De los pagos por psicología y nutrición
Autor | Baltazar Feregrino Paredes |
Páginas | 35-37 |
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Juan Pérez: Contador, en días pasados escuché al Secretario de Hacienda, comentar que a partir del año 2017 iban a ser deducibles los pagos por concepto de honorarios a psicólogos y también a las personas que nos ayuden en todo lo relacionado a la nutrición.
Contador: Efectivamente, esta es una novedad que presenta la reforma fiscal para el año 2017, en donde de alguna forma la autoridad ha tomado conciencia de que muchos problemas de salud, están generados a su vez por falta de educación en lo relativo a nutrición y no se diga, también es un problema de salud mental todo lo relativo a la psicología.
Juan Pérez: Esto significa que si yo quiero bajar de peso por aquello de la diabetes, o por aquello de un infarto, o por todas las consecuencias que trae el sobrepeso ¿lo voy a poder deducir?
Contador: Vayamos platicando sobre este tema que es la nutrición, advierto que no va a poder deducir los medicamentos, ni las terapias, solamente los honorarios que usted le pague a un profesional de la nutrición.
Juan Pérez: Entonces casi siempre eran mi comadre o mi cuñada que se sentían muy doctas en los temas de nutrición, porque se la pasaban viendo televisión y decían que en el programa tal o cual, el nutriólogo tal, había recomendado… bla bla bla, pero creo que nada llevaban a cabo para sí mismas, porque siempre han estado pasaditas de peso. Pero dígame una cosa, ¿entonces esto significa que los honorarios que se le paguen a una persona dedicada a esto, son deducibles?
Contador: Bueno la puntualidad es que se dediquen a esto, es decir, tienen que ser profesionales en materia de Psicología y Nutrición, con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
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Juan Pérez: Pues yo creo que van a salir más caros estos servicios, además ¿en dónde los vamos a encontrar?
Contador: Pues justamente en los mismos programas de televisión, donde ellos mismos dan sus correos electrónicos, sus páginas en Internet, teléfonos o domicilio de sus oficinas, donde atienden a sus clientes o pacientes.
Juan Pérez: Y si el nutriólogo me recomienda tales o cuales alimentos, con receta en mano, voy y los compro, ¿éstos los podré deducir?
Contador: ¡Otra vez le repito que no! solamente los honorarios médicos del especialista y esto a su vez, condicionado a que usted le pague con tarjeta de crédito, cheque o transferencia electrónica.
Juan Pérez: ¿Entonces esto es igual que si pagáramos honorarios médicos?
Contador...
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