Decreto por el que la Comisión Permanente convoca al Honorable Congreso de la Unión, a celebrar un Periodo de Sesiones Extraordinarias
Fecha de disposición | 18 Junio 2008 |
Fecha de publicación | 18 Junio 2008 |
Materia | Derecho Constitucional |
Emisor | CONGRESO DE LA UNION |
Sección | PRIMERA. Poder Legislativo |
DECRETO por el que la Comisión Permanente convoca al Honorable Congreso de la Unión, a celebrar un Periodo de Sesiones Extraordinarias.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
DECRETO POR EL QUE LA COMISIÓN PERMANENTE CONVOCA AL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, A CELEBRAR UN PERIODO DE SESIONES EXTRAORDINARIAS.
Artículo Primero. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión que funciona durante el Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio de la LX Legislatura, con fundamento en el artículo 78, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, convoca al Honorable Congreso de la Unión a celebrar un Periodo de Sesiones Extraordinarias.
Artículo Segundo. La Sesión del Congreso General para declarar la apertura del Periodo de Sesiones Extraordinarias a que se refiere el presente decreto, se celebrará el jueves 19 de junio de 2008, a las 11:00 horas, y la correspondiente clausura se verificará una vez que las Cámaras determinen que han agotado el objeto motivo de la convocatoria.
Artículo Tercero. Durante el Periodo de Sesiones Extraordinarias, las Cámaras del Honorable Congreso de la Unión se ocuparán, en lo conducente, de los siguientes asuntos:
a. Reformas a la legislación secundaria derivadas de la reforma constitucional en materia electoral, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre de 2007 y de la expedición del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 2008:
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Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
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Ley de Instituciones de Crédito.
b. Reformas al artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
c. Proyecto de decreto que formaliza la situación jurídica de los inmuebles puestos a disposición de las Cámaras del Congreso de la Unión.
d. Reincorporación y, en su caso, toma de protesta de Diputados y Senadores que de conformidad con la Constitución y la Ley deban asumir el cargo.
e. Reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos relacionadas con los siguientes temas:
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Regular el formato del Informe Presidencial a partir del principio de la rendición de cuentas.
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