Metodología de los servicios valuatorios regulados por el instituto de administración y avalúos de bienes nacionales para estimar el rango de valores (avalúo maestro) de los bienes inmuebles. (13)

Número de expediente05/0029/150317
Fecha de registro15 Marzo 2017
EmisorSHCP - Secretaría de Hacienda y Crédito Público
SORAYA PÉREZ MUNGUÍA, Presidente del Instituto de Administración y
Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por
los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2,
17, 26 y 31, fracciones XXIX, XXX y XXXIII de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, 142 de la Ley General de Bienes Nacionales,
2o. Apartado D, fracción VI y 98-C, del Reglamento Interior de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, 1, 3 fracción V y 6, fracción V, del Reglamento del
Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2017 y Norma Sexta del
Acuerdo por el que se establecen las Normas conforme a las cuales se llevarán
a cabo los servicios valuatorios regulados por el Instituto de Administración y
Avalúos de Bienes Nacionales.
CONSIDERANDO
Que el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales
(INDAABIN), es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público (Secretaría), creado para ejercer, entre otras,
diversas atribuciones en las materias inmobiliaria y valuatoria que le confiere a
esta dependencia del Ejecutivo Federal la Ley General de Bienes Nacionales,
Reglamentos, ordenamientos jurídicos de carácter federal y demás leyes
aplicables.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 143 fracción XVIII último
párrafo de la Ley General de Bienes Nacionales, éste Instituto proporciona a la
Administración Pública Federal y demás instituciones públicas, previamente a
la celebración de los actos jurídicos previstos en dicho ordenamiento, entre
otros servicios, la emisión de dictámenes valuatorios de Rango de Valores
(Avalúo Maestro) a nivel de consultoría.
Que con fecha 25 de julio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la
Federación el Acuerdo por el que se establecen las Normas conforme a las
cuales se llevarán a cabo los servicios valuatorios regulados por el Instituto de
Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en donde se prevé que será
éste Instituto, quien emitirá las metodologías que considere necesarias y
adecuadas para la elaboración del dictamen valuatorio del servicio valuatorio y
en donde de manera específica se contempla la metodología para estimar el
rango de valores (avalúo maestro) de los bienes inmuebles.
Por lo que para cumplir con lo anterior y para dar mayor certeza jurídica a la
determinación de rangos de valores (avalúo maestro), y con fundamento en la
fracción V del artículo 6 del Reglamento del Instituto de Administración y
Avalúos de Bienes Nacionales, he tenido a bien expedir la siguiente:

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