Inscripción o renovación en el RNIE. Si su empresa cuenta con inversión extranjera, no olvide realizarla

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Introducción

La inversión extranjera se puede definir como los capitales y las aportaciones provenientes del exterior que son propiedad de personas o entidades extranjeras, y cuyo objeto es contribuir al desarrollo del país.

En este sentido, la Ley de Inversión Extranjera (LIE) y su reglamento (RLIE) establecen las reglas para canalizar la inversión extranjera hacia el país y propiciar que contribuya al desarrollo nacional.

En algunas de esas reglas se dispone que las entidades económicas en las que participe inversión extranjera deberán inscribirse en el Registro Nacional de Inversión Extranjera (RNIE) y mantener su información actualizada con objeto de que el gobierno federal tenga conocimiento de los flujos de este tipo de inversiones en el país.

Dada la importancia que representa cumplir con las disposiciones que en materia de inversión extranjera establece la regulación mexicana, se comentan los principales aspectos relacionados con el RNIE.

Qué es el RNIE

El RNIE es el área del gobierno federal encargada de contabilizar y dar seguimiento a los flujos de inversión extranjera en nuestro país, depende de la SE y está bajo la dirección del secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras.

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El RNIE no tiene carácter público, y se divide en tres secciones que determinan su organización, así como la información que deberá proporcionarse al propio registro.

Integración

Para los efectos de las inscripciones, renovaciones y cancelaciones de inscripción, avisos, informes y anotaciones previstas por el RLIE, el registro se divide en tres secciones, en donde se inscribirán los sujetos obligados, de acuerdo con lo siguiente:

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Sujetos obligados a inscribirse y presentar trámites en el RNIE

1. Las sociedades mexicanas en las que participen, incluso a través de fideicomiso:

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2. Quienes realicen habitualmente actos de comercio en la República Mexicana, siempre que se trate de:

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3. Los fideicomisos de acciones o partes sociales, de bienes inmuebles o de inversión neutra, por virtud de los cuales se deriven derechos en favor de la inversión extranjera o de mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del país.

Es de precisar que la obligación de inscripción correrá a cargo de las personas físicas o morales a que se refieren los numerales 1 y 2 anteriores; en el caso del numeral 3, la obligación corresponderá a las instituciones fiduciarias.

Trámites que se pueden realizar en el RNIE

Los sujetos obligados ante el RNIE deberán cumplir diversos trámites, dependiendo de la sección a la que pertenezcan, pese a que algunos trámites son comunes a todas las figuras consideradas por el RNIE.

A continuación, indicamos el nombre de los formatos que se deben presentar para gestionar los trámites ante el RNIE, según lo siguiente:

Trámite Sección primera
De las personas físicas y morales extranjeras
Sección segunda
De las sociedades
Sección tercera
De los fideicomisos
Inscripción. Formato de solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras por parte de personas físicas o morales extranjeras (SE-02-001-A) , en original y copia simple. Formato de solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras por parte de sociedades mexicanas (SE-02-001-B) , en original y una copia. Formato de solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras de contratos de fideicomiso (SE-02-001-C) , en original y copia simple.
Aviso de modificación a la información previamente proporcionada al RNIE. Formato de aviso de modificación a la información previamente proporcionada al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras por parte de personas físicas o morales extranjeras (SE-02-002-A) , en original y copia simple. Formato de aviso de modificación a la información previamente proporcionada al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras por parte de sociedades mexicanas (SE-02
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