El Infonavit devolverá los fondos de la subcuenta de vivienda a partir del cuarto bimestre de 1997. Se publican reformas a la Ley del Infonavit

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Se publican reformas a la Ley del Infonavit

En el DOF del 12 de enero, el Infonavit dio a conocer el " Decreto por el que se reforman los artículos 43, 44 y 47 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el octavo transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, publicado el 6 de enero de 1997", mismo que entró en vigor el 13 de enero de 2012.

Las modificaciones a la Ley del Infonavit consisten en lo siguiente:

Disposición Modificación a la Ley del Infonavit Descripción
Manejo e inversión de los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda. Reforma al segundo párrafo del artículo 43. Se elimina la disposición relativa a que los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda debían invertirse, en tanto se aplicaran a los fines correspondientes, en valores a cargo del gobierno federal e instrumentos de la Banca de Desarrollo.
Inversión de los recur-sos excedentes. Adición de un tercer párrafo al artículo 43, pasando los actuales párrafos tercero y cuarto a ser cuarto y quinto. Dispone que los recursos excedentes del Fondo Nacional de la Vivienda deberán invertirse, en tanto se aplican a sus fines correspondientes, en los valores que determine el Consejo de Administración del Infonavit, con base en los previstos para la inversión de los recursos del Sistema de Ahorro para el Retiro, garantizando en todo momento que el Infonavit cuente con los recursos requeridos para atender las necesidades de vivienda de los trabajadores.

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Disposición Modificación a la Ley del Infonavit Descripción
Otorgamiento de crédito de vivienda a solicitud del trabajador en pesos o en veces en salarios mínimos. Adición de un tercer párrafo del artículo 44. Establece que el Infonavit otorgará a solicitud del trabajador créditos en pesos o en veces en salarios mínimos, conforme a las reglas que al efecto determine su Consejo de Administración, las cuales deberán propiciar que las condiciones financieras para los trabajadores no sean altas y previendo en todo momento las medidas para que se preserve la estabilidad financiera del Infonavit y se cubran los riesgos de su cartera de créditos.
Derecho a recibir más de un crédito de vivienda, una vez que se haya liquidado el primero. Reforma del cuarto párrafo del artículo 47. Estipula que el trabajador tendrá derecho a recibir un crédito del
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