Iniciativa del Poder Ejecutivo de Nayarit, 20-11-2019
Fecha | 20 Noviembre 2019 |
Etapa | Primero Ordinario |
Legislatura | XXXII Legislatura |
Autor de la iniciativa | Dip. Margarita Morán Flores |
Etapa | Educación y Cultura |
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rov, rig
Tepic, Nayarit; 20 de noviembre de 2019
LIC. MAURICIO CORONA ESPINOSA
SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE
CONGRESO DEL ESTADO DE NAYARIT
PRESENTE.
La Diputada Margarita Morán Flores, integrante del Grupo Parlamentario del Partido
de la Revolución Democrática, integrante de esta Trigésima Segunda Legislatura
del H. Congreso del Estado de Nayarit, en uso de las facultades que me confieren
los artículos 49 fracción l de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Nayarit y 21 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de
Nayarit y por medio del presente ocurso, le solicito que la Iniciativa que se adjunta,
se inscriba en el orden del día de la Sesión Pública de la Asamblea Legislativa
programada para el día 21 de noviembre de 2019.
Sin más por el momento me despido enviándole un cordial y afectuoso saludo.
A NTAMENTE
DIP. ARGARI uA MORÁN FLORES
XXXII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NAYARIT
1
Tepic, Nayarit; 20 de noviembre de 201
DIP. LEOPOLDO DOMINUEZ GONZÁLEZ
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL
H. CONGRESO DEL ESTADO DE NAYARIT
PRESENTE.
n
21 NOV. 2019
La que suscribe Diputada Margarita Morán Flores, integrante del Grupo
Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, de esta Trigésima
Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Nayarit, en uso de las
facultades que me confieren el artículo 49 fracción I de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Nayarit, así como los numerales 21 fracción II de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Nayarit y los artículos 10 fracción III y
V, 80 fracción V del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso; me permito
presentar la Iniciativa con Proyectos de Decretos mediante el cual se reforman
diversos numerales de sus similares relativos a la creación de los Organismos
Públicos Descentralizados denominados respectivamente, UNIVERSIDAD
TECNOLÓGICA DE NAYARIT, UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA COSTA,
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE BAHÍA DE BANDERAS, Y LA UNIVERSIDAD
TECNOLÓGICA DE LA SIERRA, al tenor de la siguiente:
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