La política del reconocimiento en Oaxaca

AutorJorge Hernández-Díaz - Víctor Leonel Juan Martínez
Páginas69-100
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CAPÍTULO 2
La política del reconocimiento en Oaxaca
ANTECEDENTES
EN LA primera mitad del siglo XX en Oaxaca, la relación entre
las élites gobernantes y los pueblos indígenas transcurre,
aunque irregular, sin grandes acontecimientos. Es hasta las últimas
décadas en que surge un importante movimiento que lucha por
reivindicar los derechos indígenas que va a cambiar sustancial-
mente dicho impasse.
En 1990, una reforma a la Constitución estatal inicia un proce-
so de reconocimiento a los derechos de los pueblos indígenas,
entre ellos el relativo a sus tradicionales formas de elección. En
1995, el código electoral de la entidad es reformado para recono-
cer expresamente a los usos y costumbres de los pueblos indígenas
como un sistema de elección de sus autoridades locales. En 1997,
una nueva reforma electoral aclara y precisa este régimen electoral,
al que denomina ahora: elección por normas de derecho consue-
tudinario. En 1998 nuevas reformas constitucionales dan lugar a
Los factores y el contexto en que se dan estas reformas al marco
jurídico estatal son abordadas en este capítulo. Posteriormente se
revisa el debate que siguió a este reconocimiento legal de las tra-
dicionales formas de elección de las autoridades locales de la
población indígena.
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Memoria del reconocimiento
La relación entre las élites políticas y económicas de Oaxaca y los
pueblos indios, como apreciamos en el capítulo anterior, tienen tras
sí una larga historia, que ha encontrado reflejo en la legislación.
La existencia de una memoria de la política del reconocimiento es
una variable que puede ilustrar por qué se dieron estas reformas.
La memoria del reconocimiento en Oaxaca no se reduce al
marco jurídico; comprende un entramado político y social y una
especial relación entre las élites políticas y económicas y los pue-
blos indios.140 La construcción de esta entidad va aparejada con
negociaciones, pactos y alianzas, entre los grupos dirigentes y los
pueblos indios. Reconocer derechos de los pueblos indios a cambio
de mantener el control político y social; adaptarse a este juego
político y mantener la estabilidad a cambio de ver respetados sus
derechos, forma parte del intrincado sistema político oaxaqueño.
Por supuesto, la relación no está exenta de simulaciones, posicio-
nes demagógicas y un uso instrumental, por todas las partes, del
discurso del reconocimiento.
Además, hay que considerar que una característica del sistema
político oaxaqueño es la actuación de su clase política a partir de
la coyuntura y la valoración del costo-beneficio que en el plazo
inmediato puede redituarle cualquier acción política.141
El reconocimiento de la multiculturalidad ha caracterizado a
la política legislativa en las últimas décadas, con todas las contra-
dicciones que ésta presenta.142 Situación que se puede apreciar
en la historia reciente de Oaxaca. En 1970 se promulgan dos leyes
que crean las academias de la lengua mixteca y la zapoteca. Aunque
el objetivo expreso era conservar estas lenguas como una mani-
140 Al respecto pueden verse los trabajos de Jaime Bailón, Pueblos indios…, op. cit.; y de
Edgar Mendoza, op. cit.
141 Lourdes Morales, “Usos y costumbres diez años después: hipótesis en torno al caso
oaxaqueño”, ponencia presentada en la mesa redonda, Usos y Costumbres, Balance de una
Década, IISUABJO-Educa, abril de 2005.
142 Víctor Leonel Juan Martínez, “¿De la ficción constitucional al espejismo multicul-
tural? Derechos indígenas en la legislación oaxaqueña”, en Diez voces a diez años; reflexiones
sobre los usos y costumbres a diez años de sus reconocimiento legal, Educa, 2005.
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festación cultural del estado, son muestra de la importancia que los
pueblos indígenas tienen en Oaxaca.143 En sentido contrario, en
1977 se dicta la Ley de Integración Social que tiene por objetivo
“la investigación sistemática sobre la variedad de tradiciones, cos-
tumbres, idiomas, etcétera, de los diversos pueblos que habitan en
el territorio oaxaqueño”, y “aprovechar cuanto de positivo haya
en los hábitos, ideas y pensamientos de los diversos grupos mar-
ginados, como esencia nacional, para la creación de verdaderos valo-
res culturales”.144 Otra vez, las contradicciones se presentan en el
marco jurídico.
En 1986 fue creada la Procuraduría de la Defensa del Indíge-
na (Prodi). La creación de la PRODI, un organismo de corte asis-
tencialista,145 realizada en el marco de la reglamentación de la Ley
Orgánica del Cuerpo de Defensoría de Oficio y Social del Estado
de Oaxaca (promulgada cuatro años antes), constituía una inci-
piente respuesta al activismo que en ese entonces iniciaban orga-
nizaciones indígenas para el reconocimiento de la pluriculturali-
dad en la entidad.
Por esos mismos años, el PRI establecía en sus convocatorias
que uno de sus métodos de elección de sus candidatos a las presi-
dencias municipales, en más de 500 municipios, serían “los usos
y costumbres” de los pueblos.146
En 1987 el gobernador del estado reconocía que en más de
400 municipios de la entidad la elección de sus autoridades lo-
cales se hacía mediante una sólida costumbre política particular,
“en los que se practica una democracia milenaria casi perfecta”.147
143 La ley establecía que el objetivo de las academias era estudiar los idiomas, estruc-
tura y variables dialectales. Decretos 166 y 167, publicados en el Periódico Oficial del 28 de
noviembre de 1970. Las leyes, al no haber sido derogadas o abrogadas continúan vigentes. Con
esta misma visión de acervo cultural, en la Ley del Museo de Oaxaca de 1989, establece como
uno de sus objetivos mostrar “los valores culturales de las diversas etnias de Oaxaca”.
144 Periódico Oficial del 17 de diciembre de 1977.
145 Su finalidad era “liberar a los indígenas que se encuentran privados de su libertad
por causa de problemas relacionados con su condición socioeconómica y cultural”. Acuerdo
núm. 27 por el que se crea el Reglamento de la L ey Orgánica de la Defensoría de Oficio y
Social del Estado de Oaxaca. Periódico Oficial, extra del 26 de septiembre de 1986.
146 Bailón, Pueblos indios…, op. cit.
147 Entrevista al gobernador de Oaxaca, Heladio Ramírez López, diario Novedades, julio
de 1987, citado por Cruz Iriarte, op. cit.

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