INICIATIVA DE LEY del Congreso de Baja California, 02-11-2006

Fecha02 Noviembre 2006
Diputado Ricardo Magaña Mosqueda
Presidente de la Mesa Directiva del Congreso
del Estado de Baja California
HONORABLE ASAMBLEA
Presente.-
El suscrito Diputado Integrante de la Grupo Parlamentario del Partido Acción
Nacional, con la facultad que me confiere el artículo 28 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, y de conformidad con
los artículo 110, 112, 115, 116, 117 y demás relativos a la Ley Orgánica del
Poder Legislativo del Estado de Baja California, me permito presentar para su
consideración, la siguiente
INICIATIVA DE LEY QUE CREA LA COMISION ESTATAL DE AVALUOS DEL
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Con el fin de dar transparencia a las operaciones de compra, venta y
arrendamiento de bienes muebles e inmuebles en los que forma parte el
Gobierno del Estado, por conducto de la Administración Central,
Descentralizada o por medio de empresas en las que tuviere participación, se
decretó la creación de la Comisión Estatal de Avalúos, que se publicó en el
Periódico Oficial del 20 de mayo de 1978. Con base en el Reglamento que
entonces regía a la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales, la legislación
dictada para Baja California pretendió constituir un órgano que tuviera
autonomía suficiente para practicar avalúos de los bienes que el Gobierno del
Estado adquiriera, vendiera o expropiara, con el objeto de fijar, en el primer
caso el máximo que podría erogar y en el segundo, el mínimo que estaría
autorizado para recibir; además de justipreciar las rentas que, como
arrendatario estaría autorizado a pagar, o como arrendador a cobrar. Para este
efecto se estableció en la entonces Secretaría de Asentamientos Humanos y
Obras Publicas del Estado, un organismo con personalidad jurídica y patrimonio
propio, integrado por tres profesionales de la valuación designados por el
Gobernador, por conducto del Secretario de Asentamientos Humanos y Obras
blicas del Estado; uno de ellos representaría a dicha Secretaria, en tanto que
los otros dos deberían elegirse uno de entre las propuestas de los Colegios de
Ingenieros Civiles y de Arquitectos del Estado y el Instituto Mexicano de
Valuación de Baja California Norte A.C., y otro de las propuestas de los Centros
Bancarios de la Entidad. De tal manera, los representantes comisionados
podrían actuar como absoluta libertad en la determinación de los valores y
rentas, asegurando así que las enajenaciones, adquisiciones o arrendamientos
inherentes al servicio público, se realizaran a precios justos y razonables y en
forma clara y transparente. La razón de que la Comisión de Avalúos de Bienes
Nacionales, fungiera dentro de la entonces Secretaría de Asentamientos
Humanos y Obras Publicas la sustentaba el hecho de que a esa dependencia del
Gobierno Federal correspondía a la administración y custodia del Patrimonio
Nacional, razón que no justificó la incorporación de la Comisión Estatal de
Avalúos a la SAHOPE, toda vez que en Baja California tal función correspondía a
la Oficialía mayor del Gobierno. Para garantizar su autonomía de gestión se le
facultó para cobrar los avalúos que practicara e incluso se le autorizo para que

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