Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Septiembre de 2003 (Tesis num. P./J. 50/2003 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-09-2003 (Reiteración))

Número de registro183261
Número de resoluciónP./J. 50/2003
Fecha de publicación01 Septiembre 2003
Fecha01 Septiembre 2003
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XVIII, Septiembre de 2003; Pág. 29
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 71 y 72, señala a quiénes compete el derecho de emitir leyes y el procedimiento que se sigue para su formación, pero no prevé regla alguna sobre el momento en que deban iniciar su vigencia, por lo que es incuestionable que esta materia puede ser regulada libremente por el legislador ordinario. En consecuencia, el hecho de que una ley haya entrado en vigor el mismo día de su promulgación, no vulnera disposición constitucional alguna, pues debe tomarse en consideración que la promulgación de una ley, no es otra cosa que su publicación formal, esto es, su finalidad consiste en lograr que las leyes sean conocidas por aquellos a quienes obligan y, naturalmente, los particulares no están obligados a cumplir lo prevenido en disposiciones que no han sido publicadas, por ende, el legislador ordinario cuenta con la libertad para establecer el momento en que inicia la vigencia de una ley, al no existir disposiciones constitucionales que le impidan establecer que el ordenamiento jurídico estará vigente a partir del día de su publicación oficial, aun cuando lo deseable es que una ley sea conocida por todos sus destinatarios antes de que cobre vigencia.

PRECEDENTES:

Amparo en revisión 241/2002. R.G. de Q.P.. 31 de octubre de 2002. Mayoría de ocho votos. Ausentes: G.D.G.P. y J.V.A.A.. Disidente: O.S.C. de G.V.. Ponente: G.I.O.M.. Secretarias: G.M.O.B. y L.M.G.G..

Amparo en revisión 297/2002. F.P.C.. 31 de octubre de 2002. Mayoría de ocho votos. Ausentes: G.D.G.P. y J.V.A.A.. Disidente: O.S.C. de G.V.. Ponente: J. de J.G.P.. Secretarias: G.M.O.B. y L.M.G.G..

Amparo en revisión 442/2002. L.Á.V.P.. 31 de octubre de 2002. Mayoría de ocho votos. Ausentes: G.D.G.P. y J.V.A.A.. Disidente: O.S.C. de G.V.. Ponente: J. de J.G.P.. Secretarias: G.M.O.B. y L.M.G.G..

Amparo en revisión 713/2002. Televisión Azteca, S.A. de C.V. 5 de agosto de 2003. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: J.V.A.A. y O.S.C. de G.V.. Ponente: S.S.A.A.. Secretaria: Alma D.A.C.N..

Amparo en revisión 261/2003. Lend Lease México, S.A. de C.V. y coag. 5 de agosto de 2003. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: J.V.A.A. y O.S.C. de G.V.. Ponente: J.D.R.. Secretaria: M.A.S.M..

El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy veintiocho de agosto en curso, aprobó, con el número 50/2003, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintiocho de agosto de dos mil tres.

55 sentencias
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 21-04-2004 ( AMPARO EN REVISIÓN 2339/2003 )
    • México
    • PRIMERA SALA
    • 21 Abril 2004
    ...tesis: Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XVIII, Septiembre de 2003 Tesis: P./J. 50/2003 Página: 29 "LEYES. EL LEGISLADOR TIENE FACULTAD PARA "FIJAR EL DÍA EN QUE INICIA SU VIGENCIA, "PUDIENDO SER, INCLUSO, EL DÍA DE SU "PUBLICACIÓN. ......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 13-04-2005 (AMPARO EN REVISIÓN 211/2005)
    • México
    • PRIMERA SALA
    • 13 Abril 2005
    ...siguientes: Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XVIII, Septiembre de 2003 Tesis: P./J. 50/2003 Página: 29 “LEYES. EL LEGISLADOR TIENE FACULTAD PARA FIJAR EL DÍA EN QUE INICIA SU VIGENCIA, PUDIENDO SER, INCLUSO, EL DÍA DE SU PUBLICACIÓN......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 19-11-2003 (AMPARO EN REVISIÓN 1544/2003)
    • México
    • PRIMERA SALA
    • 19 Noviembre 2003
    ...Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XVIII, Septiembre de 2003 Tesis: P./J. 50/2003 Página: 29 “LEYES. EL LEGISLADOR TIENE FACULTAD PARA "FIJAR EL DÍA EN QUE INICIA SU VIGENCIA, "PUDIENDO SER, INCLUSO, EL DÍA DE SU "PUBLICACIÓN. La Cons......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 21-03-2007 ( AMPARO EN REVISIÓN 47/2007 )
    • México
    • SEGUNDA SALA
    • 21 Marzo 2007
    ...disposición le impide prever que los mismos estén vigentes a partir del momento de su publicación. Es aplicable al caso la jurisprudencia P./J. 50/2003, emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (…) que a continuación se transcribe: ‘LEYES. EL LEGISLADOR TIENE FACULT......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR