Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Mayo de 1993 (Tesis num. 1a. VI/93 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-05-1993 (Tesis Aisladas))

Número de registro206143
Número de resolución1a. VI/93
Fecha de publicación01 Mayo 1993
Fecha01 Mayo 1993
Localizador8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; XI, Mayo de 1993; Pág. 6
MateriaPenal,Derecho Penal,Derecho Procesal
EmisorPrimera Sala

Los medios de convicción a que se refieren las diversas hipótesis del artículo 560 del Código Federal de Procedimientos Penales, para actualizar el reconocimiento de inocencia, conforme a la naturaleza de esta figura deben tener carácter novedoso, así como resultar idóneos para mostrar la invalidez de las pruebas en que originalmente se apoyó su condena; lo que no acontece cuando se propone, en el trámite de esta vía incidental, que se revaloricen los elementos de convicción ya apreciados en las instancias ordinarias, e incluso en el juicio de amparo, pues admitir lo contrario equivale a desvirtuar la esencia del reconocimiento solicitado, donde de manera inequívoca se exige que las nuevas pruebas recabadas hagan ineficaces a las originalmente consideradas, hasta el caso de que haga cesar sus efectos y de manera indubitable demuestren la inocencia del sentenciado.

Reconocimiento de inocencia 4/92. Solicitado por J.F.A.H. y otro. 12 de abril de 1993. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: C.G. de L.. Ponente: V.A.G.. Secretaria: M.D.O.C..


Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia 1a./J. 19/96, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IV, Agosto de 1996, página 158, de rubro: "RECONOCIMIENTO DE INOCENCIA, REQUISITOS DE LA PRUEBA PARA HACER FACTIBLE EL."

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