Instrumentos de organizaciones auxiliares de crédito

AutorFernando Rodríguez Aranday
Páginas169-174

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Almacenes Generales de Depósito

Los Almacenes Generales de Depósito tienen por objeto el almacenamiento, guarda o conservación, manejo, control, distribución o comercialización de bienes o mercancías bajo su custodia o que se encuentren en tránsito, amparados por certificados de depósito y el otorgamiento de financiamientos con garantía de los mismos.

Los almacenes también pueden realizar procesos de incorporación de valor agregado, así como la transformación, reparación y ensamble de las mercancías depositadas a fin de aumentar su valor, sin variar esencialmente su naturaleza. Sólo los Almacenes Generales de Depósito están facultados para expedir certificados de depósito y bonos de prenda.

Además de las actividades señaladas en los párrafos anteriores, los Almacenes Generales de Depósito pueden realizar una serie de actividades que para mayor detalle se sugiere consultar la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

El certificado de depósito es un documento que acredita la propiedad de las mercancías o de los bienes depositados en instituciones que pueden recibir dichos depósitos. En México, los Almacenes Generales de Depósito son las únicas instituciones facultadas para emitir estos documentos cuando se trate de bienes o mercancías. En el caso de depósitos de dinero, la ley también permite a los bancos emitir estos documentos.

Los certificados de depósito de dinero emitidos por bancos son inversiones a plazo, con un rendimiento expresado en tasa de interés. Estos certificados deben mencionar el lugar y la fecha donde se emitan, el nombre y firma del emisor, la suma depositada, el tipo de interés pactado, la fecha para el retiro del dinero y el lugar de pago.

Los certificados de depósito están regulados por el artículo 62 de la Ley de Instituciones de Crédito y en los artículos 229 al 251, 282, 283 y 287 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

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8.1. 1 Empresas de factoraje financiero

Son instituciones financieras especializadas, autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que adquieren de sus clientes derechos de crédito a favor de estos últimos relacionados a la proveeduría de bienes o servicios, pactándose dicha operación en un contrato de factoraje. La empresa de factoraje financiero conviene con el cliente adquirir derechos de crédito que éste tenga a su favor por un precio determinado, en moneda nacional o extranjera, con...

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