Periódico Oficial de Campeche No. 0069, Primera sección, 10-11-2015

Fecha de publicación10 Noviembre 2015
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
CUARTA ÉPOCA
Año I No. 0069
DIRECTOR
Manuel Cruz Bernés
San Francisco de Campeche, Cam.,
Martes 10 de Noviembre de 2015
SECCIÓN ADMINISTRATIVA
INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS DE SALUD PÚBLICA DEL ESTADO DE C AMPECHE
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
Convocatoria: 020
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Campeche, se convoca a los interesados en
participar en la licitación para la Adquisición de Materiales, Accesorios y Suministros Médicos de conformidad con lo siguiente:
Licitación Pública LP-020-2015
Partida 25401.- Materiales, Accesorios y Suministros Médicos.
No. de licitación
Costo de las bases
Fecha límite para adquirir bases
Junta de aclaraciones
Presentación de proposiciones y aperturas
técnica y económica
LP-020-2015
$ 1,600.00
13/11/2015
13/11/2015
10:00 horas
19/11/2015
10:00 horas
Clave
Descripción
Unidad de medida
Cantidad
060.034.0103
Antisépticos y germicidas agua oxigenada en concentración de 2.5 a 3.5%.
Envase con 480 ml.
300
060.040.0287
Aguja para anestesia epidural, de paredes delgadas. Tipo:Touhy. Longitud: 7.5 a 8.6cm calibre:
16g
Pieza.
42
060.040.0303
Aguja para raquianestesia o punción lumbar. Con mandril. Desechables estériles. Longitud: 7.5 a
8.8 cm calibre: 20 g.
Pieza.
22
060.040.0378
Aguja para raquianestesia o punción lumbar. Con mandril. Desechables estériles. Longitud: 7.5
a 8.8 cm calibre: 23 g.
Pieza.
256
060.040.2028
Agujas para anestesia epidural, de paredes delgadas. Tipo:Touhy. longitud: 7.5 a 8.6cm calibre:
18g
Pieza.
35
Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Avenida Luis Donaldo Colosio No. 6 esquina con calle 18 San Román, C.P.
24040, San Francisco de Campeche, Campeche. teléfono: 01 (981) 811 3810, los días Lunes a Viernes; con el siguiente horario: de 8:30 a 14:00 horas. La
forma de pago es: a través de depósito bancario a la cuenta HSBC 4057573198 o Transferencia Electrón ica Interbancaria (clabe bancaria estandarizada)
021050040575731987 a nombre de Régimen Estatal de Protección Social en Salud en Cam peche.
La Junta de Aclaraciones se llevará a cabo el día 13 de Noviembre del 2015 a las 10:00 horas en: Sala de Juntas de la Subdirección de Recursos Materiales
y Servicios Generales del Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Est ado de Campeche, ubicada en Avenida Luis Donaldo Colosio No.
6 esquina con Calle 18, San Román. C. P. 24040, San Francisco de Campeche, Camp.
Los licitantes a su elección, podrán enviar sus proposiciones por mensajería, siendo de su entera responsabi lidad, la entrega del sobre antes de la fecha y
hora de la Presentación de Proposiciones y Apertura de Propuestas Técnicas y Económicas, para evitar su descalificación.
El acto de Presentación y Apertura de la(s) Propuesta(s) Técnica(s) y Económica(s) se efectuará el día 19 de Noviembre del 2015 a las 10:00 horas, en la
Sala de Juntas de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios G enerales del INDESALUD, ubicada en Avenida Luis Donaldo Colosio No. 6 esquina
con Calle 18, Colonia San Román C.P. 24040, San Francisco de Campeche, Camp.
El idioma en que deberá presentar la proposición será: Español.
La moneda en que deberá cotizar la proposición será: Pesos mexicanos.
No se otorgará anticipo.
Lugar de entrega: En los Almacenes del Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, ubicado en: Av. Luis Do naldo
Colosio No. 6 esquina con calle 18, Colonia San Román. C. P. 24 040 de la Ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche., los días lunes a viernes en
el horario de entrega: de 8:30 a 14:00 horas.
Plazo de entrega: En una exhibició n (100%), fecha límite 10 de Diciembre del 2015.
El pago se realizará: contra entrega de los bienes adquiridos y a la documentación requerid a, sujetándose a la mecánica y plazos de pago establecidos por
el Instituto.
Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentada s por los licitantes, podrán ser negociadas.
No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos de los artículos 26 de la Le y de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Campeche.
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 10 DE NOVIEMBRE DEL 2015.
C.P. JORGE DE J. ORTEGA ZURITA, DIRECTOR ADMINISTRATIVO.- RÚBRICA.
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
PÁG. 2
San Francisco de Campeche,
Cam., Noviembre 10 de 2015
INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS DE SALUD PÚBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
Convocatoria: 021
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Campeche, se convoca a los interesados en
participar en la licitación para la Adquisición de Medicinas y Productos Farmacéuticos de conformidad con lo siguiente:
Licitación Pública LP-021-2015
Partida 2531.- Medicinas y Productos Farmacéuticos.
No. de licitación
Costo de las
bases
Fecha límite para adquirir
bases
Junta de aclaraciones
Presentación de proposiciones y aperturas
técnica y económica
LP-021-2015
$ 2,000.00
13/11/2015
13/11/2015
12:00 horas
20/11/2015
12:00 horas
Clave
Descripción
Unidad de medida
Cantidad
010.000.0101.00
ÁCIDO ACETILSALICÍLICO TABLETA 500
MG
ENVASE CON 20 TABLETAS.
5,566
010.000.0104.00
PARACETAMOL TABLETA 500 MG
ENVASE CON 10 TABLETAS.
39,588
010.000.0105.00
PARACETAMOL SUPOSITORIO 300 MG
ENVASE CON 3 SUPOSITORIOS.
2,360
010.000.0106.00
PARACETAMOL SOLUCIÓN ORAL 100
MG/ML
ENVASE CON 15 ML, GOTERO CALIBRADO A 0.5 Y 1 ML,
INTEGRADO O ADJUNTO AL ENVASE QUE SIRVE DE TAPA.
18,167
010.000.0108.00
METAMIZOL SÓDICO COMPRIMIDO 500
MG
ENVASE CON 10 COMPRIMIDOS.
14,563
Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Avenida Luis Donaldo Colosio No. 6 esquina con calle 18 San Román, C.P.
24040, San Francisco de Campeche, Campeche. teléfono: 01 (981) 811 3810, los días Lunes a Viernes; con el siguiente horario: de 8:30 a 14:00 horas. La
forma de pago es: a través de depósito bancario a la cuenta HSBC 4057573198 o Transferencia Electrónica Interbancaria (clabe bancaria estandarizada)
021050040575731987 a nombre de Régimen Estatal de Protección Social en Salud en Campeche.
La Junta de Aclaraciones se llevará a cabo el día 13 de Noviem bre del 2015 a las 12:00 horas en: Sala de Juntas de la Subdirección de Recursos Materiales
y Servicios Generales del Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Est ado de Campeche, ubicada en Avenida Luis Donaldo Colosio No.
6 esquina con Calle 18, San Román. C. P. 24040, San Francisco de Campeche, Cam p.
Los licitantes a su elección, podrán enviar sus proposiciones por mensajería, siendo de su entera responsabilidad, la entrega del sobre antes de la fecha y
hora de la Presentación de Proposiciones y Apertura de Propuestas Técnicas y Económicas, para evitar su descalificación.
El acto de Presentación y Apertura de la(s) Propuesta(s) Técnica(s) y Económica(s) se efectuará el día 20 de Noviembre del 2015 a las 12:00 horas, en la
Sala de Juntas de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Ge nerales del INDESALUD, ubicada en Avenida Luis Donaldo Colosio No. 6 esquina
con Calle 18, Colonia San Román C.P. 24040, San Francisco de Campeche, Cam p.
El idioma en que deberá presentar la proposición será: Español.
La moneda en que deberá cotizar la proposición será: Pesos mexicanos.
No se otorgará anticipo.
Lugar de entrega: En los Almacenes del Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, ubicado en: Av. Luis Donaldo
Colosio No. 6 esquina con calle 18, Colonia San Román. C. P. 24040 de la Ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche., los días lunes a viernes en
el horario de entrega: de 8:30 a 14:00 horas.
Plazo de entrega: En una exhibición (100%), fecha límite 14 de Diciembre del 2015.
El pago se realizará: contra entrega de los bienes adquiridos y a la documentación requerida, sujetándose a la mecánica y plazos de pago establecidos por
el Instituto.
Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos de los artículos 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Campeche.
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 10 DE NOVIEMBRE DEL 2015.
C.P. JORGE DE J. ORTEGA ZURITA, DIRECTOR ADMINISTRATIVA.- RÚBRICA.
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO PÁG. 3
San Francisco de Campeche,
Cam., Noviembre 10 de 2015
PROMOVENTE: COMISI ÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE
CAMPECHE
PONENTE: MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
ENCARGADO DEL ENGROSE: ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
COTEJÓ
SECRETARIA: KARLA I. QUINTANA OSUNA
México, Distrito Federal. El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al martes once de
agosto de dos mil quince, emite la siguiente:
S E N T E N C I A
Mediante la que se resuelve la acción de inconstitucionalidad 8/2014, promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de
I. ANTECEDENTES Y TRÁMITE DE LA DEMANDA
1. Presentación de la demanda. Mediante escrito presentado el treinta de enero de dos mil catorce en la Oficina de Certificación Judicial
y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación , Ana Patricia Lara Guerrero, presidenta de la Comisión de Derechos
Humanos del Estado de Campeche, promovió una acción de inconstitucionalidad contra la aprobación, promulgación y publicación del
113.
2. La promovente de la acción sostuvo que los preceptos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (de ahora en
adelante “Constitución Federal”) transgredidos eran los artículos 1° y 4°, así como los artículos 1°, 17 y 24 de la Convención Americana
3. Conceptos de invalidez. La promovente señaló el concepto de invalidez que se refleja en los siguientes razonamientos:
1° y 4 de la Constitución Federal, , 17° y 24° de la Convención Americana, ya que prohíbe de forma absoluta a los convivientes
realizar adopciones en forma conjunta o individual, así como compartir o encomendar la patria potestad, guarda y custodia de los
hijos menores de edad de la persona con quien se encuentra unida en sociedad civil de convivencia.
b) El artículo en cuestión produce efectos discriminatorios en quienes, con voluntad de permanencia y de ayuda mutua para
organizar su vida en común, establecen una sociedad de convivencia. Dicha condición no es razón justificada para excluirse del
universo de quienes constitucionalmente tienen derechos a una adopción en forma conjunta o individual, así como compartir la
patria potestad, guarda y custodia de los hijos menores de edad del otro conviviente.
c) Apoyó tal conclusión en la resolución de Amparo en revisión 567/2012 sobre matrimonio entre personas del mismo sexo y destacó
que en ese asunto, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia consideró que, tratándose de distinciones basadas en
categorías sospechosas, debe realizarse un escrutinio estricto para examinar su constitucionalidad. Agregó que las leyes que
emplean tales categorías se ven afectadas por una presunción de inconstitucionalidad. En este sentido, consideró que sólo serán
constitucionales aquéllas que tengan una justificación muy robusta.
d) Por tanto, consideró que, en el presente caso, no hay razón justificada para excluir a las personas en sociedad de convivencia
de los derechos a adoptar y compartir la guarda y custodia de hijos menores de edad de la persona con quien se encuentren
unidos en sociedad de convivencia.
e) Señaló que el legislador arbitrariamente da un tratamiento de inferioridad, hostil y discriminatorio, menoscabando la dignidad y
derechos que sí son reconocidos a quienes no se encuentran en una sociedad civil de convivencia. Por tanto, se trastoca el
derecho a la organización familiar.
f) El legislador no debe establecer de manera caprichosa categorías que privilegien o excluyan a las personas del goce de derechos,
a menos que, entre otros elementos, los hechos, sucesos, personas o colectivos guarden diferencias sustanciales y objetivas
suficientes que justifiquen un trato desigual; de lo contrario, se ubica fuera del marco de constitucionalidad, como es el presente
caso.

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