Metodología de los servicios valuatorios regulados por el instituto de administración y avalúos de bienes nacionales para estimar el valor de oportunidad conforme a lo previsto en el articulo 147 de la ley general de bienes nacionales de inmuebles. (18)

Número de expediente05/0042/170317
Fecha de registro17 Marzo 2017
EmisorSHCP - Secretaría de Hacienda y Crédito Público
SORAYA PÉREZ MUNGUÍA, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de
Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 de la
XXIX, XXX y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 142 de la
Ley General de Bienes Nacionales, 2o. Apartado D, fracción VI y 98-C, del
Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, 1, 3 fracción V y
Nacionales publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2017 y
Norma Sexta del Acuerdo por el que se establecen las Normas conforme a las cuales
se llevarán a cabo los servicios valuatorios regulados por el Instituto de Administración
y Avalúos de Bienes Nacionales.
CONSIDERANDO
Que el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), es un
órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
(Secretaría), creado para ejercer, entre otras, diversas atribuciones en las materias
inmobiliaria y valuatoria que le confiere a esta dependencia del Ejecutivo Federal la
Ley General de Bienes Nacionales, Reglamentos, ordenamientos jurídicos de carácter
federal y demás leyes aplicables.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 143 de la Ley General de
Bienes Nacionales, éste Instituto proporciona a la Administración Pública
Federal y demás Instituciones Públicas, previamente a la celebración de los
actos jurídicos previstos en dicho ordenamiento, entre otros servicios, la
emisión de dictámenes valuatorios de valor de oportunidad fundado en el
artículo 147 de la Ley General de Bienes Nacionales de inmuebles.
Que con fecha 25 de julio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la
Federación el Acuerdo por el que se establecen las Normas conforme a las
cuales se llevarán a cabo los servicios valuatorios regulados por el Instituto de
Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en donde se prevé que será
éste Instituto, quien emitirá las metodologías que considere necesarias y
adecuadas para la elaboración del dictamen valuatorio y en donde de manera
específica se contempla la metodología para el valor de oportunidad fundado
en el artículo 147 de la Ley General de Bienes Nacionales de inmuebles
Por lo que para cumplir con lo anterior y para dar mayor certeza jurídica a la
determinación de valor de oportunidad fundado en el artículo 147 de la Ley
General de Bienes Nacionales de inmuebles, y con fundamento en la fracción V
Bienes Nacionales, he tenido a bien expedir la siguiente:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR