Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., de 19 de Octubre de 2004

Gaceta Parlamentaria, año VII, número 1605-II, jueves 14 de octubre de 2004 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1605-II, jueves 14 de octubre de 2004. Iniciativas Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes Federal del Trabajo, y del Seguro Social, relativas a los jornaleros agrícolas, a cargo de la diputada María Sara Rocha Medina, del grupo parlamentario del PRI. Que adiciona el artículo 106 Bis a la Ley Aduanera, a cargo del diputado Jorge Luis Hinojosa Moreno, del grupo parlamentario del PAN. Que adiciona los artículos 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 76 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma el segundo párrafo del artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Consuelo Camarena Gómez, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Eduardo Alonso Bailey Elizondo, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona los artículos 387 del Código Penal Federal y 77 del Código de Comercio, a cargo del diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, relativas a la publicidad y comercialización de los llamados "productos milagro", a cargo de la diputada María Cristina Díaz Salazar, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Antonia García Sanjinés, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona los artículos 45 y 46 del Capítulo VIII "De las Reglas de Operación para Programas", del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005, a cargo de la diputada Laura E. Martínez Rivera, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en materia de impuesto a los tabacos labrados, a cargo del diputado Miguel Ángel Toscano Velasco, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona los artículos 27 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en materia de marbetes y precintos para bebidas alcohólicas y cigarros, a cargo del diputado Miguel Ángel Toscano Velasco, del grupo parlamentario del PAN. Que adiciona un apartado C al artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y reforma los artículos 88 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y , 27 y 30 de la Ley Federal de Defensoría Pública, a cargo del diputado José Porfirio Alarcón Hernández, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Amalín Yabur Elías, del grupo parlamentario del PRI.

Iniciativas

QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES FEDERAL DEL TRABAJO, Y DEL SEGURO SOCIAL, RELATIVAS A LOS JORNALEROS AGRÍCOLAS, A CARGO DE LA DIPUTADA MARÍA SARA ROCHA MEDINA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

La suscrita diputada Federal, María Sara Rocha Medina, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LIX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del H. Congreso de la Unión, pongo a consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos: 5, fracción VII; 279; 281; 282; 283, fracciones II, IV, V, VI y VII; y, se adicionan los artículos; 279 bis; 282 bis; 283 bis y 283 ter; las fracciones VIII y IX del artículo 283; y dos párrafos al artículo 280; se deroga el inciso f, de la fracción VII del artículo 283; todos de la Ley Federal del Trabajo; así como la adición de párrafos a los artículos 154 y 204 de la Ley del Seguro Social con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Uno de los problemas más acuciantes y perentorios dentro de la agenda nacional es, desde luego el deterioro productivo y social que ha resentido el campo mexicano desde hace más de dos décadas, como consecuencia de las políticas neoliberales implacablemente aplicadas y que han redundado en una caída drástica en los niveles de bienestar, tanto de campesinos y comuneros, como de los trabajadores jornaleros.

En medio de la miseria que se ha extendido y enraizado en los confines de nuestro territorio, donde antes se llegaron a sentar las bases de un incipiente desarrollo económico y social, ahora se puede apreciar una pobreza recrudecida. Los trabajadores agrícolas superan en pobreza y rezago social a cualquier sector de nuestra población. No es casualidad que los jornaleros procedan de los municipios con más altos índices de marginalidad.

Estamos pasando de una economía agrícola de comuneros y ejidatarios a una de jornaleros desposeídos en condiciones paupérrimas, en nombre de una exigencia de competitividad internacional mal entendida que ha servido de pretexto para el irresponsable abandono del campo por parte del Estado mexicano, mientras nuestros socios comerciales, por mencionar a Estados Unidos y la Unión Europea destinan sumas exorbitantes de subsidios y protegen con aranceles y otras medidas sus mercados internos.

Estadísticas que tienen un carácter de aproximadas, refieren que existen en el país alrededor de cinco millones de jornaleros agrícolas que, prófugos del desempleo y la desolación de sus lugares de origen, se desplazan a través de diversas corrientes o flujos hacia zonas de atracción productiva agrícola para ofrecer sus servicios, normalmente acompañados de sus familias.

Los jornaleros padecen de una penuria superior a la de los campesinos, puesto que la mayor parte de ellos (se estima que alrededor de tres de cada cuatro) carecen de tierras propias que explotar, y lamentablemente la tendencia es la de su constante aumento por la falta de empleo en el campo, la improductividad en sus lugares de origen y la crónica incapacidad el país para crecer y absorber a los trabajadores rurales en los sectores industriales o de servicios.

El fenómeno del jornalero agrícola es de extrema complejidad, y aun cuando existan causas económicas inequívocas que lo originan, las manifestaciones de la problemática están diversificadas en términos de la unidad para la que trabajan los jornaleros y de las condiciones en las que prestan sus servicios.

En diversas investigaciones se ha detectado que los trabajadores estacionales prestan sus servicios en una cantidad importante en pequeñas unidades de producción de no más de cinco personas y son empleados por gente tan pobre como ellos, casi siempre ejidatarios que carecen de la capacidad para explotar sus tierras. El número de jornaleros bajo esta modalidad asciende más o menos a 1.3 millones.

Otra variante es la de las pequeñas empresas agrícolas con explotaciones inferiores en extensión a veinte hectáreas, para las que trabajan alrededor de seiscientos mil jornaleros. Las explotaciones entre veinte y cincuenta hectáreas de extensión corresponden a medianas empresas agrícolas en las que laboran aproximadamente un millón de jornaleros. Por último, destacan las grandes empresas agropecuarias, en extensiones superiores a cincuenta hectáreas y que absorben más o menos 1.8 millones de peones. Conjuntamente las empresas pequeñas, medianas y grandes emplean más de las tres cuartas partes de los jornaleros, con 3.4 millones.

Fundamentalmente, los jornaleros laboran en veintiocho zonas agrícolas ubicadas en diecinueve entidades Federativas y concentrados en treinta cultivos estacionales, la mayor parte de ellos en ramas frutícolas, de horticultura y de flores.

No pasa inadvertido en esta iniciativa, el hecho de que la problemática de los trabajadores agrícolas es manifestación y, reflejo a la vez, de causas y factores estructurales que proceden de las políticas públicas sistemáticamente aplicadas desde el gobierno y de un modelo de desarrollo que ha acrecentado la desigualdad y el rezago social y económico de la gran mayoría de la población. En ese orden de ideas el trabajo agrícola subordinado sólo puede ser abordado desde diversos frentes que comprenden políticas económicas y sociales intersectoriales y de diferentes niveles de gobierno.

Actualmente existe una sobreoferta de trabajadores agrícolas frente a una demanda inestable y precaria, proveniente en su mayoría de agricultores que se dedican a cultivos de uso intensivo de mano de obra. Ante ese desequilibrio en el que 10 trabajadores jornaleros se disputan 3 plazas de trabajo, lo natural es la severa presión hacia la baja sobre los salarios y el dramático flujo de una tercera parte de ellos que migra al norte para subsistir. Los trabajadores agrícolas se ven en la penosa necesidad de tolerar condiciones infrahumanas contrarias a las normas laborales y que evocan los tiempos prerrevolucionarios del porfiriato.

Las medidas a adoptar para acometer esta problemática se ramifican en dos estrategias claramente diferenciadas: Una regulatoria, que es la que contiene en lo esencial esta iniciativa, y que apunta al reforzamiento de un marco legal ya existente en la Ley Federal del Trabajo, en el capítulo VIII, del título sexto "DE LOS TRABAJADORES DEL...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR