Incidentes no Especificados

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas362-362

Page 362

Sustanciación de incidentes no especificados

494.- Los incidentes cuya tramitación no se detalle en este Código y que, a juicio del tribunal, no puedan resolverse de plano y sean de aquéllos que no deban suspender el curso del procedimiento, se sustanciarán por separado y del modo siguiente: se dará vista de la promoción delincidentealaspartes,paraquecontestenenelactodelanotificación o a más tardar dentro de los tres días siguientes. Si el tribunal lo creyere necesario o alguna de las partes lo pidiere, se abrirá un término de...

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