Acuerdo de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-086-SEMARNAT-SENER-SCFI-2005.- Especificaciones de los combustibles fósiles para la protección ambiental
Fecha de disposición | 28 Noviembre 2007 |
Fecha de publicación | 28 Noviembre 2007 |
Emisor | SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-086-SEMARNAT-SENER-SCFI-2005.- Especificaciones de los combustibles fósiles para la protección ambiental.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
SANDRA DENISSE HERRERA FLORES, Subsecretaria de Fomento y Normatividad Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales; JORDY HERNAN HERRERA FLORES, Subsecretario de Planeación Energética y Desarrollo Tecnológico de la Secretaría de Energía y FRANCISCO RAMOS GOMEZ Director General de Normas de la Secretaría de Economía con fundamento en los artículos 12, 32 bis fracciones II, IV, V y XLI, 33 fracciones I, III y IX y 34 fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 fracciones I, II, III, IV, V y XX, 15, 111 fracción IX de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 6 fracciones IV, XVII, 8 fracciones V y VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; 25 fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía; 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 30 de enero de 2006 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-086-SEMARNAT-SENER-SCFI-2005.- Especificaciones de los combustibles fósiles para la protección ambiental, la cual fue modificada mediante Acuerdo Secretarial publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 3 de octubre de 2006.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, las Secretarías analizaron su aplicación, efectos y observancia y han determinado necesario realizar algunas correcciones puntuales que mejoran su observancia y aplicación mediante este acuerdo de modificación.
Que dicha Norma establece en su Tabla 7 Especificaciones del diesel que se comercializa en el país y que se ha encontrado que es conveniente homologar algunas especificaciones en la zona fronteriza norte del país (ZFN) con las establecidas en los estados fronterizos de los Estados Unidos de Norteamérica, en particular el índice de cetano y el contenido de aromáticos...
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