Habitaciones para los trabajadores

AutorEdiciones Fiscales ISEF
Páginas46-50
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134-136 EDICIONES FISCALES ISEF
XI. Poner en conocimiento del patrón las enfermedades conta-
giosas que padezcan, tan pronto como tengan conocimiento de las
mismas;
XII. Comunicar al patrón o a su representante las deficiencias que
adviertan, a fin de evitar daños o perjuicios a los intereses y vidas de
sus compañeros de trabajo o de los patrones; y
XIII. Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comercia-
les y de fabricación de los productos a cuya elaboración concurran
directa o indirectamente, o de los cuales tengan conocimiento por
razón del trabajo que desempeñen, así como de los asuntos admi-
nistrativos reservados, cuya divulgación pueda causar perjuicios a la
empresa.
PROHIBICIONES PARA LOS TRABAJADORES
ARTICULO 135. Queda prohibido a los trabajadores:
I. Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia
seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de terceras perso-
nas, así como la de los establecimientos o lugares en que el trabajo
se desempeñe;
II. Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del patrón;
III. Substraer de la empresa o establecimiento útiles de trabajo o
materia prima o elaborada;
IV. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez;
V. Presentarse al trabajo bajo la influencia de algún narcótico o
droga enervante, salvo que exista prescripción médica. Antes de ini-
ciar su servicio, el trabajador deberá poner el hecho en conocimiento
del patrón y presentarle la prescripción suscrita por el médico;
VI. Portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo,
salvo que la naturaleza de éste lo exija. Se exceptúan de esta dispo-
sición las punzantes y punzocortantes que formen parte de las herra-
mientas o útiles propios del trabajo;
VII. Suspender las labores sin autorización del patrón;
VIII. Hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo;
IX. Usar los útiles y herramientas suministrados por el patrón, para
objeto distinto de aquél a que están destinados;
X. Hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo,
dentro del establecimiento; y
XI. Acosar sexualmente a cualquier persona o realizar actos inmo-
rales en los lugares de trabajo.
CAPITULO III
HABITACIONES PARA LOS TRABAJADORES
APORTACIONES PATRONALES PARA CASA HABITACION
ARTICULO 136. Toda empresa agrícola, industrial, minera o de
cualquier otra clase de trabajo, está obligada a proporcionar a los

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