Nuevas Reglas para el otorgamiento de créditos del Infonavit

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El 19 de agosto de 2004, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las Reglas para el otorgamiento de créditos al amparo del artículo 43-bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Linfonavit).

Las citadas reglas entraron en vigor al día siguiente de su publicación; es decir, el 20 de agosto de 2004 y abrogaron las Reglas para el otorgamiento de créditos al amparo del artículo 43-bis de la Linfonavit, publicadas el 7 de diciembre de 1998 en el DOF, a fin de actualizar sus disposiciones debido a que en el momento de su publicación aún no se habían definido los aspectos de la operación y de la interrelación de los procesos que se tienen con la empresa Operadora de la Base de Datos Nacional SAR (Procesar) y con las Administradoras de Fondos para el Retiro y no se habían detectado las necesidades y limitaciones de los productos de crédito ofrecidos por otras instituciones hipotecarias.

Tras la publicación de las reglas se pretende atender a un mayor número de derechohabientes que soliciten un crédito hipotecario, y en caso de que los recursos de dicho crédito sean insuficientes complementar el monto del crédito otorgado por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Info-navit) através de cofinanciamiento brindado por otras entidades hipotecarias, proponiendo de esta forma una alternativa viable para la adquisición de vivienda de los trabajadores.

Las reglas en comento tienen como fin establecer los procedimientos que habrán de seguirse cuando el trabajador derechohabiente obtenga un crédito, ya sea en forma directa de alguna entidad financiera (instituciones de crédito de banca múltiple o sociedades financieras de objeto limitado); o bien, del Infonavit en cofinanciamiento con entidades financieras, en términos del artículo 43-bis de la Ley del Infonavit.

Asimismo, se establece que los trabajadores que obtengan crédito con una entidad financiera con la cual el Infonavit haya celebrado convenio (financiamiento puro), podrán destinar el saldo de la subcuenta de vivienda cuando el trabajador sea rescindido o su relación laboral haya terminado con lo cual incumplirá sus obligaciones. Para que se pueda destinar el saldo de la subcuenta en comento como forma contingente de pago del crédito otorgado por la entidad financiera, los trabajadores deberán instruir al Infonavit de manera irrevocable, para que en el momento que tenga conocimiento de la baja y del...

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