Jurisdicción y constitucionalidad en la tutela de grupos sociales emergentes:discapacidad

AutorMartín Beltrán Saucedo
Páginas41-51
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JURISDICCIÓN Y CONSTITUCIONALIDAD
EN LA TUTELA DE GRUPOS SOCIALES EMERGENTES:
DISCAPACIDAD.
Martín Beltrán Saucedo.
I. Introducción.
Este trabajo parte de la consideración protectora de los derechos humanos estableci-
da en el artículo 1º de la Constitución Política mexicana, que prohíbe “toda discriminación
motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición
social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el esta-
do civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o
menoscabar los derechos y libertades de las personas”. Es la cuestión de la discapacidad el
tema del presente análisis.
En el México del siglo XXI es posible notar el advenimiento de valores y conside-
raciones sociales diversas a los modelos tradicionales que incidían en las concepciones y
prácticas de las relaciones interpersonales cotidianas que, por tanto, han estado impresas en
la vida diaria de los distintos grupos y niveles sociales en nuestras comunidades, en especial
al seno de la familia.
La categoría de análisis que nos ocupa se basa en la discapacidad, considerando a este
sector de población como un grupo social emergente en nuestros días, incluso precisamen-
te porque ahora vemos el surgimiento de disposiciones normativas que buscan establecer
elementos nuevos para su protección o para regular la actual condición que socialmente han
logrado, en la cual se insertan como sujetos activos.
II. Grupos sociales emergentes.
Es posible referirse a ciertos sujetos sociales que emergen de la exclusión, pero que
por si mismos, por su condición humana particular, así como por la necesidad de su inser-
ción y visibilización en el entorno social, se ha llegado a considerar insoslayable proteger-
los. Ello en razón de circunstancias relativas a nuevas valoraciones que se han configurado
socialmente, por lo cual ocurre que algún sector del entorno colectivo comience a delinear,
establecer y definir condiciones normativas que procuren presencia y participación en la
De Jure No. 10 • Tercera Época
Año 11 • Mayo de 2013 • Pp. 41-51

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