Acuerdo Marco de Coordinación que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Querétaro

Fecha de disposición12 Octubre 2010
Fecha de publicación12 Octubre 2010
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO Marco de Coordinación que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Querétaro. ACUERDO MARCO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL DR. JOSE ANGEL CORDOVA VILLALOBOS, CON LA PARTICIPACION DE LA SUBSECRETARIA DE INNOVACION Y CALIDAD, DRA. MAKI ESTHER ORTIZ DOMINGUEZ, DEL SUBSECRETARIO DE PREVENCION Y PROMOCION DE LA SALUD, DR. MAURICIO HERNANDEZ AVILA, DE LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, LIC. LAURA MARTINEZ AMPUDIA, DEL COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCION SOCIAL EN SALUD, EL MTRO. SALOMON CHERTORIVSKI WOLDENBERG Y DEL COMISIONADO FEDERAL PARA LA PROTECCION CONTRA RIESGOS SANITARIOS, LIC. MIGUEL TOSCANO VELASCO, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERETARO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL LIC. JOSE EDUARDO CALZADA ROVIROSA EN SU CARACTER DE GOBERNADOR DEL ESTADO, ASISTIDO POR EL LIC. JORGE GARCIA QUIROZ, SECRETARIO DE GOBIERNO; EL LIC. JORGE LOPEZ PORTILLO TOSTADO, SECRETARIO DE PLANEACION Y FINANZAS; EL ING. SERGIO AMIN CHUFANI ABARCA, SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS; LA LIC. CLARISA CATALINA TORRES MENDEZ, SECRETARIA DE LA CONTRALORIA; EL DR. MARIO CESAR GARCIA FEREGRINO, SECRETARIO DE SALUD Y EL DR. JESUS JAVIER MAGALLANES CAMACHO, COORDINADOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERETARO, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES
  1. Que con fecha 20 de Agosto de 1996, se celebró entre la Federación y la Entidad Federativa, "El Acuerdo Nacional para la descentralización de los Servicios de Salud", mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 1996. II. Que con fecha 20 de Agosto de 1996, se celebró entre la Federación y la Entidad Federativa, "El Acuerdo de Coordinación para la descentralización integral de los Servicios de Salud", mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de febrero de 1997. III. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, propone, en materia de salud, avanzar hacia la universalidad en el acceso a servicios médicos de calidad, a través de una integración funcional y programática de las instituciones públicas bajo la rectoría de la Secretaría de Salud. IV. Que el Programa Nacional de Salud 2007-2012 se encuentra estructurado en torno a cinco grandes objetivos de política social: 1.- Mejorar las condiciones de salud de la población, 2.- Brindar servicios de salud eficientes, con calidad, calidez y seguridad para el paciente; 3.- Reducir las desigualdades en salud mediante intervenciones focalizadas en comunidades marginadas y grupos vulnerables; 4.- Evitar el empobrecimiento de la población por motivos de salud mediante el aseguramiento médico universal; 5.- Garantizar que la salud contribuya a la superación de la pobreza y al desarrollo. DECLARACIONES

  2. Declara "LA SECRETARIA": 1. Que con fundamento en los artículos 1, 2, fracción I, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es la autoridad competente para celebrar este Acuerdo. 2. Que es la autoridad sanitaria y coordinadora del Sistema Nacional de Salud, y por tanto es quien establece y conduce la política nacional en materia de salubridad general, asistencia social y servicios médicos. 3. Que su titular tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Acuerdo Marco, de conformidad con lo establecido en los artículos 6 y 7, fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y acredita su cargo mediante nombramiento que se adjunta en copia fotostática simple como Anexo 1, para formar parte integrante de su contexto. 4. Que la Subsecretaria de Innovación y Calidad, cuenta con la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, fracción XVI y 9 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que se acredita con la copia fotostática simple del nombramiento que se adjunta al presente instrumento como Anexo 2, para formar parte integrante de su contexto. 5. Que el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud cuenta con la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, fracción XVI y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que se acredita con la copia fotostática simple del nombramiento que se adjunta al presente instrumento como Anexo 3, para formar parte integrante de su contexto. 6. Que la Subsecretaria de Administración y Finanzas cuenta con la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento, con fundamento en los artículos 8 fracción XVI y 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que se acredita con la copia fotostática simple del nombramiento que se adjunta al presente instrumento como Anexo 4, para formar parte integrante de su contexto. 7. Que el Comisionado Nacional de Protección Social en Salud, cuenta con la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento, de conformidad con lo establecido en los artículos 38, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y 4 fracción III y 6 fracción I del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, cargo que se acredita con la copia fotostática simple del nombramiento que se adjunta al presente instrumento como Anexo 5, para formar parte integrante de su contexto. 8. Que el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cuenta con la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento, de conformidad con lo establecido en los artículos 38, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y en el artículo 10, fracciones XVI y XVII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cargo que se acredita con la copia fotostática simple del nombramiento que se adjunta al presente instrumento como Anexo 6, para formar parte integrante de su contexto. 9. Que para efectos del presente Acuerdo señala como domicilio el ubicado en la Calle de Lieja número 7, 1er. piso, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06696, en México, Distrito Federal. I. Declara "LA ENTIDAD": 1. Que concurre a la celebración del presente Convenio, a través del Gobernador de "LA ENTIDAD", quien cuenta con competencia y legitimidad para ello en términos de lo establecido en los artículos 1, 13, 20, 22 fracción IX y XIV de la Constitución Política del Estado de Querétaro, artículos 2, 5 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y demás disposiciones aplicables acreditando la personalidad con que se ostenta mediante el Decreto de fecha 12 de Julio de 2009, mediante el cual se le declara como Gobernador Electo del Estado de Querétaro, para el periodo 2009-2015, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado "La Sombra de Arteaga", el 28 de septiembre de 2009, mismo que en copia fotostática se adjunta al presente instrumento como Anexo 7, para formar parte integrante de su contexto. 2. Que el Secretario de Gobierno; Secretario de Planeación y Finanzas; Secretario de Salud del Estado de Querétaro; Secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas; Secretario de la Contraloría y Coordinador General de Servicios de Salud del Estado de Querétaro, asisten a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 3, 6, 7, 19, 21, 22...

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