Proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Título Décimo del Código Penal Federal, en materia de corrupción de las y los servidores públicos., de 10 de Septiembre de 2015

Iniciativas

De la Sen. Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Título Décimo del Código Penal Federal, en materia de corrupción de las y los servidores públicos.

Se turnó a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.

Ver Sinopsis Español:

Con las reformas al Código Penal Federal se busca que los servidores públicos que enfrenten un proceso por delitos de corrupción, lo hagan en prisión preventiva de manera oficiosa, sin derecho a libertad bajo fianza o cualquier otro beneficio en lo que se resuelve su situación jurídica o se dicta la sentencia correspondiente.

Propone que se cambie la denominación del Título Décimo por “Delitos de corrupción de empleados y servidores públicos” y pretende que el particular que haya participado en la comisión de los delitos tipificados en dicho Título y proporcione ayuda eficaz para la investigación y condena de los servidores públicos involucrados, podrá recibir ciertos beneficios.

Busca incorporar como delitos de uso indebido de atribuciones y facultades a servidor público que en razón de su empleo, cargo o comisión públicos otorgue o autorice, para sí o para otros, pagos de remuneraciones, jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, liquidaciones por servicios prestados, préstamos o créditos que no estén previstos en ley, decreto legislativo, contrato colectivo, contrato ley o condiciones generales de trabajo, o que estando previstos otorgue o autorice su pago aunque no se tenga derecho a recibirlos, y que utilice los apoyos o gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales, en actividades o en conceptos ajenos al cumplimiento de su empleo, cargo o comisión públicos.

Y señala que los servidores públicos cometerán el delito de ejercicio abusivo de funciones por realizar cualquier actividad que implique un conflicto de intereses en los términos de la legislación en la materia; de la misma manera contempla que comenten el delito de tráfico de influencia los legisladores del Congreso de la Unión, los diputados de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal que representen en juicio, procedimiento administrativo o en controversia jurisdiccional de cualquier índole, por sí o por interpósita persona, los intereses patrimoniales de un particular frente a los intereses de cualquier persona moral de derecho público, sea con el carácter de representante, abogado patrono, gestor, autorizado para recibir notificaciones, mandatario o cualquiera otra forma de representación de intereses.

Sen. Angélica
De la Peña Gómez

La que suscribeANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ, Senadora de la República a la LXIII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 fracción II del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración del Pleno de esta Soberanía la siguiente:INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA DIVERSAS DISPOSCIONES DEL TÍTULO DÉCIMO DEL CÓDIGO PENAL EN MATERIADE CORRUPCIÓN DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS,al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

De acuerdo al preámbulo de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, conocida también comoConvención de Mérida, la corrupción es una plaga insidiosa que tiene un amplio espectro de consecuencias corrosivas para la sociedad. Socava también la democracia y el estado de derecho, da pie a violaciones de los derechos humanos, distorsiona los mercados, menoscaba la calidad de vida y permite el florecimiento de la delincuencia organizada, el terrorismo y otras amenazas a la seguridad humana.

En el caso de nuestro país, representa un reto de enormes magnitudes no sólo para las instituciones sino para la vida cotidiana de la ciudadanía, ya que uno de los problemas estructurales que agobia a las y los mexicanos es la corrupción. Su impacto en la vida cotidiana le cuesta al país según los expertos miles de millones de pesos que se dejan de generar a causa este flagelo.

Transparencia Internacional presentó a finales de 2014 los resultados del Índice de Percepción de la Corrupción 2014, que incluyó 175 países, entre ellos a México, obteniendo una calificación negativa de 35 puntos, ubicándonos en la posición 103, junto con Bolivia, Moldavia y Nigeria. En América Latina, México se encuentra por debajo de sus principales socios y competidores económicos: 82 posiciones por debajo de Chile, 34 lugares por debajo de Brasil, es decir, nuestro país se ubica en la última posición entre los países que integran la OCDE.

Si a esta situación le agregamos las deficiencias en la legislación, la ausencia de reglas, las fallas estructurales, la cultura de no respetar la ley y la impunidad para poder sancionar los hechos de corrupción, nos encontramos con una...

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