Paquete económico aspectos relevantes

AutorL.C. y E.F. Arturo Morales Armenta
CargoCoordinador de la Vicepresidencia de Fiscal del IMCP
Páginas23-23
23
COLUMNA
contaduriapublica.org.mx
2016
ASPECTOS RELEVANTES
Fiscal
Paquete económico
El pasado 8 de septiembre, el E jecutivo Federal entregó al H. Congreso
de la Unión la Propuesta del Paquete Econ ómico para 2016, el cual in-
cluye: el Proyecto de Presupue sto de Egresos de la Federación para el
ejercicio fiscal de 2016 y los Criterios Ge nerales de Política Económic a
(CGPE) correspondientes, así co mo diversas reformas al marco fiscal y
presupuestario, e ntre las que se destacan: la Ley Or gánica de la Adminis-
tración Pública Feder al, la Ley Federal de Presupue sto y Responsabilidad
Hacendaria, la Ley de Aso ciaciones Público Privadas, la Ley General de
Contabilidad Gubernamenta l y el proyecto para una nueva Ley de Teso-
rería. Estos doc umentos integran el paquete e conómico 2016.
A continuación se comentan algunos d e los puntos más relevantes:
ASPECTOS GENER ALES
>En la propuesta de l paquete económico 2016 se le da pr ioridad
a los programas de comb ate a la pobreza, de seg uridad
y de impulso al crecimie nto económico, así como a las
inversiones en e ducación superio r, ciencia y tecnología.
>Se estima que en 2016 se obs ervará un cre cimiento real del Produc to
Interno Bruto (PIB) de ent re 2.6 y 3.6%, en línea co n las estimaciones d el
sector priv ado; una inflación de 3% , en línea con la meta del Ban co de
México, así como una ta sa de interés promed io de los Cetes a 28 días
de 4.0%, también e n línea con las expec tativas de merc ado. Asimismo,
se estima un tipo de c ambio nominal promedi o de 15.9 pesos por
dólar durante 2016 y de 15.7 por dólar al fina l de dicho ejercicio.
>Se propone un défic it presupuesta rio de 0.5% del PIB.
>Se prevé que el prec io promedio de la mezcla me xicana de
crudo de expor tación se ubiqu e en 50 dólares por bar ril.
>No se proponen nue vos impuestos ni aumen tos a los ya
existentes, ni disminuciones a los beneficios fisc ales.
>Se estima que los ingr esos presupues tarios ascienda n a 4,137.7
mil millones de pesos d e 2016 (mmp), monto inferior en 8.6
mmp, en pesos de 2016 al aprobad o en la Ley de Ingresos 2015,
lo que implica una reducció n de 0.2% en términos re ales.
LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN
PAGO A PLAZOS
>Se propone que en los c asos de prórroga p ara el pago de créditos
fiscales se ca usen recargos de 0.75% men sual sobre saldos inso lutos;
cuando se trate de pago s a plazos en parcialidades de h asta 12 meses ,
la tasa de recargo s será de 1% mensual; cuando se an pagos a plazos en
parcialidades de más de 1 2 y hasta de 24 meses , la tasa de recargos s erá
de 1.25% mensual, y s i trata de más de 24 mese s, será de 1.5% me nsual.
>Continúan los estím ulos fiscales y las exe nciones otorgada s en 2015.
>Para efectos de la re tención del ISR por el pag o de intereses
conforme a los ar tículos 54 y 135 de la LISR , durante el
ejercicio fisca l de 2016 se propone que la tasa de re tención
anual sea de 0.53% , mientras que la de 2015 es 0. 60%.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE L A RENTA
>En materia de deduccion es personales s e plantea que a las apor taciones
voluntarias no se le s aplique el límite global de de ducciones.
>Deducción inmediat a de inversiones par a 2016 y 2017 de aquellos
contribuyentes q ue tengan ingresos de ha sta 50 millones de pe sos.
>La exclusión del cá lculo de la capitalizac ión delgada las deudas
contraídas con moti vo de la inversión en infr aestruct ura
relacionada con la gener ación de energía elé ctrica.
>Los contribuyente s que tributen en el Rég imen de Incorpora ción
Fiscal, que efec túen el pago de la PTU, deb erán hacerlo 60 días
contados a part ir del día 17 del mes inmediato pos terior al que
corresponda a la de claración del se xto pago bimestr al del ejercicio.
>Estímulo fisc al aplicable a pers onas físicas, que con siste
en un crédito fiscal a la r einversión de utilida des, aplicable
en las utilidades gene radas de 2017 a 2019.
>La eliminación el requ isito del plazo máximo de
duración de los fide icomisos de 10 años.
>Procedimiento tempor al en materia de repatr iación de capitale s de las
inversiones mante nidas en el extra njero hasta el 31 de diciemb re de 2014.
>Eliminación del supues to de generalidad aplic able a las prestac iones
de previsión social entregadas a trabajadores no sindicalizados.
>Nuevas reglas par a simplificar el proce so de salida
del régimen de consolidación fiscal.
LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRO DUCCIÓN Y SERVICIOS
>Incorporació n de la metodología en la dete rminación
del pago de cuotas de los co mbustibles fósile s.
>Incorporación de conceptos de productos derivados
que no se destinan a un p roceso de combust ión.
>Aplicación de la ta sa de 0% en las expor taciones que re alicen los
exporta dores de alimentos no bás icos de alta densidad ca lórica.
>Otorgamiento de fa cultades al SAT para que llev e a
cabo la celebrac ión de sorteos de lo tería fiscal.
>Implementación de l Estándar de Rep orte Común en
virtud de los comp romisos internaciona les, en materia de
intercambio de información, asumidos por México.
>Obligación de pres entar nuevas dec laraciones inform ativas
de operacione s con partes relac ionadas.
>Incorporació n de los impuestos del IEPS e n los comprobantes.
>Aclaración de que las re visiones elec trónicas se inician
con la notificación d e una resolución provi sional que dará
a conocer las irregula ridades o hechos q ue detectó la
autoridad con la inform ación que cuenta en su po der.
APROBACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL DOF
Una vez que el Ejecutivo Fede ral entrega el paquete al Congres o se inicia
el proceso para su aproba ción con el fin de dar cumplimiento a los obje-
tivos del Plan Nacional de Desar rollo y a los programas que se deriv en de
este. La Ley de Ingreso s de la Federación deberá estar apro bada por la
Cámara de Diputados antes d el 20 de octubre y por la Cámara de Sena -
dores a más tardar el 31 del mismo mes . Por su parte, el Presupuesto de
Egresos deberá es tar aprobado únicamente por la C ámara de Diputados
a más tardar el 15 de noviembre. F inalmente, tanto la Ley de Ingresos
como el Presupuesto de Egre sos de la Federación serán publicados en
el DOF antes del 5 de diciembre del pre sente año.
L.C. y E.F. Arturo Morales Armenta
Coordinador de la Vicepresidencia de Fiscal del IMCP

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