Acuerdo de Coordinación para la asignación y operación de subsidios del Programa Hábitat, Vertiente General y Vertiente Zonas Metropolitanas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Tlaxcala y los municipios de Apetatitlan de Antonio Carvajal, Apizaco, Santa Ana Chiautempan, ...

Fecha de disposición20 Abril 2007
Fecha de publicación20 Abril 2007
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO de Coordinación para la asignación y operación de subsidios del Programa Hábitat, Vertiente General y Vertiente Zonas Metropolitanas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Tlaxcala y los municipios de Apetatitlan de Antonio Carvajal, Apizaco, Santa Ana Chiautempan, Calpulalpan, Huamantla, Tlaxcala, San Pablo del Monte, La Magdalena Tlaltelulco, Totolac y Zacatelco de dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT, VERTIENTE GENERAL Y VERTIENTE ZONAS METROPOLITANAS DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO LA SEDESOL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, DOCTOR ROBERTO ISMAEL VILLARREAL GONDA, ASISTIDO POR EL DELEGADO EN EL ESTADO DE TLAXCALA, LIC. ROMMEL FIOL MANRIQUEZ; POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE TLAXCALA, EN LO SUCESIVO EL ESTADO REPRESENTADO POR EL COORDINADOR GENERAL DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE TLAXCALA (COPLADET), C.P. HECTOR VAZQUEZ GALICIA Y LOS MUNICIPIOS DE APETATITLAN DE ANTONIO CARVAJAL, APIZACO, SANTA ANA CHIAUTEMPAN, CALPULALPAN, HUAMANTLA, TLAXCALA, SAN PABLO DEL MONTE, LA MAGDALENA TLALTELULCO, TOTOLAC Y ZACATELCO, EN LO SUCESIVO LOS MUNICIPIOS, REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES, LOS CC. LIC. MARIA DEL RAYO NETZAHUATL ILHUICATZI, C. REYES RUIZ PEÑA, LIC. LINDA MARINA MUNIVE TEMOLTZIN, PROFR. AURELIO BRINDIS MELLADO, C.P. EDUARDO RAFAEL BRETON ESCAMILLA, LIC. BENITO HERNANDEZ FERNANDEZ, C.P. AGUSTIN ROBERTO RAMOS TLACOMULCO, ING. LEON GEORGE MATLALCUATZI, C. JUANA DE GUADALUPE CRUZ BUSTOS, Y DR. FERNANDO CORTES SALDAÑA, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO, SUSCRITO ENTRE LAS PARTES, EN LO SUCESIVO EL CONVENIO MARCO.

ANTECEDENTES

1. El Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano, tiene por objeto: concertar programas, acciones y recursos con el fin de trabajar de manera corresponsable en la tarea de superar la pobreza y mejorar las condiciones sociales y económicas de la población, mediante la instrumentación de políticas públicas que promuevan el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo, con equidad y seguridad, atendiendo al mismo tiempo, el desafío de conducir el desarrollo urbano y territorial.

Por acuerdo de las partes se establece en la cláusula séptima de EL CONVENIO MARCO, que la operación de dicho instrumento se realizará a través de la suscripción de acuerdos o convenios de coordinación y anexos de ejecución anuales, en los que se estipulará la realización de programas, proyectos, acciones, obras y servicios otorgando la participación respectiva a los municipios. Cuando se pretenda la ejecución de acciones por los gobiernos federal y estatal con la participación de grupos sociales o con particulares, se suscribirán convenios de concertación.

LA SEDESOL manifiesta que la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante los oficios circular No. 307-A.-1201 y 307-A-003 de fecha 22 de diciembre de 2005 y 2 de enero de 2006, respectivamente, y mediante oficio 312.A.-001827 de fecha 22 de diciembre de 2005 que emite la Dirección General de Programación y Presupuesto B de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se comunicó la autorización correspondiente a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio de las asignaciones de recursos que le corresponden conforme al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2006; y para efectos de este Acuerdo de Coordinación, a través de la Dirección General de Programación y Presupuesto, mediante el oficio número OM/DGPP/DPP/410.20/203/06, de fecha 13 de enero de 2006, se comunicó la autorización para comprometer recursos asignados al Programa Hábitat.

Con base en lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación, 1o., 2o. y 25 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 1o., 6, 7, 8, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 51, 54, 55 y 56 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, en los artículos 6, 8, 11, 12, 16, 36, 37, 44 y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2004; en el Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes; y de conformidad con lo establecido en las cláusulas aplicables del Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano del Estado de Tlaxcala, así como en lo previsto por los artículos 3, 35, 36, 66, 67 y 68 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala; en los artículos 245, 248, 249, 250, 255 y 256 del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus municipios; artículo 33 fracciones IX y XII, inciso a) y b), 41 fracción XVIII y 72 fracción VI de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala; artículo 3, 5 fracción II, V y VI, 6, 12 y 13 de la Ley de Asentamientos Humanos, del Estado de Tlaxcala, las partes han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:

CLAUSULAS

CAPITULO I DEL OBJETO

PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones y recursos del Programa Hábitat entre LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS a través de un esfuerzo conjunto y complementario que impulse el trabajo corresponsable del Programa Hábitat en las ciudades y zonas de atención prioritaria seleccionadas.

SEGUNDA. LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS se comprometen a adoptar un esquema de aportación complementario en el Programa materia del presente Acuerdo, conforme al presupuesto autorizado a cada orden de gobierno.

La ejecución del Programa Hábitat tendrá su sustento en propuestas de aplicación de subsidios, en las que se consigne la información correspondiente a la aportación federal, estatal y en su caso municipal, con apego a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes, precisando si estas aportaciones corresponden a la modalidad de complementariedad o coparticipación.

CAPITULO II DE LA DETERMINACION DE LAS CIUDADES Y MUNICIPIOS POR APOYAR

TERCERA. “LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS promoverán que sus acciones se ejecuten en un marco de concurrencia y articulación de esfuerzos dirigidos a aquellas zonas de atención prioritaria en ciudades y zonas metropolitanas seleccionadas que por sus condiciones de pobreza y marginación así lo requieran, de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos en las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes; asimismo, se brindará atención diferenciada con apoyos específicos a la población en situación de pobreza, así como a las prioridades locales en materia de desarrollo urbano y ordenamiento territorial, de conformidad con lo establecido en EL CONVENIO MARCO, por lo que las partes acuerdan la atención a las siguientes ciudades y municipios:

Vertiente: General

Ciudad Municipio
Huamantla Huamantla
Calpulalpan Calpulalpan
Vertiente: Zonas Metropolitanas
Ciudad Municipio
ZM Tlaxcala Apetatitlan de Antonio Carvajal
ZM Apizaco Apizaco
ZM Tlaxcala Santa Ana Chiautempan
ZM Tlaxcala La Magdalena Tlaltelulco
ZM Puebla-Tlaxcala San Pablo del Monte
ZM Tlaxcala Tlaxcala
ZM Tlaxcala Totolac
ZM Puebla-Tlaxcala Zacatelco
CAPITULO III DEL FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA HABITAT

III.1 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS DE LOS ORDENES DE GOBIERNO

Distribución Federal.

CUARTA. LA SEDESOL asignará a EL ESTADO y, en su caso, por conducto de éste a LOS MUNICIPIOS, recursos presupuestarios federales del Programa Hábitat previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, conforme a lo establecido en el artículo 56 de dicho ordenamiento legal y las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes, por la cantidad total de: $37,757,001.00 (treinta y siete millones setecientos cincuenta y siete mil un pesos 00/100 M.N.) conforme la siguiente distribución:

Vertiente: General Monto para la Vertiente: $10,983,649.00

Municipio Monto
Huamantla $4,426,968.00
Calpulalpan $6,556,681.00
Vertiente: Zonas Metropolitanas Monto para la Vertiente: $26,773,352.00
Municipio Monto
Apetatitlan de Antonio Carvajal $713,039.00
Apizaco $3,572,093.00
Santa Ana Chiautempan $4,259,035.00
La Magdalena Tlaltelulco $1,110,899.00
San Pablo del Monte $7,645,963.00
Tlaxcala $4,775,307.00
Totolac $1,167,079.00
Zacatelco $3,529,937.00
Dichos recursos serán destinados en las modalidades del Programa Hábitat, conforme a los criterios establecidos en las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social y sus Lineamientos Específicos vigentes

QUINTA. La ministración de recursos federales para el Programa Hábitat se hará considerando la estacionalidad de gasto y en su caso el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF).

SEXTA. De la aplicación y ejercicio de los subsidios señalados será responsable EL ESTADO y, en su caso, LOS MUNICIPIOS seleccionados y demás ejecutores, de acuerdo con los instrumentos que se suscriban al efecto y de conformidad con lo...

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