75. Pago en días festivos
- Condiciones generales de trabajo del sistema Banrural. Deben seguir vigentes y aplicarse en tanto existan extrabajadores, pensionados y jubilados que hayan laborado en las instituciones nacionales de crédito integrantes del sistema, porque su situación jurídica se encuentra regulada conforme a aquéllas: Tesis num. I.6o.T.341 L, Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Agosto de 2007
- Jubilación de los trabajadores de las Sociedades Nacionales de Crédito integrantes del sistema Banrural. El límite previsto en el artículo 61 de las condiciones generales de trabajo para ser incrementadas, quedó sin efectos jurídicos a partir del 1o. de julio de 2003 en que se decretó la disolución de aquélla en el artículo tercero transitorio de la Ley Orgánica de la Financiera Rural: Voto num. XXVIII.1 C,, Voto num. 3893/2007,, Tesis num. I.13o.T.179 L, Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Julio de 2007
- Condiciones generales de trabajo. El artículo 90 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus municipios no faculta a las dependencias estatales para que al expedirlas establezcan el descuento de un día de salario del trabajador por su omisión de registrar la hora de salida, por implicar una afectación de derechos inherentes a la relación laboral (legislación del estado de Jalisco): Tesis num. III.2o.T.191 L, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 1 de Julio de 2007
- Trabajo. Es de buena fe el ofrecimiento que se haga en los mismos o mejores términos en que se venía desempeñando, aunque no se mencione que se incluirán los incrementos salariales: Ejecutoria num. 22/2001 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, Tesis Jurisprudencial num. 2a./J. 43/2007 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Abril de 2007 (Contradicción de tesis)
- Condiciones de trabajo. Se actualiza un cambio en ellas cuando el patrón otorga una comisión al trabajador sin señalarle término, y unilateralmente la da por concluida: Tesis num. I.9o.T.224 L, Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Febrero de 2007
- Banrural. La gratificación extraordinaria denominada 'pago única vez cuarenta días' cuando es entregada al trabajador en forma constante y permanente, debe tomarse en cuenta para calcular la cuantía básica de la pensión vitalicia de retiro: Ejecutoria num. 2a./J. 11/2007 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, Tesis...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba