Ley de Bienestar Animal para el Estado de Tlaxcala

LEY DE BIENESTAR ANIMAL PARA EL ESTADO DE TLAXCALA

TEXTO ORIGINAL.

Ley publicada en el Número 4 Extraordinario del Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala, el viernes 30 de diciembre de 2022.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Congreso del Estado Libre y Soberano. Tlaxcala. Poder Legislativo

LORENA CUÉLLAR CISNEROS, Gobernadora del Estado a sus habitantes sabed:

Que por conducto de la Secretaría Parlamentaria del Honorable Congreso del Estado, con esta fecha se me ha comunicado lo siguiente:

CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, A NOMBRE DEL PUEBLO.

DECRETO No. 194

LEY DE BIENESTAR ANIMAL PARA EL ESTADO DE TLAXCALA

TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 22
CAPÍTULO I Artículos 1 a 3

Normas Preliminares

Artículo 1 La presente Ley es de observancia y aplicación general en el Estado de Tlaxcala; sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto:
  1. Proteger a los animales, garantizar su bienestar, brindarles atención, buen trato, manutención, alojamiento, desarrollo natural y buena salud;

  2. Salvaguardar los comportamientos físicos naturales de los animales materia de esta ley, asegurando la sanidad animal y la salud pública;

  3. Establecer de manera concurrente, entre el Estado y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, su actuar en materia de bienestar de los animales, y

  4. Fomentar y concientizar a la población en general, de que los animales sonseres (sic) vivos susceptibles de cuidado, sujetos a la posesión, control, uso y aprovechamiento para el ser humano; sujetándolos a un régimen normativo de bienestar, así como establecer las bases para:

  1. Garantizar el Bienestar de los animales sin anteponer la sanidad animal y la salud pública, cubriendo las necesidades biológicas de los animales siendo estas: alojamiento, alimentación, hidratación, evitando la desnutrición, los miedos, angustias, el maltrato, la crueldad, el sufrimiento, la zoofilia y la deformación de sus características físicas;

  2. Fomentar la participación de los sectores público, privado y de lapoblación (sic) en general, en la promoción de una cultura de respeto y bienestar de los animales;

  3. Incentivar el conocimiento, la cultura y la realización de prácticas que garanticen el bienestar de los animales en losdiferentes (sic) niveles educativos;

  4. Promover el reconocimiento de la importancia social, ética, ecológica y económica que representa la procuración de niveles adecuados de bienestar en los animales, e

  5. El Ejecutivo del Estado implementará a través de la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Salud y O.P.D. Salud de Tlaxcala, la Secretaría de Impulso Agropecuario, Secretaría de Medio Ambiente y la Procuraduría de Protección al Medio Ambiente del Estado de Tlaxcala, en coordinación con los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, los programas permanentes sobre tenencia responsable de animales, en los que se considere la difusión y práctica de una cultura de buen trato y respeto a éstos.

Artículo 2

En todo lo no previsto por la presente Ley, se aplicarán supletoriamente las disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Tlaxcala y sus municipios, el Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, el Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, el Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala y las demás disposiciones jurídicas aplicables, que favorezcan y garanticen el bienestar animal.

Artículo 3 Para los efectos de esta Ley, además de los conceptos ya definidos enla (sic) Ley de Protección al Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible del Estado de Tlaxcala, la Ley Federal de Sanidad Animal y las normas oficiales mexicanas, se entenderá por:
  1. Albergue, refugio o asilo: El Refugio Estatal de Bienestar Animal y los creados por los municipios, entendidos como los lugares o instalaciones de alojamiento temporal o definitivo para animales;

  2. Alojamiento/hogar temporal: Lugar de mantenimiento provisional para animales;

  3. Anestesia: Estado de insensibilidad local o general provocada por laaplicación (sic) de fármacos;

  4. Animal: Ser vivo pluricelular con sistema nervioso desarrollado, que siente y se mueve voluntariamente o por instinto;

  5. Animal abandonado: Animal cuyo dueño, dueña, propietario o responsable del cuidado ha realizado acciones que tienen como resultado una renuncia u omisión a cumplir con la responsabilidad de cuidado y alojamiento para con el animal, así como los que deambulen libremente por la vía pública sin placa de identidad u otra forma de identificación;

  6. Animal adiestrado: Animal al que se le ha capacitado, mediante un programa de entrenamiento para manipular su comportamiento con el objetivo de realizar actividades de trabajo, deportivas, de terapia, asistencia, vigilancia, protección, detección de estupefacientes, armas y explosivos, acciones de búsqueda y rescate de personas;

  7. Animal de compañía: Animal, que por sus características evolutivas y de comportamiento pueda convivir con el ser humano en un ambiente doméstico sin poner en peligro la seguridad o la vida de las personas o de otros animales;

  8. Animal en Exhibición: Todo aquél que se encuentra en cautiverio en zoológicos y espacios similares de propiedad pública o privada;

  9. Animal de producción: Todo animal sujeto al aprovechamiento del ser humano destinado a la obtención de un producto o subproducto, ya sea comercial o para el autoconsumo;

  10. Animal de trabajo: Todo animal utilizado por el ser humano para realizar una actividad en el desarrollo de su trabajo y que reditué en beneficios económicos a su poseedor o encargado del cuidado;

  11. Animal doméstico: Especie cuya reproducción y crianza se ha llevado a cabo bajo el control del ser humano por muchas generaciones, y que ha sufrido cambios en su ciclo de vida, fisiología y comportamiento;

  12. Animal feral: Los animales domésticos que, al quedar fuera de control del ser humano, se tornan silvestres ya sea en áreas urbanas o rurales;

  13. Animal silvestre: Animal que subsiste sujeto a los procesos de evolución natural y que se desarrolla libremente en su hábitat, incluyendo sus poblaciones menores e individuos que se encuentran en cautiverio bajo la posesión, cuidado o control directo del ser humano;

  14. Animales en cautiverio: Especies domésticas o silvestres, confinadas en unespacio (sic) delimitado;

  15. Asociaciones Protectoras de Animales: Las asociaciones de asistencia privada, organizaciones no gubernamentales y legalmente constituidas, con conocimiento sobre el tema, que dediquen sus actividades a la asistencia y bienestar de los animales, así como a la concientización y fortalecimiento de una cultura de respeto por todas las especies animales;

  16. Bienestar Animal: Estado en que el animal tiene satisfechas sus necesidades biológicas, de salud, de comportamiento y fisiológicas frente a cambios en su ambiente, generalmente impuestos por el ser humano, durante su crianza, posesión, aprovechamiento, transporte y sacrificio;

  17. Campañas: Acción pública realizada de manera periódica por alguna autoridad o por una Asociación Protectora de Animales para el control, prevención o erradicación de alguna epizootia, zoonosis o epidemia; para controlar el aumento de población de animales; o para difundir la concienciación entre la población para la protección y el trato digno y respetuoso a los animales;

  18. Centro de atención canina y felina estatal: Establecimiento del sector público dependiente de la Secretaría de Salud, que lleva a cabo actividades sanitarias tales como la vacunación antirrábica, observación de animales agresores, extracción de encéfalos para la prevención y control de la rabia, esterilización quirúrgica de perros y gatos, ingreso de animales retirados en vía pública o de un domicilio, resguardo de perros sospechosos a padecer rabia; para prevenir, evitar o controlar riesgos a la salud de la población y manejar de manera ética y responsable a los perros y gatos, debiendo para ello dar cumplimiento a las disposiciones aplicables en la materia;

  19. Centros de atención canina y felina municipales: A todos los establecimientos de servicio público que lleven a cabo cualquiera de las actividades orientadas a la prevención y control de la rabia en perros y gatos, así como atender quejas de la comunidad y que comprende: captura de animales en la calle o abandonados, que pueden ser una molestia y un riesgo, entrega voluntaria para su eliminación; observación clínica; vacunación antirrábica permanente; recolección en vía pública de animales enfermos y atropellados para su eutanasia; disposición de cadáveres; toma de muestras de animales sospechosos para remisión o diagnóstico de laboratorio; sacrificio de aquellos perros y gatos retirados de la vía pública que no son reclamados por sus dueños, esterilización quirúrgica de perros y gatos; primer contacto con las personas agredidas para su remisión y atención a unidades de salud;

  20. Clave de Registro Única de Animales de...

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