Principales lineamientos que regulan la obligación de presentar las declaraciones informativas de 2006

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Introducción

Diversos artículos de las leyes del impuesto sobre la renta (ISR) y del impuesto al valor agregado (IVA), obligan a los contribuyentes a presentar en febrero de cada año la información de ciertas operaciones efectuadas en el año de calendario anterior.

Debido a que en febrero próximo vence el plazo para que los contribuyentes presenten la mayor parte de las declaraciones informativas correspondientes a operaciones realizadas durante 2006, en esta edición se incluyen los principales lineamientos que todo contribuyente debe conocer para cumplir cabalmente con esta obligación.

Declaraciones informativas que deben presentarse

En el siguiente cuadro se señala el tipo de información que deben presentar los contribuyentes, así como la fecha límite de presentación y el fundamento.

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Medios para presentar las declaraciones informativas

Mediante el uso del DIM vía Internet o en medios magnéticos

La mayoría de las declaraciones informativas mencionadas, excepto las que más adelante se indican, se deben presentar mediante el DIM y anexos que la integran, vía Internet o en medios magnéticos.

El programa para presentar la Declaración informativa múltiple, correspondiente al ejercicio de 2006, se podrá obtener en la dirección electrónica del SAT (www.sat.gob.mx), o en medios magnéticos en las administraciones locales de asistencia al contribuyente.

Es de observar que a la fecha cierre de esta edición ya se encuentra disponible la nueva versión del sistema DIM (V.3.3), en la ruta http://www.sat. gob.mx/nuevo.html, en la opción "Servicios", apartado "Descarga de software", que se utilizará para elaborar y presentar la Declaración informativa múltiple correspondiente al ejercicio fiscal de 2006.

Una vez obtenido el programa, se deberán seguir los siguientes pasos:

  1. Instalar el programa.

  2. Capturar los datos generales del declarante.

  3. Capturar la información solicitada en cada uno de los anexos que deban proporcionarse de acuerdo con las obligaciones fiscales del contribuyente.

  4. Generar el archivo que se presentará vía Internet o en medios magnéticos.

    Dado que las fechas conforme a las cuales se debe cumplir con las obligaciones que se presentan mediante el DIM son distintas, pues algunas vencen el 15 de febrero, otras el 28 del mismo mes y otras el 31 de marzo o el 30 de abril, los contribuyentes podrán presentar opcionalmente cada uno de los anexos contenidos en el programa relativo a la presentación de la declaración informativa múltiple, según estén obligados, en forma independiente, de acuerdo con lafechaenquelegalmente deban cumplir con tal obligación, acompañando invariablemente al anexo que corresponda la información relativa a los datos generales del declarante y el resumen global contenidos en el programa citado.

    Igualmente, el medio para presentar el DIM se determinará considerando el número de registros capturados en la misma, según lo siguiente:

    Medio de presentación de la Declaración informativa múltiple Número de registros capturados
    Vía Internet, a través de la dirección electrónica del SAT (www.sat.gob.mx).(1) Hasta 500 anexos (registros).
    Medios magnéticos (disco flexible de 3.5", disco compacto o en cinta de almacenamiento de datos), ante las administraciones locales de asistencia al contribuyente.2
    Más de 500 anexos (registros).

    Notas

    (1) El SAT enviará a los contribuyentes, por la misma vía, el acuse de recibo electrónico, el cual deberá contener el número de operación, la fecha de presentación y el sello digital generado por este órgano.

    De acuerdo con la regla 2.20.7 de la RMFpara 2006-2007, los contribuyentes que presenten el DIM vía Internet, deberán utilizarla clave de identificación electrónica confidencial generada por ellos mismos mediante los desarrollos electrónicos del SAT, que se encuentran en la dirección electrónica www.sat.gob.mx. La clave sustituye a la firma autógrafa y producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes, teniendo el mismo valor probatorio.

    (2) El interesado deberá presentar los medios magnéticos ante las administraciones locales de asistencia al contribuyente, atendiendo adicionalmente a lo dispuesto en el anexo 1, rubro C, numeral 9, inciso b, de la RMF para 2006-2007.

    Conforme a la regla 2.20.4 de la RMF para 2006-2007, en las declaraciones complementarias de la Declaración informativa múltiple que presenten los contribuyentes vía Internet y por medios magnéticos, se deberá indicar el número de operación asignado y la fecha de presentación de la declaración que se complemente, además de acompañar sólo el (los) anexo(s) que se modifica(n); los mismos deberán contener tanto la información que se corrige como la que no se modificó, así como la información relativa a los datos generales del declarante y el resumen global contenidos en el programa DIM.

    Asimismo, de acuerdo con la regla 2.20.9 de la RMF para 2006-2007, las personas físicas que presenten las declaraciones informativas vía Internet o en medios magnéticos, en todos los casos, además de asentar la clave del RFC, deberán señalar la Clave Unica de Registro de Población (CURP).

    Mediante la forma oficial 30 "Declaración Informativa Múltiple"

    Según la regla 2.20.2 de la RMF para 2006-2007, podrán optar por presentar la información correspondiente mediante la forma oficial 30, "Declaración Informativa Múltiple" y los anexos que la integran, las personas físicas que presenten hasta cinco registros de cada uno de los anexos de la Declaración informativa múltiple, siempre que se ubiquen en algunos de los supuestos siguientes:

    1 Realicen actividades empresariales y los ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior hayan sido inferiores a $1 '750,000.

    2 No realicen actividades empresariales y los ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior hayan sido inferiores a $300,000.

    La forma oficial 30 se incluye en el anexo 1 de la misma RMF (DOF 22/V/2006), y sus características son las siguientes:

    Número Nombre de la forma oficial
    30 Declaración informativa múltiple. 21.6 x 27.9 cms./Carta 75.0 g/m2 Color impresión negra (al 100%, 25% y 20%) en fondo blanco. Esta forma no es de libre impresión. (Excepto a través de la herramienta que proporcione el SAT).
    Anexo 1 de la forma fiscal 30 Información anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidios para el empleo y para la nivelación del ingreso. 21.6 x 27.9 cms./Carta 75.0 g/m2 Color impresión negra (al 100%, 25% y 20%) en fondo blanco. Esta forma no es de libre impresión. (Excepto a través de la herramienta que proporcione el SAT).
    Anexo 2 de la forma fiscal 30 Información sobre pagos y retenciones delISR, IVAe IEPS. 21.6 x 27.9 cms./Carta 75.0 g/m2 Color impresión negra (al 100%, 25% y 20%) en fondo blanco. Esta forma no es de libre impresión. (Excepto a través de la herramienta que proporcione el SAT).
    Anexo 3 de la forma fiscal 30 Información de contribuyentes que otorguen donativos. 21.6 x 27.9 cms./Carta 75.0 g/m2 Color impresión negra (al 100%, 25% y 20%) en fondo blanco. Esta forma no es de libre impresión. (Excepto a través de la herramienta que proporcione el SAT).
    Anexo 4 de la forma fiscal 30 Información sobre residentes en el extranjero. 21.6 x 27.9 cms./Carta 75.0 g/m2 Color impresión negra (al 100%, 25% y 20%) en fondo blanco. Esta forma no es de libre impresión. (Excepto a través de la herramienta que proporcione el SAT).
    Anexo 5 de la forma fiscal 30 De los regímenes fiscales preferentes. 21.6 x 27.9 cms./Carta 75.0 g/m2 Color impresión negra (al 100%, 25% y 20%) en fondo blanco. Esta forma no es de libre impresión. (Excepto a través de la herramienta que proporcione el SAT).
    Anexo 6 de la forma fiscal 30 Empresas integradoras. Información de sus integradas. 21.6 x 27.9 cms./Carta 75.0 g/m2 Color impresión negra (al 100%, 25% y 20%) en fondo blanco. Esta forma no es de libre impresión. (Excepto a través de la herramienta que proporcione el SAT).
    Anexo 7 de la forma fiscal 30 Régimen de pequeños contribuyentes. 21.6 x 27.9 cms./Carta 75.0 g/m2 Color impresión negra (al 100%, 25% y 20%) en fondo blanco. Esta forma no es de libre impresión. (Excepto a través de la herramienta que proporcione el SAT).
    Anexo 8 de la forma fiscal 30 Información sobre el impuesto al valor agregado. 21.6 x 27.9 cms./Carta 75.0 g/m2 Color impresión negra (al 100%, 25% y 20%) en fondo blanco. Esta forma no es de libre impresión. (Excepto a través de la herramienta que proporcione el SAT).
    Anexo 9 de la forma fiscal 30 Información de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero. 21.6 x 27.9 cms./Carta 75.0 g/m2 Color impresión negra (al 100%, 25% y 20%) en fondo blanco. Esta forma no es de libre impresión. (Excepto a través de la herramienta que proporcione el SAT).

    Las personas físicas que tengan hasta cinco registros de cada uno de los anexos de la Declaración informativa múltiple y hayan presentado o deban presentar en un ejercicio fiscal esta declaración vía Internet o en medios magnéticos, no podrán presentar dichas declaraciones mediante la forma oficial 30 por lo que reste del ejercicio. Según la regla 2.21.2 de la RMF para 2006-2007, los pequeños contribuyentes que hayan tenido de uno a cinco trabajadores, deberán presentar la información sobre las personas a las que les hayan entregado cantidades en efectivo por concepto de crédito al salario, así como de aquellas a las que les hayan efectuado pagos por concepto de servicios personales subordinados, mediante el anexo 1 de la forma oficial 30. Opcionalmente, podrán presentarla vía Internet o en medios magnéticos.

    Además, cuando los pequeños contribuyentes hayan presentado la información señalada...

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