Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Febrero de 2011 (Tesis num. 1a. XII/2011 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-02-2011 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 1a. XII/2011 |
Fecha de publicación | 01 Febrero 2011 |
Fecha | 01 Febrero 2011 |
Número de registro | 162691 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXIII, Febrero de 2011; Pág. 629 |
Emisor | Primera Sala |
Materia | Constitucional |
Los artículos 30 y 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, otorgan al Secretario de Hacienda y Crédito Público la facultad para fijar las tarifas por suministro y venta de energía eléctrica, así como para establecer, junto con las Secretarías indicadas en dichos preceptos y la Comisión Federal de Electricidad, su ajuste, modificación o reestructuración atendiendo a que: a) se cubran las necesidades financieras de los organismos encargados de prestar el servicio; b) se cubran las necesidades de ampliación del servicio público (inversiones a corto, mediano y largo plazo); y, c) se racionalice el consumo de energía. En ese sentido, el legislador federal dispuso un criterio claro y concreto para la fijación de las tarifas, su modificación y reestructuración, de ahí que los indicados artículos 30 y 31 no violan la garantía de seguridad jurídica contenida en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues el particular que reciba el suministro de energía eléctrica sabrá con certeza que el criterio para el establecimiento de la tarifa es el de cubrir las necesidades financieras del organismo que presta el servicio, así como las facultades y obligaciones de las autoridades competentes para determinarla, esto es, las tarifas deben estructurarse de manera tal que reflejen el costo económico y financiero de los recursos que son involucrados en la generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, incluyendo las necesidades futuras de inversión para mantenimiento o ampliación de la red eléctrica.
Amparo en revisión 206/2010. Hoteles del Camino Class, S.A. de C.V. 12 de mayo de 2010. Cinco votos. Ponente: J.N.S.M.. Secretario: E.L.F..
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 28-11-2018 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4830/2018)
...Justicia de la Nación, en la tesis 1a. X/2011 “TARIFAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA. SU NATURALEZA JURÍDICA”. Igualmente es de invocarse la tesis 1a. XII/2011 “TARIFAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA. LOS ARTÍCULOS 30 Y 31 DE LA LEY DEL SERVICIO PÚBLICO RELATIVA, QUE PREVÉN EL PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINAC......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 13-08-2014 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1913/2014)
...TARIFAS DE SUMINISTROS Y VENTA DE ESTE SERVICIO NO VIOLA EL ARTÍCULO 73, FRACCIÓN X, CONSTITUCIONAL.”, y se citó como aplicable la tesis 1a. XII/2011, emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que se intitula: “TARIFAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA. LOS ARTÍCULOS 30 Y......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 07-02-2018 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4344/2017)
...de Justicia de la Nación, cuyo rubro y texto son: "CLÁUSULAS HABILITANTES. CONSTITUYEN ACTOS FORMALMENTE LEGISLATIVOS”. Asimismo, la tesis 1a. XII/2011 de la Primera Sala del Más Alto Tribunal de Justicia de la Nación, del título: “TARIFAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA. LOS ARTÍCULOS 30 Y 31 DE LA L......
-
Ejecutoria num. 568/2019 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-07-2021 (CONTRADICCIÓN DE TESIS)
...a las tesis emitidas por el Poder Judicial de la Federación entre otras, se encuentran las siguientes: 2a./J. 192/2007, 2a./J 12/2016, 1a. XII/2011 (10a.), 1a. CXCVI/2009, 2a. CV/2007, 1a./J. 42/2007, 1a. LV/2004, 1a. CCLXXVII/2012, 1a. LXXIV/2013, 1a. CXCVIII/2014, 1a./J. 7. De aquí que es......