MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DE LA CIUDAD DE CALVILLO 2011-2025.

Fecha de publicación05 Octubre 2020
SecciónTercera Sección
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Octubre 5 de 2020
(Tercera Sección)
GOBIERNO DEL ESTADO
H. AYUNTAMIENTO DE CALVILLO
El Honorable Ayuntamiento de Calvillo, Aguascalientes, en sesión extraordinaria celebrada el día de
hoy, en uso de las facultades que le confieren los Artículos 115 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, 70 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes y 36 de la
ANTECEDENTES:
El Programa de Desarrollo Urbano de la ciudad de Calvillo 2011-2025, se publicó el 26 de agosto
del 2013, en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.
De dicho programa se desprende un plano de zonificación primaria en el Programa de la Ciudad de
Calvillo 2011-2025, que contiene usos de suelo, los cuales han sido rebasados, debido a la forma en
que se dio el crecimiento urbano, por lo que requiere actualización. De igual manera, existe un plano de
la zonificación secundaria en el Programa de la Ciudad de Calvillo 2011-2025, que contienen los usos
de suelo propuestos, actualmente han sido rebasados debido a la forma en que se ha dado el
crecimiento urbano, por lo que es necesario contar con usos de suelo apropiados a las necesidades
actuales, lo que nos permitirá emitir permisos o autorizaciones que competen al desarrollo urbano de la
ciudad, y que su desarrollo se lleve de manera controlada.
Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 27, 73.- Fracción XXIX, inciso C y G, 115.-
3, 4, 9, 12, 13, 20, 21 Bis y 32 DE LA LEY DE PLANEACIÓN, Artículos 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12,
13, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 59,
60, 61, 62, 63, 77, y 101 de la LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO, Artículos 9, 23, 43, 44, y 56 de la LEY AGRARIA, Artículos
1, 7, 15, 23, y 110 de la LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL
AMBIENTE, Artículos 9, 28, y 34 de la LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMATICO, Artículos 1, 2, 3, 4, y
5 de la LEY DE PLANEACION DEL DESARROLLO ESTATAL Y REGIONAL DEL ESTADO DE
AGUASCALIENTES, Artículos 66, 67, 68, 69, 70, y 71 de la CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
DE AGUASCALIENTES, Artículo 3 de la LEY DE PLANEACIÓN DEL ESTADO DE
AGUASCALIENTES, Artículos 1, 5, 14, 15, 85, 163, 172 de la LEY DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, Artículos 4, 7, 8, 17, 19, 20, 21, 22, 23, 25, y 39 de la LEY
ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, Artículos 23, 24, 25, 26, 27, 79, 80,
84, 90, 93, 94, 99, 100, 101, 102, 109, 110, 111 y 117 del CODIGO DE ORDENAMIENTO
TERRITORIAL, DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA PARA EL ESTADO DE AGUASCALIENTES,
Artículos 2, 24, 331, 419, 1198, 1200, 1201, 1202, 1203, 1204, 1205, 1206, 1207, 1209, 1210, 1211,
1212, 1213, 1214, 1215, 1216, 1217, 1218, 1219, 1220, 1221, 1222, 1223, 1224, 1225, 1226, 1227,
1228, 1233, 1685, 1716, 1718, y 1738 del CODIGO MUNICIPAL DE CALVILLO, AGUASCALIENTES,
Se ha tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO:
ARTÍCULO PRIMERO: Se autoriza Modificación del Programa de Desarrollo Urbano de la
Ciudad de Calvillo 2011-2025, mismo que se anexa y forma parte del presente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado
para los efectos legales conducentes.
ARTÍCULO TERCERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el Periódico Oficial del Estado.
ARTÍCULO CUARTO.- Cúmplase.
Dado en el Salón de Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Calvillo, Aguascalientes, a los veintiún días del
mes de septiembre del año de dos mil veinte.
MTRO. ADÁN VALDIVIA LÓPEZ
PRESIDENTE MUNICIPAL.
C. DAVID LÓPEZ LÓPEZ
PRIMER REGIDOR
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C. ANA CECILIA MEDINA DELGADO
SEGUNDA REGIDORA
C. GUILLERMO CONTRERAS BLANCAS
TERCER REGIDOR
C. MA. LUISA HERNÁNDEZ LÓPEZ
CUARTA REGIDORA
C. ROBERTO PONCE MARTÍNEZ
QUINTO REGIDOR
LIC. ALINA SELENE RODRIGUEZ GAYTÁN
SEXTA REGIDORA
PROF. ENRIQUE PEÑA ALBA
SÉPTIMO REGIDOR
C. ROSA MARTHA VIRAMONTES HERNÁNDEZ
OCTAVA REGIDORA
LIC. MA. INOSENCIA RAMOS DE LARA
SÍNDICO MUNICIPAL
LAE. FERNANDO FIGUEROA ORTEGA
SECRETARIO DE GOBERNACIÓN Y DEL H. AYUNTAMIENTO
LAS PRESENTES FIRMAS SE REFIEREN AL ACUERDO QUE AUTORIZA MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE
DESARROLLO URBANO DE LA CIUDAD DE CALVILLO 2011-2025-------------------------------- -----------------------------
H. AYUNTAMIENTO DE CALVILLO
PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DE LA CIUDAD DE CALVILLO
C A P I T U L O III
POLÍTICAS Y ESTRATEGIAS
XIII.- ESTRATEGIAS.
XIII.1.- Modelo De Ordenamiento Ecológico.
El estado de los recursos naturales y la fragilidad del territorio son la base para establecer las políticas
que definen los criterios de uso de suelo y que permiten elaborar los programas del Ordenamiento
Ecológico de la zona.
Con base en las características descritas en el diagnostico a continuación se establece un modelo de
ordenamiento ecológico bajo las siguientes políticas generales de manejo:
Restauración (recuperación de terrenos degradados).
Aprovechamiento (uso sostenible de los recursos a gran escala).
Conservación (uso condicionado del medio junto con el mantenimiento de los servicios ambientales)
Rehabilitación (promueve recuperar elementos estructurales y funcionales dentro de un ecosistema)
(Es posible establecer categorías mixtas en función de las características particulares del sitio
estudiado).
Se presenta a continuación políticas territoriales para cada una de las categorías definidas en este
programa:

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