proximación conceptual de los entes constitucionales autónomos

AutorGuadalupe Cordero Pinto
Páginas143-180
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A
nales del siglo pasado se introdujo en la Consti-
tución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el
vocablo autonomía para identicar a instituciones
cuya característica principal es que no dependen del
Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial, a las cuales se
les denominó órganos constitucionales autónomos
(OCAS).
Las reformas a la norma primaria se hicieron sin al-
terar el contenido del artículo 49 del texto consti-
tucional, disposición que consagra el principio de:
división de poderes, lo que generó que se cues-
tionara la naturaleza jurídica de estos novedosos
entes. Esta circunstancia, aunada a la falta de siste-
matización y armonización en el diseño constitu-
Guadalupe Cordero Pinto
Aproximación conceptual
de los entes constitucionales
autónomos
Introducción
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Quórum legislativo117 DICIEMBRE 2016
cional elegido por el Poder Constituyente, abonó al desorden interpretativo de
los llamados órganos constitucionales autónomos, incertidumbre que actual-
mente se ha atenuado con la jurisprudencia 20/2007,1 que establece los ele-
mentos mínimos para que un ente sea considerado autónomo constitucional.
De igual manera, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desvir-
tuó la crítica que especialistas de la ciencia jurídica y la ciencia política hacían
al armar que su implementación trastocaba la teoría de la división de pode-
res, señalando que su surgimiento atendió a una evolución de la misma, así se
establece un nuevo equilibrio constitucional basado en los controles del po-
der, armando que la teoría no perdía su esencia, ya que los entes autónomos
permiten una mejor distribución de funciones o competencias haciendo más
efectivas las actividades encomendadas al Estado.
A pesar de la jurisprudencia, la insistencia de los especialistas respecto al tema,
es agregar en la Constitución un apartado especial para ubicarlos, denir sus ca-
racterísticas y establecer su naturaleza jurídica; por ello, este texto tiene como
propósito allanar la tarea; constatando que las reformas constitucionales que han
dado origen a esta forma de organizar al Estado, no homologan su denomina-
ción, premisa fundamental si se pretende alcanzar aproximarnos a una concep-
tualización de los órganos constitucionales autónomos.
Órgano u organismo
Para dar inicio a esta aproximación conceptual, se comenzará por la precisión
semántica de los vocablos órgano y organismo, en virtud de que, como ya se
ha dicho no existe uniformidad en el tratamiento que el legislador ha utilizado
para su creación.
Habrá quienes sostengan que la diferencia de los vocablos no es relevante,
porque como se verá, puede válidamente uno englobar al otro, sin embargo
la nalidad de este estudio es encontrar cuál es la mejor denominación para
estandarizar su utilización y denir su naturaleza jurídica.
La siguiente tabla muestra la diferentes formas de denominación que utiliza el
Supremo Poder Constituyente, al crear al ente constitucional autónomo en el
texto normativo, así como la fecha de creación en orden cronológico y el artícu-
1 172456. P./J. 20/2007. Pleno. Novena Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo
XXV, Mayo de 2007, Pág. 1647.
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Aproximación conceptual de los
entes constitucionales autónomos
lo que fue objeto de la adecuación (adición o reforma). De la revisión que se
haga, se podrá constatar que no existe uniformidad en su tratamiento, además
que, están dispersos en diferentes apartados de la Constitución.
Nombre
Denominación
en la
Constitución
Artículo
Constitucional
Fecha de
Creación
Banco de México
(BANXICO) No utiliza la palabra Art. 28, p. sexto 20-08-1993
PRIMERA GENERACIÓN
Instituto Nacional
Electoral (INE)
Organismo público
autónomo
Art. 41 frac. III
Art. 41 frac. V, Apartado A
22-08-1996
10-02-2014
Comisión Nacional de
Derechos Humanos
(CNDH)
Organismo… con-
tará con autonomía
Art. 102, apartado B, p.
cuarto 13-09-1999
Instituto Nacional
de Estadística y
Geográca (INEGI)
Organismo con
autonomía
Art. 26, apartado B, p.
segundo 01-04-2006
SEGUNDA
GENERACIÓN
Instituto Nacional de
Evaluación para la
Educación (INEE)
Organismo público
autónomo Art. 3º frac. IX 26-02-2013
TERCERA GENERACIÓN
Comisión Federal de
Competencia Econó-
mica (COFECE)
Órgano autónomo Art. 28 p. catorce 11-06-2013
Instituto Federal de
Telecomunicaciones
(IFT)
Órgano autónomo Art. 28 p. quince 11-06-2013
Instituto Nacional de
Acceso a la Información
y Datos Personales (INAI)
Organismo
autónomo
Art. 6º, apartado A,
frac. VIII 07-02-2014
Consejo Nacional para
la Evaluación de la
Política de Desarrollo
Social (CONEVAL)
Órgano autónomo Art. 26, apartado C 10-02-2014
Fiscalía General de la
República (FGR)
Órgano público
autónomo, Art. 102, apartado A 10-02-2014
Fuente: Elaboración propia. (Tabla 1)
Asimismo, la tabla muestra lo que se ha denominado generaciones, —calica-

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