los desarrollos generados en el CENAM;

  16. Propiciar la formación de recursos humanos en las diferentes especialidades de la metrología, por medio de la participación y el apoyo a actividades académicas;

  17. Promover y realizar el intercambio tecnológico y científico en materia de metrología con otros organismos e instituciones a nivel nacional e internacional;

  18. Publicar y difundir por medio de artículos, monografías, publicaciones especiales, libros y cualquier otro medio, los resultados de las actividades de las investigaciones y desarrollos tecnológicos que el CENAM realice en materia de metrología;

  19. Realizar dictámenes periciales en materia de metrología, en términos de la Ley, y

  20. Las demás funciones que requiera para su funcionamiento, conforme a la legislación aplicable.

    ...

Artículo 8 El Patrimonio del CENAM estará constituido, además de lo establecido en el artículo 37 de la Ley, por donativos, aportaciones, legados en dinero y/o en especie, de los cuales informará a su Consejo Directivo en cuanto a su monto y aplicación, así como con los ingresos que perciba por los servicios que preste y otros bienes que reciba por actos jurídicos análogos.
Artículo 10

Los derechos de propiedad y de explotación de invenciones o de obras desarrolladas por toda persona que por relación laboral, por prestación de servicios profesionales o por cualquier otro motivo preste un servicio para la Entidad, corresponden exclusivamente al CENAM, quien será el indicado para gestionar ante las autoridades competentes todos los trámites para la protección y registro de los derechos de propiedad industrial o intelectual.

Artículo 11 Toda persona que por relación laboral, por prestación de servicios profesionales o por cualquier otro motivo preste un servicio para la Entidad, y que desarrolle una invención o una obra, tendrá derecho a que su nombre figure como inventor o autor, según sea el caso.
Artículo 12 El CENAM determinará en cada caso, la procedencia de una compensación complementaria a favor del inventor o del autor considerando la importancia y beneficios de la invención o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR