Medios de defensa y resolución de controversias

AutorLic. Alejandro Calderón Aguilera
Páginas168-192
10
CAPÍTULO
MEDIOS DE DEFENSA
Y RESOLUCIÓN DE
CONTROVERSIAS
En todo el mundo se ha reconocido como un principio tributario
esencial el que sea el propio contribuyente quien determine las
contribuciones a su cargo, y por excepción, la determinación debe
ser efectuada por la autoridad f‌iscal. En México tenemos reconoci-
do este principio1 en nuestra legislación f‌iscal federal.
De esta manera existen a cargo del contribuyente diversos deberes
y obligaciones de carácter f‌iscal. La determinación de la obligación
f‌iscal implica de manera necesaria la interpretación y aplicación de
la ley f‌iscal a las situaciones de hecho o jurídicas de los propios
contribuyentes. Así, el contribuyente enfrenta de inmediato, en su
carácter de contribuyente, dos grandes problemas. El primero es el
conocimiento de la normativa que le resulta aplicable atendiendo a
la actividad económica que desarrolla, es decir, el conocimiento de
la existencia de la Ley, Reglamento o Reglas Administrativas que le
resultan potencialmente aplicables. El segundo problema es la in-
terpretación de esa ley que se considera aplicable al caso concreto
a f‌in de determinar su contenido, alcance y extensión.
1 El artículo 6 del CFF establece sobre este aspecto que “corresponde a los contribuyen-
tes la determinación de las contribuciones a su cargo, salvo disposición en contrario”.

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