Poder legislativo. Decreto no. 249. Ley de ingresos del municipio de la magdalena tlaltelulco, para el ejercicio fiscal 2021." .

Fecha de publicación18 Noviembre 2020
Número de Gaceta47-12 SECC
Poder Legislativo

MARCO ANTONIO MENA RODRÍGUEZ, Gobernador del Estado a sus habitantes sabed Que por conducto de la Secretaría Parlamentaria del Honorable Congreso del Estado, con esta fecha se me ha comunicado lo siguiente CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, A NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA DECRETO No. 249 LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE LA MAGDALENA TLALTELULCO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021 TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO Artículo 1. En el Estado de Tlaxcala las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a los ordenamientos tributarios que el Estado y Municipio establezcan

Las personas físicas y morales del Municipio, deberán contribuir para los gastos públicos municipales de conformidad con la presente Ley.

Los ingresos que el Municipio, percibirá durante el ejercicio fiscal del año 2021, serán los que se obtengan por concepto de: I. Impuestos.

II. Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social.

III. Contribuciones de Mejoras.

IV. Derechos.

V. Productos.

VI. Aprovechamientos.

VII. Ingresos por Venta de Bienes, Prestación de Servicios y Otros Ingresos.

VIII. Participaciones, Aportaciones, Convenios, Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal y Fondos Distintos de Aportaciones.

IX. Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones.

X. Ingresos derivados de Financiamientos.

Conceptos que se encuentran definidos en el clasificador por rubro de ingresos, conforme lo establece la normatividad vigente que ha emitido el Consejo Nacional de Armonización Contable.

Para los efectos de esta ley se tendrá como: a) Administración Municipal: El aparato administrativo, personal y equipo, que tenga a su cargo la prestación de servicios públicos, subordinada del municipio de La Magdalena Tlaltelulco.

b) Aprovechamientos: Los ingresos que perciba el municipio por las funciones de derecho público, distintos de las contribuciones y los que se obtengan derivados de financiamientos o por los organismos descentralizados y empresas de participación estatal o municipal.

c) Ayuntamiento: Al órgano colegiado del gobierno municipal que tiene la máxima representación política que encauza los diversos intereses sociales y la participación ciudadana hacia la promoción del desarrollo.

d) Código Financiero: El Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios.

e) Delegaciones: Se entenderá todas las que se encuentran legalmente constituidas en el territorio del municipio.

f) Derechos: Son las contraprestaciones establecidas en la Ley, por los servicios que presta el Ayuntamiento en sus funciones de derecho público, así como por el uso o aprovechamiento de sus bienes de dominio público, cuyos pagos deberán hacerse por los contribuyentes previamente a la prestación de los servicios de que se trate, salvo los casos expresamente señalados.

g) Impuestos: Son las contribuciones establecidas en ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que sean distintas de las aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.

h) Ingresos derivados de Financiamientos: Son los ingresos obtenidos por la celebración de empréstitos internos o externos, a corto o largo plazo, aprobados en términos de la legislación correspondiente. Los créditos que se obtienen son por: Emisiones de instrumentos.

i) Ley de Catastro: Ley de Catastro del Estado de Tlaxcala.

j) Ley Municipal: Ley Municipal del Estado de Tlaxcala.

k) m: Metro lineal.

l) m²: Metro cuadrado.

m) m³: Metro cúbico.

n) Municipio: El Municipio de La Magdalena Tlaltelulco.

o) Productos: Son las contraprestaciones por los servicios que preste el Ayuntamiento en sus funciones de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de sus bienes de dominio privado.

p) UMA: A la Unidad de Medida y Actualización que se utiliza como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de dichas leyes.

Artículo 2. Corresponde a la tesorería municipal la administración y recaudación de los ingresos municipales, de conformidad con el artículo 73 de la Ley Municipal y podrá ser auxiliada por las dependencias o entidades de la administración pública estatal, así como por los organismos públicos o privados conforme a lo dispuesto en el Código Financiero.

Los ingresos mencionados en el artículo primero de esta Ley, se describen y enumeran en las cantidades estimadas siguientes: Municipio de La Magdalena Tlaltelulco Ingreso Estimado Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2021 Total 54,964,496.76 Impuestos 1,039,803.96 Impuesto Sobre los Ingreso 0.00 Impuesto Sobre el Patrimonio 1,039,803.96 Impuesto Sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones 0.00 Impuesto al Comercio Exterior 0.00 Impuesto Sobre Nómina y Asimilares 0.00 Impuestos Ecológicos 0.00 Accesorios de Impuestos 0.00 Otros Impuestos 0.00 Impuestos no Comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, Causados en Ejercicios Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o Pago.

0.00 Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social 0.00 Aportaciones para Fondos de Vivienda 0.00 Cuotas Para el Seguro Social 0.00 Cuotas de Ahorro Para el Retiro 0.00 Otras Cuotas y Aportaciones para la Seguridad Social 0.00 Accesorios de Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social 0.00 Contribuciones de Mejoras 0.00 Contribución de Mejoras para Obras Públicas 0.00 Contribuciones de Mejoras no Comprendidas en la Fracciones de la Ley de Ingresos Causadas en Ejercicios Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o Pago

0.00 Derechos 1,709,056.84 Derechos por el Uso, Goce, Aprovechamiento o Explotación de Bienes de Dominio Público 0.00 Derechos por Prestación de Servicios 778,900.00 Otros Derechos 930,156.84 Accesorios de Derechos 0.00 Derechos no Comprendidos en las Fracciones de la Ley de Ingresos Causadas en Ejercicio Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o Pago

0.00 Productos 51,643.00 Productos 51,643.00 Productos no Comprendidos en la Ley de Ingresos Vigentes, Causados en Ejercicios Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o Pago

0.00 Aprovechamientos 34,732.20 Aprovechamientos 34,732.20 Aprovechamientos Patrimoniales 0.00 Accesorios de Aprovechamientos 0.00 Aprovechamientos no Comprendidos en las Fracciones de la Ley de Ingresos Causadas en Ejercicio Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o Pago

0.00 Ingresos por Ventas de Bienes y Prestación de Servicios y Otros Ingresos 0.00 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Instituciones Públicas de Seguridad Social

0.00 Ingresos por Venta de Bienes y Prestaciones de Servicios a Empresas Productivas del Estado 0.00 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No Financieros

0.00 Ingresos por Venta de Bienes y Prestaciones de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales No Financieras con Participación Estatal Mayoritaria

0.00 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria

0.00 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras No Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria

0.00 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Fideicomisos Financieros Públicos con Participación Estatal Mayoritaria

0.00 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de los Poderes Legislativo y Judicial, y de los Órganos Autónomos

0.00 Otros ingresos 0.00 Participaciones, Aportaciones, Convenios, Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal y Fondos Distintos de Aportaciones 52,129,260.76 Participaciones 27,129,077.12 Aportaciones 25,000,183.64 Convenios 0.00 Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal 0.00 Fondos Distintos de Aportaciones 0.00 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, Pensiones y Jubilaciones 0.00 Transferencias y Asignaciones 0.00 Subsidios y Subvenciones 0.00 Pensiones y Jubilaciones 0.00 Transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y Desarrollo 0.00 Incentivos Derivados de Financiamientos 0.00 Endeudamiento Interno 0.00 Endeudamiento Externo 0.00 Financiamiento Interno 0.00 El monto de recursos adicionales que perciba el municipio en el ejercicio fiscal de 2021, por concepto de ajustes a las participaciones estatales; mayores ingresos transferidos por la federación; por mayores ingresos propios; o por eficiencia en la recaudación; se incorporaran automáticamente al monto presupuestado a que se refiere el segundo párrafo de este artículo.

Artículo 3. Las participaciones y las transferencias federales que correspondan al municipio, se percibirán de acuerdo a los ordenamientos del Código Financiero, a la Ley de Coordinación Fiscal y a los convenios que en su caso se celebren.

Las contribuciones establecidas en esta Ley podrán modificarse o complementarse, en base al otorgamiento de facultades cuando las disposiciones legales lo permitan, o mediante Ley o Decreto de la Legislatura del Estado, con el propósito de que éste obtenga mayores participaciones y aportaciones.

Artículo 4. Todo ingreso municipal, cualquiera que sea su origen o naturaleza, se registrara por la tesorería municipal y formara parte de la cuenta pública; así mismo se realizara la modificación de esta Ley de Ingresos conforme a lo estipulado en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

I. Por el cobro de las diversas contribuciones a que se refiere esta Ley, el Ayuntamiento, a través de las diversas instancias administrativas, expedirá el correspondiente comprobante correspondiente conforme a las disposiciones fiscales vigentes.

II. Cuando al hacer los...

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