Proyecto de decreto por el que se adicionan y reforman diversos artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales., de 5 de Septiembre de 2017

Iniciativas

Del Sen. Marco Antonio Blásquez Salinas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con proyecto de decreto por el que se adicionan y reforman diversos artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales.

SE TURNó A LAS COMISIONES UNIDAS DE JUSTICIA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS.

Ver Sinopsis Español:

El objetivo de esta iniciativa es modificar la redacción de diversos artículos Código Nacional de Procedimientos Penales, con la finalidad de aplicarse la prisión preventiva justificada de forma más efectiva por parte de las autoridades. Lo anterior, para brindar mayor seguridad a los ciudadanos, comunidades, organizaciones que han sido víctimas de la delincuencia y se encuentran en una situación donde puedan tener encuentros con los agresores denunciados dentro del nuevo sistema penal.

Synopsis in English:

The objective of this initiative is to modify the wording of various articles National Code of Criminal Procedures, with the purpose of applying the preventive detention most effectively justified by the authorities. The above, to provide greater security to citizens, communities, organizations that have been victims of crime and are in a situation where they can have encounters with the aggressors denounced within the new criminal system.

Sen. Marco Antonio
Blásquez Salinas

C. PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA

DE LA CAMARA DE SENADORES DEL H. CONGRESO DE LA UNION.

P r e s e n t e.

El suscrito MARCO ANTONIO BLÁSQUEZ SALINAS, Senador integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo a la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 8 numeral 1, fracción I y 164 numeral 2 del Reglamento del Senado de la República, eleva a la consideración del Pleno de esta Soberanía la INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETOPOR EL QUE SE ADICIONALA FRACCIÓN IX AL ARTÍCULO 105; EL TERCER PÁRRAFO AL ARTÍCULO 157 QUE CONSTA DE LAS FRACCIONES I Y II; EL SEGUNDO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 163; LAS FRACCIONES DE LA XII A LA XVI AL ARTÍCULO 167; LOS PÁRRAFOS DEL SEGUNDO AL SEXTO DEL ARTÍCULO 170 Y SE REFORMAN EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 153; EL PRIMERO Y EL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 156 Y LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 167 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES EN MATERIA DE PRISION PREVENTIVA JUSTIFICADA,al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El derecho a la seguridad pública.

En un Estado Social y Democrático de Derecho se ha de guardar un equilibrio entre los derechos de todas las personas, en particular entre aquellos que entran en colisión. De ahí que la sociedad en su conjunto así como cada una de las personas que la integran tienen derecho a la paz, a la tranquilidad y a una convivencia armoniosa.

A raíz de la implementación inadecuada del Código Nacional de Procedimientos Penales que se ha traducido en la instauración de los juicios acusatorios, públicos y orales en la totalidad de la República sin el ejercicio de todas y cada una de las atribuciones del Ministerio Público, se ha registrado un incremento significativo en la incidencia criminal. La ola delictiva que se caracteriza por el alza de ilícitos como homicidios, robos con violencia y secuestros tiene su origen en la omisión en que han incurrido las instituciones de procuración de justicia así como las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno en el esquema de colaboración que han de desarrollar con aquellas. El aumento de conductas delictivas no deriva de la vigencia del principio de presunción de inocencia, sino de que las procuradurías de justicia así como las fiscalías generales se han abstenido de solicitar la prisión preventiva justificada. En la mayoría de las entidades federativas el crimen va en aumento. Como muestra basta hacer referencia a los delitos cometidos en Baja California, estado representado en el Senado por el autor de esta iniciativa. De acuerdo a datos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Baja California, de enero a julio de 2017 se registraron 30,586 delitos de robo en todas sus modalidades contra 26,834 en el mismo período del 2016. Se incrementó alrededor del 13%[*]

En 2017 hubo 7,264 delitos de robo con violencia contra 5,124 en el 2016: Un aumento del 70%

Homicidio Doloso: En 2016 se registraron 610 contra 1,098 en 2017 en el período de enero a julio. Un incremento del 80%

Secuestros: En el período de enero a julio en el 2016 hubo 7 y en 2010 10: aumentó el 40%

La delincuencia habitual, sensible a cualquier circunstancia que le favorezca, se ha percatado de que el catálogo de delitos que traen aparejada la prisión preventiva de oficio se ha reducido significativamente pasando de cientos de ilícitos a sólo una docena. La persona que de manera reiterada es detenida por cometer infracciones a los bandos de policía y buen gobierno o delitos previstos y sancionados en los Códigos Penales o en las leyes penales en blanco seguirán desplegando su conducta criminal a menos que se levante una barrera, con carácter excepcional, para contenerlos. Para esta clase de delincuentes los beneficios de libertad se han convertido en un auténtico factor criminógeno. Los números no mienten y un...

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