Recursos Administrativos

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas210-210

Page 210

203.- LA–RECURSOS ADMINISTRATIVOS 210

en cada aduana, cuyo fin sea el mante ni mien to, repara ción o amplia ción de las insta la cio nes de las propias aduanas, en los térmi nos que establez ca la Secre ta ría median te reglas. El patri mo nio de dichos fondos se integra rá con las aporta cio nes que efectúen las perso nas antes mencio na das, con el remanen te del produc to de la venta obteni do de confor mi dad con el artícu lo 32 de esta Ley, así como por las canti da des que aporten las perso nas que hubie ran cometi do daños en las insta la cio nes o equipos que se utili cen en la opera ción aduane ra o con las canti da des que aporten las perso nas a las que se les impon gan multas y que opten por aportar canti da des equiva len -tes a las multas impues tas en los térmi nos de los artícu los 181, 191 y 193 de esta Ley.

LA 159, 168, 181, 191, 193. RMCE2011 1.1.8.

LA–RECURSOS ADMINISTRATIVOS
TITULO IX

Recursos Administrativos

CAPITULO UNICO

Resolucionescontralasqueprocedeelrecursoderevocación

203.- En contra de todas las resolu cio nes defini ti vas que dicten las autoridadesaduanerasprocederáelrecursoderevocaciónestablecidoen el Código Fiscal de la Federa ción.

CFF 116, 117, 121. RMCE2011 3.7.25.

Lainterposicióndelrecursoderevocaciónseráoptativaparaelinteresado antesdeacudiralTribunalFederaldeJusticiaFiscalyAdministrativa.

CFF 120, 121. CR2011 25.

1996

LA–TRANSITORIOS

n TRANSITORIOS

Del De cre to por el que se ex pi den nue vas le yes fis ca les y se mo -di fi can otras, vi gen te a par tir del 1o. de abril de 1996
(DOF 15/XII/1995)

Entra da en vi gor

Primero.- La presen te Ley entra rá en vigor el 1o. de abril de 1996, con excep ción de los artícu los 21, fraccio nes I y II; y 82, párra fos prime ro y segun -do, los que entra rán en vigor a partir del 1o. de julio de 1996.

Abrogacióndeleyyvigenciadereglamento

Segundo.- A partir de la fecha en que entre en vigor esta Ley, queda rá abroga da la Ley...

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