ANEXO DE EJECUCION EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA BASICA PARA LA ATENCION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LAS SECRETARIAS DE PLANEACION, PROGRAMACION Y PRESUPUESTO, CONTRALORIA GENERAL Y DESARROLLO SOCIAL; Y POR OTRA EL H. AYUNTAMIENTO DEL NAYAR; CON EL OBJETO DE REALIZAR DE FORMA COORDINADA LA OBRA CONSTRUCCION DE LA LINEA Y RED DE DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA, PARA BENEFICIAR A LAS LOCALIDADES DE DOLORES, SAN VICENTE Y MESA DE LOS HUICHOLES

ANEXO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA “CONSTRUCCION DE LA LINEA Y RED DE

DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELECTRICA, PARA BENEFICIAR A LAS LOCALIDADES

DE DOLORES, SAN VICENTE Y MESA DE LOS HUICHOLES”, EN EL MUNICIPIO DEL

NAYAR, EN ADELANTE “LA OBRA”, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE

INFRAESTRUCTURA BÁSICA PARA LA ATENCIÓN DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS,

EN ADELANTE “EL PROGRAMA”, DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL

DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS, EN LO SUCESIVO “LA COMISIÓN”,

QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LAS SECRETARÍAS DE PLANEACION

PROGRAMACION

Y

PRESUPUESTO

Y

COORDINADOR

GENERAL

DEL

COPLADENAY; DE LA CONTRALORÍA GENERAL, Y DE DESARROLLO SOCIAL,

REPRESENTADAS POR SUS TITULARES ING. FELIPE PRADO HOPFNER, C.P.

EFREN VELAZQUEZ IBARRA E Y ING. NAZARIO ALONSO VILLASEÑOR ANGUIANO,

RESPECTIVAMENTE; A LAS QUE EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “LAS

ENTIDADES DESIGNADAS” POR EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL

ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT; Y COMO “LA ENTIDAD

RESPONSABLE” DEL PROGRAMA A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL; Y

POR OTRA PARTE COMO RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA, LA

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE NAYARIT,

REPRESENTADA POR SU TITULAR EL ING. HECTOR MANUEL IBARRA HORTA; Y

POR OTRA PARTE EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL NAYAR,

NAYARIT,

REPRESENTADO

POR

LOS

CC.

LINO

CARRILLO

CARRILLO,

PRESIDENTE MUNICIPAL; ZOILO GARCIA NAVARRETE SECRETARIO; Y C. PEDRO

MUÑIZ LÓPEZ, SÍNDICO DEL MISMO; A LA QUE SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD

EJECUTORA” CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ

SIGUIENTES:

A N T E C E D E N T E S

  1. el 31 de diciembre de 2009 dio a conocer las Reglas de Operación de “EL

PROGRAMA”, las cuales se encuentran vigentes.

II.

Las Reglas de Operación de “EL PROGRAMA” precisan que los gobiernos de los estados designarán a las dependencias que serán responsables de la ejecución de dependencias y entidades federales, los gobiernos de los estados y municipios, así como “LA COMISIÓN”, con apego a lo dispuesto por la normatividad federal en materia de obras públicas y adquisiciones.

III.

Con fecha 02 de febrero de 2010 “LA COMISIÓN” y el Gobierno del Estado Libre y

Soberano de Nayarit, en adelante “EL GOBIERNO DEL ESTADO” suscribieron el

Acuerdo de Coordinación en la modalidad de Proyectos Estratégicos, cuyo objeto es la ejecución de “EL PROGRAMA” de conformidad con las Reglas de Operación de

DE COORDINACIÓN”.

Sábado 19 de Junio de 2010 Periódico Oficial 3

D E C L A R A C I O N E S

I.

I.1.

Que las Secretarías de Planeación, Programación y Presupuesto, Contraloría

General y Desarrollo Social, son dependencias de la Administración Pública

Centralizada, de conformidad con lo estipulado en los artículos y 31 fracciones III, VI y XVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.

I.2.

Que los titulares de las Secretarias que anteceden están facultados para suscribir el presente instrumento en nombre y representación del Poder Ejecutivo del Estado de

Nayarit, conforme a lo establecido por los artículos 26, 30 fracción X, 34, 37 y 41 ter; de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.

I.3.

Que señala como su domicilio para los efectos de este Anexo de Ejecución, el ubicado en Palacio de Gobierno, ubicado en Avenida México, entre las calles

Mariano Abasolo y Javier Mina, Zona Centro, C.P. 63000, en Tepic, II.

II.1.

Que la Secretaría de Obras Públicas, es una dependencia de la Administración

Pública Centralizada, de conformidad con lo estipulado en los artículos y 31 fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.

II.2. Que el titular de la Secretaría que antecede está facultado para suscribir el presente instrumento en nombre y representación del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, conforme a lo establecido por los artículos 26, 30 fracción X y 35 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.

II.3. Que señala como su domicilio para los efectos de este Anexo de Ejecución, el ubicado en calle Eucalipto No. 70, de la Colonia Burócratas Federal C.P. 63156, en

Tepic, Nayarit.

III.

III.1 Que el Municipio Del Nayar, es libre y base de la división territorial y de la organización política del Estado, investido de personalidad jurídica y patrimonio propio, y forma parte del Estado de Nayarit, conforme a lo establecido por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 2º y 3º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de

Nayarit; 2º, 3º y 5º de la Ley Municipal para Estado de Nayarit.

III.2. Que el Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional Del Nayar, el

Síndico y el Secretario, están facultados para la celebración del presente Anexo de

Ejecución con fundamento en los artículos 64 fracción IX, 73 fracción II, 114 fracciones III y XVI de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit y los demás que le sean inherentes, para obligarse mediante el presente instrumento y bajo los lineamientos de este Anexo de Ejecución.

III.3. Que cuenta con la Autorización de Cabildo para celebrar el presente Anexo y asumir los compromisos que aquí se establezcan

III.4. Señala como domicilio para efectos del presente Anexo de Ejecución, el de la

Presidencia Municipal Del Nayar, Nayarit.

IV.

IV.1. Se comprometen a cumplir con todas las obligaciones emanadas del presente instrumento Jurídico y disposiciones contenidas en las Reglas de Operación de “EL

PROGRAMA” y la normatividad federal aplicable.

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO. “LAS PARTES” convienen en realizar de forma coordinada y dentro del marco de “EL PROGRAMA” “LA OBRA” que se detalla en el Anexo 1, mismo que firmado por las partes, formará parte integral del presente instrumento; conforme a los proyectos ejecutivos validados por el Comité de Regulación y Seguimiento (“EL

CORESE”).

SEGUNDA.- ESTRUCTURA FINANCIERA. Derivado de “EL ACUERDO DE

COORDINACIÓN”, suscrito el día 02 de febrero de 2010, “LA COMISIÓN” y “EL

GOBIERNO DEL ESTADO” convinieron que para el cumplimiento del objeto del presente

Anexo de Ejecución la inversión total será hasta por $ 31,625,498.00 (Treinta y un millón, seiscientos veinticinco mil, cuatrocientos noventa y ocho pesos 00/100 M.N.), conforme a...

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