Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Marzo de 2010 (Tesis num. P./J. 28/2010 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-03-2010 (Acción de Inconstitucionalidad))
Número de registro | 164937 |
Número de resolución | P./J. 28/2010 |
Fecha de publicación | 01 Marzo 2010 |
Fecha | 01 Marzo 2010 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Marzo de 2010; Pág. 2591 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Acción de Inconstitucionalidad |
Materia | Constitucional,Derecho Constitucional,Derecho Procesal |
El citado precepto legal, al establecer que los precandidatos que ostenten un cargo de elección popular o desempeñen un puesto en la administración pública estatal o municipal y manejen recursos económicos y personales, no deberán emplearlos para promover "notoriamente" su imagen, transgrede los párrafos séptimo y noveno del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que vinculan al legislador a garantizar que los servidores públicos apliquen con imparcialidad los recursos públicos sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos, ya que al incluir el término "notoriamente", el legislador local permite que los recursos económicos y humanos se utilicen siempre que la promoción relativa no sea notoria, lo cual viola los principios de imparcialidad en la aplicación de los recursos y de equidad entre los precandidatos durante los procesos electorales, pues los precandidatos que por ocupar un encargo tengan a su disposición recursos públicos y humanos, no deben utilizarlos para promover su imagen ni notoriamente ni de alguna otra forma.
PRECEDENTES:
Acción de inconstitucionalidad 55/2009. Partido Convergencia. 1 de octubre de 2009. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: J. de J.G.P. y M.A.G.. Ponente: J.N.S.M.. Secretario: J.F.C.M..
El Tribunal Pleno, el diecisiete de marzo en curso, aprobó, con el número 28/2010, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a diecisiete de marzo de dos mil diez.
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 08-12-2011 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 32/2011)
...al poder; situación que es contraria al artículo 134 de la Constitución Federal. Por identidad de razón, es aplicable la Jurisprudencia P./J. 28/2010, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX......
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Ejecutoria num. 32/2011 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-07-2012 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD)
...al poder; situación que es contraria al artículo 134 de la Constitución Federal. "Por identidad de razón, es aplicable la jurisprudencia P./J. 28/2010, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo X......
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Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-REP-0051-2017), 26-04-2017
...A GARANTIZAR LA APLICACIÓN IMPARCIAL DE AQUÉLLOS. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXXI, Marzo de 2010, Tesis: P./J. 28/2010, Página: 2591. Conforme esto, para que una elección se considere producto del ejercicio popular de la soberanía, deben observarse los principios ......
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Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-REP-0051-2017), 26-04-2017
...A GARANTIZAR LA APLICACIÓN IMPARCIAL DE AQUÉLLOS. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXXI, Marzo de 2010, Tesis: P./J. 28/2010, Página: 2591. Conforme esto, para que una elección se considere producto del ejercicio popular de la soberanía, deben observarse los principios ......