Se prorroga la fecha para presentar la declaración informativa mensual de retenciones y proveedores en materia de IVA

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En el DOF del 28 de junio de 2006 se dio a conocer el Decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y establecen diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, mismo que en la parte relativa al IVA incorporó dos nuevas obligaciones mensuales para los contribuyentes:

  1. La presentación de la información sobre las personas a las que se les haya retenido el IVA el mes inmediato anterior.

  2. La presentación de la información correspondiente al pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones con proveedores, en la que se desglose el valor de los actos o las actividades por tasa a la cual se trasladó o fue trasladado el IVA, incluyendo actividades por las que el contribuyente no esté obligado al pago, correspondiente al mes inmediato anterior.

El decreto mencionado entró en vigor el día siguiente al de su publicación; sin embargo, las obligaciones antes señaladas no se cumplieron en el ejercicio de 2006, ya que mediante el artículo cuarto transitorio de la Quinta modificación a la RMF para 2006-2007, publicada en el DOF el 29 de septiembre de 2006, se indicó que durante ese año se tendrían por cumplidas tales obligaciones cuando los contribuyentes presentaran la información de las operaciones efectuadas en el año de calendario inmediato anterior con clientes y proveedores por montos de $50,000 o más, a que se refieren los artículos 86, fracción VIII, 101 ,fracción V, y 133, fracción VII, de la Ley del ISR, respecto del ejercicio fiscal de 2006.

Para 2007, la obligación de presentar dicha información persiste, por lo que la declaración informativa correspondiente a las operaciones de enero debió presentarse a más tardar el 17 febrero; al respecto, mediante folio 26/2006-2007, de fecha 5 de febrero de 2007...

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