“Importancia de la necropsia médico - forense en muertes violentas para la Justicia Penal”

AutorIsmael García Garduza
CargoProfesor de la Catedrá de Medicina Forense. Facultad de Derecho. UNAM
Páginas205-220

    Ha sido perito Medico Forense en la Procuraduría General de Justicia en el Estado de México,en la Procuraduría Generla de la Republica, en la CNDH y en la Secretair de Salud del Gobierno Distrito Federal.Forma parte de la lista de personas que pueden fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, así como tambien forma parte de la lista de expertos forenses mexicanos, a los que se podría pedir que presten servicios tecnicos consultivos y de asesoramiento a la oficina del Alto Comisionado de Derecho Humanos de la ONU. Profesor de la Catedrá de Medicina Forense en la Facultad de Derecho de la UNAM.

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El estudio científico de cadáveres humanos, es conocido como autopsia o necropsia. El concepto “autopsia”, es el más comúnmente usado para describir el estudio postmortem de un individuo, de hecho, este término es el que se utiliza en los preceptos penales, sin embargo, de acuerdo a su origen etimológico, autopsia proviene de “autos”- uno mismo, sí mismo y de “opis”- ver, así tenemos que la palabra significa ” ver por uno mismo” y la palabra necropsia proviene de “necros”- muerto y “opis”- ver, por lo tanto, significa “ver el muerto”1. De acuerdo al significado de estas palabras, considero conveniente utilizar en este artículo la palabra necropsia, que se relaciona más atinadamente con el tema.

El examen postmortem de una persona, puede ser efectuado en dos formas, clínicamente y médico-legalmente. El estudio clínico es llevado a cabo por un patólogo en un hospital y requiere del consentimiento de los familiares o, del consentimiento antemortem por parte de la persona fallecida y sus objetivos son:

  1. El estudio y disección del cuerpo, buscando elementos que establezcan la relación entre los hallazgos de necropsia con el cuadro clínico que presentó el paciente previo a su muerte y con él o los diagnósticos emitidos.

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  2. Determinar si un tratamiento fue efectivo.

  3. Realizar el estudio postmortem del cadáver, con fines de investigación científica.

    En cambio, la necropsia médico-forense, es un procedimiento médico-quirúrgico establecido legalmente, llevado por un médico legista o forense que cuente con los estudios correspondientes (diploma de especialidad emitido por una institución educativa reconocida), es obligatorio y es solicitado por una autoridad cuando se trata de una muerte casual, imprevista o accidental, que esté presuntamente vinculada con hechos delictivos o que tenga un origen traumático, dudoso, controversial o desconocido2, igualmente, cuando se trata de una muerte súbita con aparente buen estado de salud, en muertes que suceden sin haber tenido el occiso atención médica, en cuerpos no reclamados y en los casos de fallecimiento de personas que están en prisión o bajo custodia, con el fin de averiguar si se trata de un homicidio, de acuerdo a establecido en los artículos: 302 del Código Penal Federal y 123 del Código Penal para el Distrito Federal, que a la letra dicen:

    “Comete el delito de homicidio: el que priva de la vida a otro”

    Y con base a lo determinado en los artículos: 171 del Código Federal de Procedimientos Penales, 104 y 105 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.

    También, si se trata de una presunta violación a derechos humanos, se debe determinar si la muerte es producto de una ejecución sumaria o extrajudicial.

    Entendiendo por ejecución sumaria o extrajudicial a la privación intencional de la vida de una persona, sin que medie para ello juicio alguno, en violación a los principios de reserva de ley, de debido proceso legal y de ser juzgado por un tribunal imparcial y autónomo; ordenada o perpetrada por una autoridad o servidor público de manera directa o indirecta por alguien que actúa bajo su influjo o con su consentimiento.2

    Los objetivos de la necropsia médico-legal, a diferencia de la necropsia clínica, son:

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  4. Establecer la causa de la muerte.

  5. Determinar la forma de la muerte.

  6. Identificar a la persona fallecida.

  7. Averiguar el tiempo de la muerte.

  8. Buscar evidencias en orden de identificar el objeto vulnerante causante de la muerte o cualquier otro indicio que nos permita establecer nexos con el perpetrador o con el lugar en que sucedieron los hechos.

  9. El reconocimiento de lesiones o condiciones patológicas (enfermedades) que puedan ser relevantes para el estudio judicial del caso.

    Como se observa, los objetivos de la necropsia clínica difieren de los objetivos de la necropsia médico-legal, además, el procedimiento para llevar a cabo esta última, no inicia con la práctica de la necropsia como tal, sino, desde el momento del levantamiento del cuerpo en el lugar de los hechos (si es el caso) o, del sitio donde se encontró el cuerpo, con el fin de obtener toda la información posible de las evidencias que se encuentren en ese lugar y de la posición del cadáver, estado de las ropas, sustancias que se encuentren en o alrededor del cuerpo (vómito, sangre, lodo, etc), todo esto nos sirve para conocer las circunstancias que rodearon la muerte del individuo, asimismo esta información será corroborada durante la necropsia, previo a la disección del cadáver, en donde se efectuará un estudio más detallado de la apariencia externa del cuerpo y todos los defectos o alteraciones en la superficie de la piel, las cuales deben ser meticulosamente descritas y fijadas, igual procedimiento se debe realizar con las lesiones y con las ropas, llevando a cabo la cadena de custodia de estas últimas y de cualquier otra evidencia que se recoja del cuerpo; al respecto es necesario comentar que: la cadena de custodia, se puede definir como: “Una secuencia de actos llevados a cabo por el Perito, el agente del Ministerio Público o el Juez, mediante la cual los instrumentos del delito, las cosas objeto o producto de él, así como cualquier otra evidencia relacionada con éste, son asegurados, trasladados, analizados y almacenados para evitar que se pierdan, destruyan o alteren y así, dar validez a los medios de prueba”3.

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    En cuanto a los aspectos jurídicos de la necropsia médico-legal, se pueden definir como: todas aquellas dudas, inquietudes y aspectos técnicos del cuerpo de delitos, necesarios para la integración de los preceptos penales y que corresponde al perito Médico-Forense aportar, cuestionamientos que el Agente del Ministerio Público o el Juez se plantean respecto a un caso, con el fin de consignar o sentenciar respectivamente. Asimismo, los familiares, abogados de la defensa o compañías de seguros involucrados en el caso, pueden tener dudas o inquietudes a cerca de la muerte de una persona, incertidumbres que deben ser cubiertas con un estudio adecuado del lugar de los hechos y del cadáver.

    Los cuestionamientos más frecuentes, tanto generales, como de casos particulares, son los siguientes:

  10. Causa de la muerte (traumática, por enfermedad).

  11. Forma de la muerte: si fue suicidio, homicidio, accidental o indeterminada.

  12. Agente o agentes vulnerantes con el cual se cometieron las lesiones que provocaron la muerte.

  13. La muerte se derivó de las lesiones ocasionadas.

  14. Si existieron varias lesiones cometidas con diferentes agentes vulnerantes, cuál de ellas le ocasionó la muerte y cuál es la clasificación médico legal de las otras lesiones.

  15. Momento en que ocurrió la muerte, es decir, la fecha y hora aproximada, (cronotanatodiagnóstico).

  16. El tiempo de sobrevivencia.

  17. Lugar en que se produjo la muerte.

  18. Quién la cometió.

  19. Porqué lo mataron.

  20. Mecánica de lesiones o posición víctima-victimario.

  21. Si fue homicidio calificado o lesiones calificadas.

  22. Si se cometieron otros delitos con el homicidio (violación, tortura, secuestro, etc.).

  23. Cuál es el modus operandi del delincuente.

    ñ) Si recibió tratamiento médico. ¿Hubo mala práctica médica?

  24. Identidad de la víctima.

  25. Estaba intoxicado por alcohol o por estupefacientes o psicotrópicos.

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  26. La víctima fue trasladada de un lugar a otro viva o muerta.

  27. En caso de accidentes de tránsito. ¿la víctima era un transeúnte, era el conductor o era un pasajero?.

  28. En caso de la muerte de un menor. ¿existió síndrome del niño maltratado?.

  29. Cuáles fueron las circunstancias que rodearon la muerte de la persona.

  30. Padecía de alguna enfermedad que haya influido en su muerte.

  31. Podría haber sobrevivido el occiso con atención médica adecuada.

  32. Las lesiones observadas, fueron ocasionadas antemortem o postmortem.

  33. En la muerte de un neonato, saber si se trata de un aborto u homicidio.

  34. La necropsia médico-legal puede determinar o, ayudar a que la autoridad conozca o resuelva la mayor parte de estas interrogantes, de la siguiente manera:

    1. En cuanto a la causa de la muerte (traumática o por enfermedad). La causa de la muerte, se puede definir como la enfermedad o lesión que iniciaron la cadena de eventos que produjeron la muerte.4 Mediante el procedimiento de necropsia se puede identificar alteraciones patológicas (enfermedades), manifestadas como tumores, infartos, alteraciones cardíacas, hemorragia cerebral espontánea, etc., o cualquier cambio estructural (lesión) que haya alterado el funcionamiento de uno o varios órganos, ocasionando la muerte de la persona. El examen externo del cuerpo incluyendo el de las ropas es importante y necesario, ya que, evidencias de violencia pueden ser encontradas y deben ser...

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