Ley de Ingresos del Estado de Queretaro, para el Ejercicio Fiscal 2019



[N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DEL PRESENTE ORDENAMIENTO Y SUS DECRETOS DE MODIFICACIONES, SE SUGIERE CONSULTAR LOS ARTÍCULOS TRANSITORIOS CORRESPONDIENTES.]

LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019

TEXTO ORIGINAL.

Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Querétaro, el miércoles 19 de diciembre de 2018.

FRANCISCO DOMÍNGUEZ SERVIÉN,

Gobernador del Estado de Querétaro, a los habitantes del mismo, sabed que:

LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN X, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y

CONSIDERANDO

[...]

Por lo expuesto, la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado de Querétaro expide la siguiente:

LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019

CAPÍTULO PRIMERO Artículos 1 y 2

DE LOS INGRESOS QUE PERCIBIRÁ EL ESTADO DE QUERÉTARO

ARTÍCULO 1 De conformidad con la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro y de acuerdo a lo que señala la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable, el Estado de Querétaro, para el ejercicio fiscal 2019, estima percibir los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades que a continuación se enumeran:

[N. DE E. VÉASE TABLA EN EL P.O. DE 19 DE DICIEMBRE DE 2018, PÁGINAS DE LA 42533 A LA 42538.]

ARTÍCULO 2 De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 26 del Código Fiscal del Estado de Querétaro, el Instituto de la Función Registral del Estado de Querétaro, causará y pagará un derecho por prestar servicios exclusivos del Estado, hasta por la cantidad de $419,446,018.00 (Cuatrocientos diecinueve millones cuatrocientos cuarenta y seis mil dieciocho pesos 00/100 M.N.).

El derecho a que se refiere el presente artículo será enterado a la Secretaría de Planeación y Finanzas, a través de pagos mensuales, dentro de los quince días naturales siguientes al término de cada mes de calendario.

CAPÍTULO SEGUNDO Artículos 3 y 4

DEL FINANCIAMIENTO PROPIO DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO

ARTÍCULO 3 De conformidad a lo establecido en el artículo 53 Ter de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro, el Financiamiento Propio del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, previsto al inicio del ejercicio fiscal 2019, se integra de la siguiente manera:

CONCEPTOMONTO

Transferencias Federales Etiquetadas758,442,534

Disponibilidades en términos de la Ley

de Disciplina Financiera de las Entidades

Federativas y los Municipios, se integran por:

Recursos Estatales Etiquetados

Comprometidos, Devengados o Vinculados

a compromisos formales de pago1,299,146,874

Recursos Estatales de Libre Disposición4,720,613,057

Derivado de lo anterior y atendiendo a lo establecido en el artículo 53 Quinquies de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro, el total de los recursos estimados que pudieran considerarse para el Ejercicio Fiscal 2019 ascendería a la cantidad de $40,447,245,031 (Cuarenta mil cuatrocientos cuarenta y siete millones doscientos cuarenta y cinco mil treinta y un pesos 00/100 M.N.).

ARTÍCULO 4 De conformidad a lo establecido en el artículo 53 Quater de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro, el Financiamiento Propio del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, que se ejercerá en el ejercicio fiscal 2019 asciende a la cantidad de $3,913,370,181 (Tres mil novecientos trece millones trescientos setenta mil ciento ochenta y un pesos 00/100 M.N.).

Dado lo anterior, el Total de Ingresos a Ejercer durante el ejercicio Fiscal 2019, y que deberá ser contemplado en la formulación del Proyecto del Presupuesto de Egresos 2019, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Ley referida en el párrafo anterior, asciende a la cantidad de $37,582,412,747 (Treinta y siete mil quinientos ochenta y dos millones cuatrocientos doce mil setecientos cuarenta y siete pesos 00/100 M.N.).

Las Disponibilidades que no se ejercerán en el ejercicio fiscal 2019, se destinarán para la estabilidad de las finanzas del Estado, atendiendo a lo establecido en el Plan Estatal de Desarrollo 2016 - 2021, así como para la inversión pública productiva en términos de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

CAPÍTULO...

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