Proceso 1. Conocimiento de la comisión de un delito

AutorGabriel Andrés Campoli
Cargo del AutorAbogado por la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco. Doctor en Derecho por la UCES en Buenos Aires, Argentina
Páginas45-45
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Como Analizar un Caso para un Juicio Oral
con el artículo 3 fracción VI del CFPP tienen el deber de preser-
var el lugar de los hechos y/o del hallazgo.
RCC. Registro de Cadena de Custodia es el formato o forma-
tos en el que se asentarán nombres y firmas de los servidores
públicos y demás personas que de manera sucesiva interven-
gan en la Cadena de Custodia desde su inicio hasta su final, así
como la descripción de los indicios o evidencias, características
de las mismas, tales como dueño, lugar de los hechos y/o del
hallazgo y demás relativos y relevantes para la averiguación
previa.
UNIDADES DE POLICÍA FACULTADAS. U   P
Ministerial especializada en la investigación científica de los
delitos y facultada para el procesármelo del lugar de los hechos
y/o del hallazgo, quienes serán las que fijen, señalen, /¿yanten,
embalen y entreguen la evidencia física al Ministerio Público.
PROCESO I
CONOCIMIENTO DE LA COMISIÓN DE UN DELITO.
Cuando los elementos de Policía conozcan o descubran el
posible lugar de los hechos y/o del hallazgo de delitos, lo harán
saber inmediatamente al AMP.
O bien cuando el AMP conozca directamente de los hechos
delictivos, instruirá a la Policía el aseguramiento, preservación
del lugar y de los indicios o evidencias.
PROCESO 2
PRESERVACIÓN DEL LUGAR DE LOS HECHOS
Y/O DEL HALLAZGO.
2.1 Custodia del lugar de los hechos y/o del hallazgo.
Cualquier servidor público o elemento de la policía al llegar
al lugar de los hechos y/o del hallazgo, deberá asegurar o cus-

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