¿El IMSS puede dar de baja a un patrón sin petición de éste?

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Laboro como auxiliar contable en un estudio fotográfico. Hace un mes la empresa cambió de domicilio, pero omitimos notificarle al IMSS esa situación. En días pasados, a uno de nuestros trabajadores le negaron la atención médica del IMSS porque nuestro registro patronal fue dado de baja. Por ello, deseo saber si es correcto que el instituto haya dado de baja de un registro patronal sin petición del patrón.

Lector de Taxco, Guerrero

Pregunta

¿El IMSS puede dar de baja a un patrón sin petición de éste?

Respuesta

Sí, pues el artículo 251, fracción XI, de la LSS dispone que una de las facultades del IMSS es dar de baja del régimen obligatorio a los patrones, sujetos obligados y asegurados, verificada por el instituto su desaparición o inexistencia del supuesto de hecho que dio origen a su aseguramiento, aun cuando el patrón o sujetos obligados hubieran omitido presentar el aviso de baja respectivo, sin perjuicio de las sanciones previstas en la LSS.

Por tanto, en el caso que nos ocupa, el IMSS se percató de la desaparición de ese centro de trabajo y en pleno uso de sus facultades procedió a dar de baja el registro patronal correspondiente.

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