Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona los artículos 250 Bis del Código Penal Federal, y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales., de 30 de Abril de 2008

Gaceta Parlamentaria, año XI, número 2495-VIII, martes 29 de abril de 2008 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2495-VIII, martes 29 de abril de 2008.

Iniciativas Q ue reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión, a cargo del diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros, del Grupo Parlamentario del PRI. Q ue reforma los artículos 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 27 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Francisco Elizondo Garrido, del Grupo Parlamentario del PVEM. Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, suscrita por diputados de diversos grupos parlamentarios. Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Coordinación Fiscal, que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, y General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros, del Grupo Parlamentario del PRI. Q ue reforma las fracciones II del artículo 184 de la Ley de Amparo, y XXXV del artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a cargo del diputado Carlos Chaurand Arzate, del Grupo Parlamentario del PRI. Q ue reforma diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado José Rosas Aispuro Torres, en nombre del Grupo Parlamentario del PRI. Q ue reforma el artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña, del Grupo Parlamentario del PRI. Q ue reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Érick López Barriga, del Grupo Parlamentario del PRD. Q ue reforma el artículo 9 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, a cargo de la diputada Silvia Emilia Degante Romero, del Grupo Parlamentario del PAN. Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Carlos Ernesto Navarro López, del Grupo Parlamentario del PRD. Q ue reforma los artículos 59 y 170 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada María Soledad Limas Frescas, del Grupo Parlamentario del PAN. Q ue expide la Ley de Pensión Universal para las Personas de Setenta Años de Edad o Más, a cargo del diputado Víctor Gabriel Varela López, del Grupo Parlamentario del PRD. Q ue reforma y adiciona los artículos 34 y 44 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Dolores de María Manuell-Gómez Angulo, del Grupo Parlamentario del PAN. Q ue reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley de Vías Generales de Comunicación, a cargo de la diputada Silvia Oliva Fragoso, del Grupo Parlamentario del PRD. Q ue reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a cargo del diputado Alejandro Delgado Oscoy, del Grupo Parlamentario del PAN. Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por los diputados Ramón Félix Pacheco Llanes y Daniel Dehesa Mora, del Grupo Parlamentario del PRD. Q ue reforma y adiciona el artículo 60 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Patricia Villanueva Abraján, del Grupo Parlamentario del PRI. Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo de la diputada Dolores María del Carmen Parra Jiménez, del Grupo Parlamentario del PAN. Q ue reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Rafael Villicaña García, del Grupo Parlamentario del PRD. Q ue reforma y adiciona los artículos 250 Bis del Código Penal Federal, y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Patricia Villanueva Abraján, del Grupo Parlamentario del PRI.

Iniciativas QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN, A CARGO DEL DIPUTADO GERARDO OCTAVIO VARGAS LANDEROS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El que suscribe, Gerardo Octavio Vargas Landeros, Diputado a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se permite someter a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la Ley Federal de Radio y Televisión, con arreglo en la siguiente

Exposición de Motivos

En su libro Homo videns. La sociedad teledirigida , Giovanni Sartori dice respecto a la televisión que ésta "no es sólo instrumento de comunicación; es a la vez, paideia , un instrumento ‘ antropogenético’ , un médium que genera un nuevo anthropos , un nuevo tipo de ser humano." 1 El término paideia , de origen griego, denomina el proceso de formación del adolescente.

El mismo autor considera que la televisión es la primera escuela del niño; y el niño es un animal simbólico que recibe su imprint , su impronta educacional, en imágenes de un mundo centrado en el hecho de ver. El niño es una esponja que registra y absorbe indiscriminadamente todo lo que ve. 2

En este sentido, el niño que está expuesto a la violencia visual o a otros elementos inapropiados para su edad, fácilmente puede habituarse a ellos, con el correlativo riesgo de que sea un adulto violento o bien, que desarrolle otro tipo de conductas negativas.

Temas a los que los niños están expuestos todos los días a través de los medios de comunicación, en especial la televisión, como escenas de contenido sexual, el lenguaje inapropiado, el maltrato a otros seres vivos, el racismo, las adicciones, sólo por mencionar algunas influencias nocivas.

Hoy día existen programas, series, películas de dibujos animados con un alto contenido de violencia, lenguaje inapropiado y hasta algunas connotaciones de tipo sexual que se transmiten en horarios para niños, cuando dicho contenido no es propio para la población infantil.

El hecho de que este tipo de programación se transmita en un formato de dibujos animados, no significa que sea apto para niños. Es su contenido lo que determina si es apropiado o no para ser visto por este sector de la población.

De acuerdo con el documento La violencia…¿entretenimiento infantil? , elaborado por el Observatorio Ciudadano de Derecho a la Información, de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi), 3 algunos especialistas opinan que la violencia que padecen los niños en sus hogares, un entorno socioeconómico hostil y la permanente difusión de conductas violentas en televisión propician pensamientos, emociones y conductas antisociales que ejercen en el ámbito escolar, donde descargan sus emociones de intolerancia, odio, enojo y discriminación.

Para la realización de esta investigación, la Amedi definió y clasificó la violencia como "el comportamiento deliberado que resulta o puede resultar en daños físicos o psicológicos a otros seres humanos, y se asocia con la agresión que también puede ser psicológica o emocional a través de amenazas u ofensas. Estos tipos de violencia pueden verse manifestados de la siguiente manera: Violencia verbal. Uso del lenguaje con la finalidad de agredir, intimidar, pero sin recurrir a la fuerza física.

Actos violentos . Acción que causa daño físico a un ser o grupo animado.

Amenaza creíble. Dar a entender de manera verbal o no verbal que se pretende llevar a cabo un acto violento contra un ser o grupo de seres animados con el propósito de intimidarles.

Acto violento como castigo. Respuesta violenta como consecuencia de una acción violenta.

Muerte. Es el fin de la vida. Se suele decir que una de las características clave de la muerte es que es definitiva, sin embargo en las caricaturas en muchas ocasiones se presenta como reversible". El estudio indica que "se registraron 582 actos violentos, de los cuales 252 corresponden a muertes violentas en 10 horas de programación dirigida a los niños. Si estos datos resultan reveladores, mas aún lo será cuando veamos que estos actos violentos se concentran en algunos horarios y caricaturas especificas ya que en una sola hora, de 12:00 a 13:00, los niños pueden ser testigos de 183 actos violentos, lo que hace un promedio de 3 actos violentos por minuto".

La Ley Federal de Radio y Televisión vigente regula el contenido de la programación en general y en lo particular, aquélla dirigida a la población infantil en sus artículos 5o., 10 y 59 Bis, principalmente:

Artículo 5. La radio y la televisión, tienen la función social de contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y el mejoramiento de las formas de convivencia humana. Al efecto, a través de sus transmisiones, procurarán: I. Afirmar el respeto a los principios de la moral social, la dignidad humana y los vínculos familiares;

II. Evitar influencias nocivas o perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez y la juventud;

III. Contribuir a elevar el nivel cultural del pueblo y a conservar las características nacionales, las costumbres del país y sus tradiciones, la propiedad del idioma y a exaltar los valores de la nacionalidad mexicana.

IV. Fortalecer las convicciones democráticas, la unidad nacional y la amistad y cooperación internacionales. Artículo 10. Compete a la Secretaría de Gobernación: I. Vigilar que las transmisiones de radio y televisión se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la dignidad personal y a la moral, y no ataquen los derechos de tercero, ni provoquen la comisión de algún delito o perturben el orden y la paz públicos;

II...

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