¿Qué lineamientos deben observarse en un fondo de reserva de una sociedad cooperativa de producción?

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Soy representante legal de una sociedad cooperativa de producción. En fechas recientes, la empresa decidió crear un fondo social de reserva para contingencias, como medida de prevención por posibles pérdidas futuras. Ignoro qué reglas se deben observar en la creación de este fondo.

Lector de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

Pregunta

¿Qué lineamientos deben observarse en un fondo de reserva de una sociedad cooperativa de producción?

Respuesta

De acuerdo con el artículo 53 de la Ley General de Sociedades Cooperativas (LGSC), estas sociedades podrán constituir un fondo social de reserva; al respecto, los artículos 54 y 55 de la LGSC establecen las reglas siguientes:

1. El fondo de reserva se constituirá de 10 a 20% de los rendimientos que obtengan las sociedades cooperativas en cada ejercicio social.

2. El fondo de reserva podrá ser delimitado en las bases constitutivas, pero no será menor de 25% del capital social en las sociedades cooperativas de productores, y de 10% en las de consumidores.

3. Este fondo podrá ser afectado cuando lo...

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