Maquiladoras y empresas Pitex certificadas

AutorJorge Alberto Moreno Castellanos
CargoCatedrático en el Posgrado de la Universidad Panamericana, autor del libro Maquiladoras y Pitex. Guía práctica de los programas de fomento a la exportación (fiscal y de comercio exterior), Tax Editores
PáginasB7-B10

Antecedentes

En abril de 2002, el Consejo Nacional de la Industria Maquiladora de Exportación (CNIME) propuso un nuevo esquema para certificar empresas maquiladoras y las que cuenten con programas de importación temporal para producir artículos de exportación (Pitex). Derivado de lo anterior, el principal representante nacional del gremio maquilador y empresas Pitex sugirió un nuevo concepto de "Certificación de maquiladoras confiables", que ampare:

  1. El perfil de la empresa elegible (monto de inversión, número de empleados, activo fijo, volumen de importación y de exportación).

  2. Una relación de temas previstos en la legislación vigente, sujetos a verificación de cumplimiento, tales como:

  1. Control de inventarios.

  2. Cambios de régimen.

  3. Operaciones de transferencias (pedimento clave V1).

  4. Relación con otros tratados internacionales de acuerdo con el artículo 303 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

  5. Aplicación de los programas de promoción sectorial (Prosec).

Derivado de lo anterior, el pasado 11 de octubre de 2002, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Cuarta Resolución de modificaciones a las Reglas de carácter general en materia de comercio exterior (RCGMCE) para 2002-2003, mediante la cual se adicionó el capítulo 2.15 denominado "Del despacho de mercancías por empresas certificadas", actualmente capítulo 2.8.

Modalidades de empresas certificadas

Existen distintas modalidades para obtener la autorización en el registro de empresas certificadas conforme a la regla 2.8.1 de las RCGMCE para 2006-2007, para el sector maquilador y de empresas Pitex, como son:

  1. Maquiladoras y empresas Pitex (rubro B), que en el semestre inmediato anterior a aquel en que soliciten su inscripción en el registro de empresas certificadas hayan efectuado importaciones por un valor en aduana no menor de $200'000,000.

  2. Grupos de maquilasy Pitex (rubro C), empresas que pertenecen a un mismo grupo que en el semestre inmediato anterior a aquel en que soliciten su inscripción en el registro de empresas certificadas, hayan efectuado importaciones por un valor en aduana no menor de $400'000,000.

  3. Maquiladoras y Pitex (rubro D), que no cumplan con los requisitos establecidos en los rubros B y C, y que presenten un dictamen favorable que demuestre el nivel de cumplimiento de sus obligaciones aduaneras, a través del Consejo Nacional de la Industria Maquiladora de Exportación (CNIME).

  4. Maquiladora controladora (rubro E), que en el semestre inmediato anterior a aquel en que solicite su inscripción en el registro de empresas certificadas, haya efectuado importaciones por un valor en aduana no menor de $400'000,000 y que en el ejercicio fiscal inmediato anterior cuente con exportaciones por un monto mínimo de 500'000,000 de dólares o su equivalente en moneda nacional.

  5. Maquiladoras y Pitex (rubro H), que conforme a su programa fabriquen bienes del sector eléctrico, electrónico o automotriz, que cuenten con un Sistema electrónico de control de inventarios para importaciones temporales (SECIIT), que cumpla con lo señalado en el rubro B del anexo 24 de las RCGMCE.

Requisitos

Los requisitos para las empresas maquiladoras y Pitex que deseen participar en el esquema de "Certificación de maquiladoras confiables" se consignan en el artículo 100-A de la Ley Aduanera (LA) en relación con el capítulo 2.8 de las RCGMCE para 2006-2007, debiendo presentar la solicitud ante la Administración Central de Operación Aduanera de la Administración General de Aduanas (AGA), formulada en escrito libre, y proporcionar la siguiente información:

  1. El agente o apoderado aduanal autorizado para promover sus operaciones de comercio exterior.

  2. Las empresas transportistas contratadas para efectuar el traslado de las mercancías de comercio exterior, señalando su denominación, registro federal de contribuyentes (RFC) y domicilio fiscal.

  3. El número de registro o autorización que la Secretaría de Economía (SE) les haya asignado.

Así como anexar a su documentación: copia certificada del acta constitutiva y sus modificaciones que se refieran a los socios y su participación accionaria; cambio de denominación o razón social y, en su caso, copia de las actas en las que conste la fusión o escisión de la sociedad; copia simple de la cédula de identificación fiscal de la persona moral solicitante; copia del dictamen de estados financieros para efectos fiscales, practicado por contador público registrado, correspondiente al último ejercicio fiscal por el que esté obligado a la fecha de la presentación de la solicitud de inscripción en el registro de empresas certificadas, entre otros.

Cabe hacer mención de la obligación de presentar copia de la forma oficial 5, denominada "Declaración general de pago de derechos", que forma parte del anexo 1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006-2007, con la cual se deberá demostrar el pago del derecho que corresponda...

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