Proyecto de decreto por el que se expide Ley General de Bienestar Animal., de 11 de Febrero de 2016

Iniciativas

De los Senadores Martha Tagle Martínez y Zoé Robledo Aburto, con proyecto de decreto por el que se expide Ley General de Bienestar Animal.

SE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, SEGUNDA.

Ver Sinopsis Español:

La Ley que se pretende expedir tiene por objeto establecer los parámetros generales sobre el bienestar animal, además de brindar la protección necesaria en todos los ámbitos de relación humano-animal.

Se busca que la Federación, a través de sus secretarías, los Estados y los municipios, implementen anualmente programas específicos para difundir la cultura y las conductas de buen trato y respeto a los animales; así como celebrar convenios de colaboración y coordinación dentro del ámbito de sus respectivas competencias a efecto de lograr la consecución del objeto de la presente ley.

La Ley en su Título Primero incorpora las disposiciones generales, el objeto de la Ley, las definiciones; en su Título II denominado “Atribuciones y competencias” se incorporan las facultades de la federación, de los estados y municipios, así como la distribución de competencias de las Secretarías y Dependencias Federales.

En su Título III se incorporan las obligaciones del responsable o tutor de los animales de compañía, los objetivos de los Centros de Atención y Rehabilitación de Animales, lo relacionado a la Compra-venta, y adopción de animales de compañía; así como, lo referente al Registro Nacional de Animales de Compañía y de la Cartilla de Control de Animales de Compañía. En su Título IV se comprende lo relacionado a la participación de organizaciones civiles.

De la misma manera, en el Título V se proponen diversas acciones en relación a los animales de trabajo, consumo, experimentación y utilizados para el espectáculo y exhibición; finalmente, en su Título VI se incorpora lo relacionado a la Procuraduría de protección animal y las sanciones.

Synopsis in English:

The Law is intended issue is to establish the general parameters on animal welfare as well as providing the necessary protection in all areas of human-animal relationship.

It is intended that the Federation, through their secretariats, states and municipalities, annually implement specific programs to disseminate the culture and behaviors of good treatment and respect for animals; and conclude agreements of collaboration and coordination within the scope of their powers in order to ensure the attainment of the object of this law.

Law in its Title I incorporates the general provisions, the object of the Law, the definitions; in Title II entitled "Duties and powers" the powers of the federation, states and municipalities are incorporated as well as the distribution of powers of the Secretariats and Federal Agencies.

Title III obligations of the controller or guardian pets, the objectives of the Centers for Animal Care and Rehabilitation, related to the sale, and adoption of pets are incorporated; and, with regard to the National Register of Pets and Animal Control Primer Company. In Title IV it is understood that to the participation of civil organizations.

Likewise, Title V various actions in relation to working animals, consumption, experimentation and used for the show and exhibition are proposed; Finally, Title VI related to the Office of animal protection and sanctions is incorporated.

Sen. Martha Angélica
Tagle Martínez
Sin Grupo
Sen. Zoé
Robledo Aburto

La suscritaMARTHA TAGLE MARTÍNEZ,el suscritoZOE ROBLEDO ABURTOsenadores de la República en la LXIII Legislatura de H. Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 8, fracción I, 76, 164, 169, 172 y demás disposiciones aplicables del Reglamento del Senado de la República, sometemos a consideración de esta asamblea la siguienteINICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LEY GENERAL DE BIENESTAR ANIMALal tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Al inicio del segundo periodo de sesiones del primer año de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, reafirmé mi compromiso de continuar con la representación ciudadana actuando con libertad y autonomía para impulsar los temas de verdadero interés y beneficio para la ciudadanía.

Convencidos de que las y los Senadores tenemos la obligación de hacer oír la voz de la ciudadanía en el Senado, ello implica mantener espacios abiertos para el intercambio de iniciativas y propuestas.

El abrir nuevos caminos para la inclusión ciudadana implica el acercamiento con organizaciones de la sociedad civil, en este sentido ANIMAL HEROESorganización de la sociedad civil orientada a la lucha por la búsqueda y el reconocimiento de los derechos de todos los animales no humanos como seres merecedores de una vida digna, de respeto y libre de sufrimiento; preocupado por garantizar el la protección animal a través de una ley elaboró la iniciativa de Ley General de Bienestar Animal que se presenta el día de hoy.

DIAGNÓSTICO

DE LA SITUACIÓN ACTUAL DE LOS ANIMALES

“Un país, una civilización, se puede juzgar

por la forma en que trata a sus animales”

-Mahatma Gandhi-

Actualmente nuestra manera de percibir y tratar a los animales se basa en el llamado “especismo”, entendido como un sesgo a favor de los miembros de nuestra especie, dejando de lado a los miembros de otras especies. Esto puede interpretarse como una forma de discriminación hacia seres vivos que son diferentes a nosotros.

Bajo este pensamiento especista y antropocéntrico, el mundo natural existe para beneficio de los humanos, sin importar los medios utilizados para la obtención de un “bien” por encima de cualquier ser vivo. En ese sentido, el actuar del ser humano se ha desarrollado bajo un pensamiento que tiene como premisa: obtener un beneficio propio, sin considerar que somos al igual que ellos, seres que cohabitan en un mismo espacio llamado planeta Tierra.

Existe una tendencia a considerar a los animales como objetos sin capacidad de sentir placer y dolor, razón sobre la que se basa el uso y explotación en términos de alimentación, vestimenta, experimentación y diversión o lucro a costa de su sufrimiento, y que aunado a ello, muchos animales sean violentados por placer o por simple gusto, dejando fuera toda consideración como seres vivos capaces de razonar, crear relaciones sociales y sentir dolor y placer.

Se ha demostrado que algunos mamíferos como son los cerdos, caballos y perros, son capaces de razonar mejor que los humanos recién nacidos y aun así, concedemos derechos humanos básicos a todos los seres humanos, mientras que los negamos a todos los animales no humanos, de ahí que el maltrato hacia los animales no ha sido considerado como una cuestión grave, siendo minimizado durante mucho tiempo en nuestro país.

A decir de las Médicas Veterinarias Zootecnistas MC Claudia Edwards Patiño, MC Sandra Hernández Méndez y la Dra. Beatriz Vanda Cantón:

“La idea de que los animales no tienen emociones es una idea arcaica que se vienen arrastrando desde la época de Descartes, así pues como se demostró durante el desarrollo del análisis, los animales vertebrados tienen todas las estructuras cerebrales y la fisiología para poder desarrollar emociones, incluso tienen todas las estructuras y la fisiología para demostrarlas, aunque no de una manera verbal, si de una manera conductual que es claramente apreciable al observar a un animal. Incluso los estudios que se desarrollan actualmente sobre la neurofisiología de las emociones en humanos se realizan en modelos animales.

Por lo tanto podemos afirmar que los animales son capaces de sentir emociones.” (sic)

Derivado de la investigación científica en el ámbito social, médico y cultural, que ha realizadoANIMAL HEROES,se puede concluir que el maltrato animal comprende una gama de comportamientos que causan dolor innecesario, sufrimiento o estrés al animal, que van desde la mera negligencia en los cuidados básicos hasta el asesinato malicioso e intencional.

La crueldad animal se divide en dos categorías: negligencia y crueldad intencional. La negligencia es la falta de suficiente agua, comida, refugio o cuidado necesario para mantener la salud y bienestar físico y mental de un animal. Ejemplos de negligencia incluyen: el hambre, la deshidratación, vivienda inadecuada, infestaciones de parásitos, no buscar atención veterinaria cuando un animal está en necesidad de atención médica, confinamiento sin luz, ventilación y espacio o en condiciones insalubres. Crueldad intencional es cualquier comportamiento o acto que causa dolor, sufrimiento, estrés o muerte a un animal, pudiendo cualquiera de éstos ser evitados.

Se entiende porbienestar animal: el estado positivo de un animal en relación a su ambiente. Se determinará un estado de bienestar tras evaluar:

a. Condición corporal que no ponga en riesgo la vida del animal

b. Ausencia de patógenos

c. Ausencia de heridas. En caso de haberlas, deben estar bajo tratamiento

d. Niveles fisiológicos, y no elevados, de cortisol en heces y sangre o saliva y sangre, de acuerdo a la especie

e. Ausencia de estereotipias y comportamientos redirigidos, mismos que serán determinados a través de un etograma

De aquí la necesidad de definir de manera más concreta y diferenciar los conceptos de “maltrato” y crueldad” animal:

Maltrato:Las formas de maltrato animal pueden ser: directa cuando es intencional y se lleva a cabo mediante conductas agresivas y violentas como la tortura, mutilación que pueden dar lugar en un caso extremo a la muerte del animal, e indirecta realizada a través de actos negligentes respecto a los cuidados básicos que el animal necesita, como provisión de alimentos, de refugio y de una atención veterinaria adecuada, no siendo un caso extraño el abandono.

Crueldad Animal:El concepto de crueldad, generalmente, es definido como la voluntad de causar un dolor o sufrimiento, y en algunas circunstancias...

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