Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Febrero de 2011 (Tesis num. 1a. X/2011 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-02-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resolución1a. X/2011
Fecha de publicación01 Febrero 2011
Fecha01 Febrero 2011
Número de registro162689
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXIII, Febrero de 2011; Pág. 630
EmisorPrimera Sala
MateriaAdministrativa

Las tarifas de energía eléctrica provienen de la facultad del Estado para fijar las contraprestaciones que habrán de pagarse con motivo de un servicio público, y tienen como origen su potestad de prestador directo de los servicios públicos cuando lo hace a través de su administración paraestatal. En ese sentido, la tarifa de energía eléctrica es un acto administrativo susceptible de modificarse según las necesidades económicas, políticas y sociales del servicio y del país. En consecuencia, el ejercicio de dicha facultad de fijación de precios de un servicio público debe verificarse dentro de un procedimiento que contemple parámetros mínimos de referencia conocidos por los gobernados, pero que al mismo tiempo sea lo suficientemente flexible para poder atender las necesidades y coyunturas propias del servicio.

Amparo en revisión 206/2010. Hoteles del Camino Class, S.A. de C.V. 12 de mayo de 2010. Cinco votos. Ponente: J.N.S.M.. Secretario: E.L.F..

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