Poder legislativo. Decreto no. 78.– se expide la ley de ingresos del municipio de santa isabel xiloxoxtla, para el ejercicio fiscal dos mil veintidós.

Fecha de publicación22 Diciembre 2021
Número de Gaceta51-19ª SECC
Poder Legislativo

LORENA CUÉLLAR CISNEROS, Gobernadora del Estado a sus habitantes sabed Que por conducto de la Secretaría Parlamentaria del Honorable Congreso del Estado, con esta fecha se me ha comunicado lo siguiente CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, A NOMBRE DEL PUEBLO DECRETO No. 78 LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE SANTA ISABEL XILOXOXTLA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022 TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO GENERALIDADES Artículo 1. Las personas físicas y morales están obligadas a contribuir de manera proporcional y equitativa, para los gastos públicos conforme a los ordenamientos tributarios que el Estado y el Municipio establezca de conformidad con la presente Ley.

Los ingresos que el Municipio de Santa Isabel Xiloxoxtla percibirá durante el ejercicio fiscal del año 2022, serán los que se obtengan por conceptos de: I. Impuestos.

II. Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social.

III. Contribuciones de Mejoras.

IV. Derechos.

V. Productos.

VI. Aprovechamientos.

VII. Ingresos por Venta de Bienes, Prestación de Servicios y Otros Ingresos.

VIII. Participaciones, Aportaciones, Convenios, Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal y Fondos Distintos de Aportaciones.

IX. Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones.

X. Ingresos Derivados de Financiamientos.

Los ingresos que no se encuentren regulados en la presente Ley, podrán ser recaudados por el Ayuntamiento, en base a los ordenamientos y disposiciones en la materia.

Cuando en la presente Ley se haga mención de los siguientes conceptos: a) Administración Municipal: Se entenderá el aparato administrativo, personal y equipo, que tenga a su cargo la prestación de bienes y servicios públicos del Municipio de Santa Isabel Xiloxoxtla.

b) Ayuntamiento: Al órgano colegiado del gobierno municipal que tiene la máxima representación política que encauza los diversos intereses sociales y la participación ciudadana hacia la promoción del desarrollo.

c) Aprovechamientos: Son los ingresos que percibe el Estado por funciones de derecho público distintos de: las contribuciones, los ingresos derivados de financiamientos y de los que obtengan los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal y municipal.

d) Código Financiero: El Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios.

e) Delegados: Autoridad auxiliar del Ayuntamiento, electos por los ciudadanos de su localidad, reunidos en asamblea popular y a través del voto nominal y directo, que se rigen conforme a las costumbres y tradiciones de cada barrio.

f) Derechos: Son las contribuciones establecidas en Ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados cuando en este último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en las leyes correspondientes. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos por prestar servicios exclusivos del Estado.

g) Impuestos: Son las contribuciones establecidas en Ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en una situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que sean distintas de las aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.

h) LDF: Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

i) Ley de Catastro: Se entenderá como Ley de Catastro del Estado de Tlaxcala.

j) Ley Municipal: Ley Municipal del Estado de Tlaxcala.

k) m: Metro.

l) m²: Metro cuadrado.

m) m3 : Metro cúbico: n) Municipio: El Municipio de Santa Isabel Xiloxoxtla.

o) Participaciones, Aportaciones, Convenios, Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal y Fondos Distintos de Aportaciones: Son los recursos que reciben las Entidades Federativas y los Municipios por concepto de participaciones, aportaciones, convenios e incentivos derivados de colaboración fiscal y fondos distintos de aportaciones.

p) Productos: Son los ingresos por contraprestaciones por los servicios que preste el Estado en sus funciones de derecho privado.

q) UMA: A la Unidad de Medida y Actualización que se utiliza como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México, así como las disposiciones jurídicas que emanen de dichas leyes.

Artículo 2. Corresponde a la Tesorería del Municipio la administración y recaudación de los ingresos municipales, de conformidad con el artículo 73 de la Ley Municipal, el artículo 18 de la LDF, las normas que emite la CONAC y podrá ser auxiliada por las dependencias o entidades de la administración pública estatal, así como por los organismos públicos o privados. Conforme a lo dispuesto en el Código Financiero, los ingresos se presentarán de acuerdo a los criterios emitidos para la presentación homogénea de la información financiera y de los formatos a que hace referencia la LDF y el artículo 61, fracción I, inciso a de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y que se hace mención al primer párrafo del artículo anterior que se enumeran, describe y cuantifican, de manera estimada como sigue: Municipio de Santa Isabel Xiloxoxtla Ingreso Estimado Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2022 Total 27,044,600.96 Impuestos 782,511.13 Impuestos Sobre los Ingresos 0.00 Impuestos Sobre el Patrimonio 782,511.13 Impuestos Sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones 0.00 Impuestos al Comercio Exterior 0.00 Impuestos Sobre Nóminas y Asimilados 0.00 Impuestos Ecológicos 0.00 Accesorios de Impuestos 0.00 Otros Impuestos 0.00 Impuestos no Comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, Causados en Ejercicios Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o pago

0.00 Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social 0.00 Aportaciones para Fondos de Vivienda 0.00 Cuotas para la Seguridad Social 0.00 Cuotas de Ahorro para el Retiro 0.00 Otras Cuotas y Aportaciones para la Seguridad Social 0.00 Accesorios de Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social 0.00 Contribuciones de Mejoras 0.00 Contribuciones de Mejoras por Obras Públicas 0.00 Contribuciones de Mejoras no Comprendidas en la Ley de Ingresos Vigente, Causadas en Ejercicios Anteriores Pendientes de Liquidación o pago

0.00 Derechos 912,236.97 Derechos por el Uso, Goce, Aprovechamiento o Explotación de Bienes de Dominio Público 0.00 Derechos por la Prestación de Servicios 912,236.97 Otros Derechos 0.00 Accesorios de Derechos 0.00 Derechos no Comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, Causados en Ejercicios Fiscales Anteriores Pendientes de...

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