Lineamientos para el trámite de expedición, revalidación y reposición de la Licencia Federal Digital Ferroviaria.

Fecha de publicación11 Octubre 2023
EmisorSECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
LINEAMIENTOS para el trámite de expedición, revalidación y reposición de la Licencia Federal Digital Ferroviaria
LINEAMIENTOS para el trámite de expedición, revalidación y reposición de la Licencia Federal Digital Ferroviaria. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.- Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario.
EVARISTO IVÁN ÁNGELES ZERMEÑO, Titular de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario; con fundamento en los artículos 1o., 17, 26, 36 fracciones VIII, XV, XXVII de la Ley Orgánica de la AdministraciónPública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2 fracciones I, V, 8 fracciones II, IV, V, XI, 46 fracción XIII y 84 fracción V de la Ley General de Mejora Regulatoria; 126 y 535 de la Ley de VíasGenerales de Comunicación; 1, 2, fracción I, 6 Bis fracciones II, XVI y XIX, 38, 40, 41 y 59 de la LeyReglamentaria del Servicio Ferroviario; 144, 145, 146, 148, 149, 150, 151, 152, 153, 154, 155, 156, 157, 158, 159 y 204 fracción VIII del Reglamento del Servicio Ferroviario; 121 fracciones X, XI y 122 fracciones I, VIII del Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos; 1 y 3 del Reglamento delServicio de Medicina Preventiva en el Transporte; 1, 2 fracción XXX y 40 del Reglamento Interior de laSecretaría de Comunicaciones y Transportes; SEGUNDO y TERCERO fracciones IX y XIX del Decreto por el que se crea la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de agosto de 2016.
CONSIDERANDO
Que conforme a lo dispuesto por el artículo 28, párrafos cuarto y quinto de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, los ferrocarriles son un área prioritaria para el desarrollo nacional en términos del artículo 25 del ordenamiento en mención y que el Estado al ejercer en ella su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación.
Que el veintiséis de enero de dos mil quince, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, el cual señala en los artículos 2, fracción I y Transitorio Segundo, la creación de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (ahora Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes). En ese sentido, la Ley Reglamentariadel Servicio Ferroviario, en su artículo 6 Bis fracciones I y XVI, establece la atribución de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario de determinar las características y especificaciones técnicas de las vías férreas, del servicio público de transporte ferroviario y de sus servicios auxiliares y emitir lineamientos de observancia obligatoria para los concesionarios y asignatarios usuarios de los servicios ferroviarios.
Que con fecha dieciocho de agosto de dos mil dieciséis se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con capacidad técnica, operativa y de gestión, con el objeto de regular, promover, vigilar y verificar la construcción, operación, explotación, conservación, mantenimiento de la infraestructura ferroviaria y la prestación del servicio público de transporte ferroviario y de sus servicios auxiliares, garantizar la interconexión en las vías férreas cuando sean vías generales de comunicación, fomentar la interrelación de las terminales ferroviarias con la operación multimodal, así como imponer sanciones.
Que fortalecer la capacidad regulatoria a través del establecimiento de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario fue un paso esencial para fomentar el desarrollo de un sistema ferroviario seguro, eficiente y competitivo en México. La Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario ha trabajado incansablemente para cerrar las brechas en la capacidad regulatoria requerida para garantizar la implementación de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario. Sin embargo, es necesario abordar muchos retos, incluyendo la regulación del procedimiento de obtención de la Licencia Federal Ferroviaria y la capacitación que avale que se tienen las facultades teóricas y prácticas necesarias para adquirir la misma, con el fin de lograr una implementación total de las disposiciones legales.
Que el sector de transporte ferroviario es transversal a la economía, pues permite la movilidad de las personas y el traslado de diferentes productos a lo largo y ancho del territorio nacional. Su funcionamiento eficiente es fundamental para determinar los costos de producción y, por lo tanto, los precios de todos los bienes y servicios. Por ello, es necesaria una regulación específica y detallada en la materia, para asegurar el adecuado cumplimiento normativo para la obtención de las Licencias Federales Ferroviarias por parte del Personal Técnico Ferroviario que está a cargo de los concesionarios y asignatarios a lo largo del Sistema Ferroviario Mexicano.
Que es necesario establecer las medidas para la obtención de la Licencia Federal Ferroviaria y la aplicación de disposiciones detalladas para mejorar la calificación de los solicitantes, obtener el éxito de las operaciones, la seguridad del sistema ferroviario y la homologación de constancias de cursos de capacitación del Personal Técnico Ferroviario, lo que conlleva a tener un panorama específico y claro, aunado a un reconocimiento a nivel nacional de las competencias adquiridas.
En este sentido, el contar con una base debidamente nutrida, es un aspecto prioritario y necesario para la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario realizar estudios e investigaciones en materia ferroviaria sobre el procedimiento de capacitación para la obtención de la Licencia Federal Ferroviaria, así como establecer los mecanismos específicos de verificación para asegurar que el procedimiento de capacitación para la obtención de la licencia sea el correcto y se apegue conforme a derecho.
Que, para desarrollar metodologías de capacitación de manera eficiente para responder a las necesidades reales de formación, es necesario definir los requisitos técnicos mínimos generales para cada categoría en función del tipo de actividad que realizan y determinar el proceso de formación por tipo de licencia, con el propósito de garantizar que cualquier Personal Técnico Ferroviario relacionado con la operación esté altamente calificado para desempeñar sus actividades. El determinar de manera objetiva y concreta las habilidades y conocimientos necesarios para las categorías de licencia, no sólo mejora la calidad del sistema de aprendizaje, si no que disminuye los tiempos de formación y con ello se satisfacen las necesidades reales de la industria ferroviaria.
Que existe la necesidad de establecer el procedimiento y capacitación para la obtención de la Licencia Federal Ferroviaria con el propósito que se avalen las capacidades técnicas del Personal Técnico Ferroviario que opera o auxilia en la operación del equipo ferroviario, contribuyendo con ello a elevar la seguridad y eficiencia en el Sistema Ferroviario Mexicano.
De acuerdo con el párrafo anterior, los presentes Lineamientos buscan generar una operación segura; con el fin de prevenir accidentes de tránsito y minimizar sus consecuencias que atañen principalmente en la responsabilidad de quienes operan o auxilian en la operación del equipo ferroviario, lo que genera la urgencia de emitir regulaciones específicas.
Que durante el período comprendido entre 2019 a 2022 ocurrieron un total de 5,293 siniestros ferroviarios, de los cuales 395 podrían ser atribuibles a la falta de capacitación o habilidades del Personal Técnico Ferroviario, dejando como resultado 38 lesionados, además, implicó pérdidas económicas de por lo menos 172 millones de pesos por daños materiales.
Que la demanda de la prestación de los servicios ferroviarios ha aumentado, gracias a la importante inversión en infraestructura ferroviaria en México, toda vez que los proyectos ferroviarios propuestos por el Presidente de la República Mexicana como el Tren Maya y el Corredor Transístmico han tenido...

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