Fichas de la RMF

AutorIsaac Palombo Balas
Páginas122-157

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A continuación se presentan ejemplos del procedimiento para solicitar opi-nión sobre el cumplimiento de obligaciones iscales, asimismo, se transcriben las ichas que se publicaron en el anexo 1-A de la RMF para 2014, las cuales indican quién debe presentarlos y sus requisitos.

La SHCP ha publicado en su página de Internet (www.sat.gob.mx), los formatos que sugiere el SAT denominados solicitud de autorización para recibir donativos deducibles del ISR, renovación de dicha solicitud y para el caso de revocaciones y que son los siguientes:

Procedimiento para solicitar opinión sobre el cumplimiento de obligaciones Ascales

La solicitud de opinión para efectos del artículo 80 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como para obtener nuevamente la autorización para recibir donativos a in de comprobar que están al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones iscales a que se reiere la regla II.2.1.10 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2011, se solicitará mediante el procedimiento señalado en la regla II.2.1.13 de la citada Resolución.

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Siga los siguientes pasos:

  1. Ingresar a la página de Internet del SAT en la opción "Mi portal", para lo cual deberá contar con RFC y con clave CIECF.

  2. Seleccione las siguientes opciones:

    · Servicios por Internet.

    · Cumplimiento de obligaciones iscales.

    · Opinión del cumplimiento de obligaciones iscales.

    · Reporte.

  3. En la advertencia de seguridad seleccione "No".

  4. En la pantalla que se despliega copie el texto de la imagen tal como aparece en esta y dé clic en "Continuar".

  5. Para obtener la opinión de clic en "Consultar".

  6. Imprima o guarde la opinión emitida.

  7. El documento con la opinión en sentido favorable, tendrá vigencia durante un periodo de 30 días naturales a partir de la fecha en que se emita a través de la página de Internet del SAT. Por lo que, una vez que se le haya emitido deberá imprimir la opinión favorable correspondiente y adjuntarla a su solicitud de autorización para recibir donativos deducibles.

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    15/ISR Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles

    ¿Quiénes la presentan?

    Instituciones de asistencia o de beneicencia, autorizadas por las leyes de la materia, así como asociaciones y sociedades civiles o fideicomisos, que realicen alguna o algunas de las actividades susceptibles de ser autorizadas de conformidad con los artículos 79, fracciones VI, X, XI, XII, XIX, XX y XXV, 82, penúltimo párrafo, 83 y 84 de la Ley del ISR, así como los artículos 31, segundo párrafo y 114 de su Reglamento, que cumplan los siguientes requisitos.

    ¿Dónde se presenta?

    A través de la página de Internet del SAT, en la opción "Mi Portal", para lo cual podrán ingresar con la CONTR?SEÑ? o FIEL de la contribuyente.

    ¿Qué documento obtengo?

    Acuse de Recibo de la solicitud presentada.

    ¿Cuándo se presenta?

    Cuando se dé el supuesto.

    Requisitos:

    · Formato electrónico requisitado en el que se solicita la autorización para recibir donativos deducibles, señalando adicionalmente, el domicilio para oír y recibir notificaciones, correo electrónico y números telefónicos con clave lada de los establecimientos con que cuenten, o bien, la declaración expresa de que no cuenta con éstos.

    · Adjuntar en forma digitalizada la escritura constitutiva y estatutos vigentes, el contrato de fideicomiso y, en su caso, sus modificaciones.

    · Adjuntar en forma digitalizada el documento que sirva para acreditar las actividades por las cuales se solicita autorización, mismo que deberá presentarse según la actividad que se realice de acuerdo con lo señalado en el cuadro de deiniciones siguiente, salvo tratándose de las organizaciones civiles y fideicomisos que vayan a realizar las actividades a que se reieren los artículos 79, fracciones VI, X, XI, XII, XIX, XX y XXV de la Ley del ISR y 114 de su Reglamento y se ubiquen en algunos de los siguientes supuestos:

    1. Tenga menos de seis meses de constituida, computados a partir de la autorización de la escritura o de la irma del contrato de fideicomiso respectivo, o,

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    2. Cuando teniendo más de seis meses de constituidas las organizaciones civiles o de irmado el contrato de fideicomiso correspondiente, no hayan operado o de hecho no hubieren desarrollado alguna de las actividades por las cuales solicitan la autorización.

      De encontrarse en alguno de los supuestos anteriores la organización civil o fideicomiso solicitante deberá indicar en la solicitud, el motivo por el que no ha podido obtener el acreditamiento.

      · Los Instrumentos Notariales deberán contener los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad correspondiente. En caso de que la escritura pública se encuentre en trámite de inscripción en el referido Registro, bastará que adjunte en forma digitalizada la carta del fedatario público que otorgó la escritura, en la que señale dicha circunstancia.

      · Firmar la solicitud con la FIEL de la institución de asistencia o de beneicencia, asociación, sociedad civil o fideicomiso que solicite la autorización.

      Nota: Todo documento debe estar digitalizado en formato con extensión .pdf y posteriormente deberá comprimirse en formato de almacenamiento .zip.

      En caso de que se dude de la autenticidad de los documentos digitalizados, las autoridades iscales requerirán al promovente a in de que, dentro de un plazo no mayor a 10 días, presente el original o copia certificada del documento cuya autenticidad esté en duda.

      Disposiciones jurídicas aplicables

      Arts. 18, 18-A, 19 CFF, Arts. 27, 79, 82, 83, 84, 151 Ley del ISR, Arts. 31, 111, 114 Reglamento de la Ley del ISR, Reglas I.3.9.2., I.3.9.7. RMF.

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      Cuadro de definiciones

      Tipo de actividad Tipo de documento
      Asistencial Tratándose de instituciones de asistencia privada (A.B.P., I.A.P., I.B.P. o F.B.P.), presentarán la constancia de inscripción o registro ante la Junta de Asistencia Privada u órgano análogo.
      En el caso de las demás organizaciones civiles o fideicomisos (A.C. o S.C.), constancia expedida preferentemente por la SEDESOL, INDESOL o el Sistema Nacional, Estatal o Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia.
      Educativa Reconocimiento o autorización de validez oicial de estudios en los términos de la Ley General de Educación, por todos los niveles educativos que se impartan.
      Investigación cientíica o tecnológica Constancia de inscripción ante el Registro Nacional de Instituciones Cientíicas y Tecnológicas del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
      Cultural Constancia expedida preferentemente por el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, el Instituto Nacional de las Bellas Artes, el Instituto Nacional de Antropología e Historia o los organismos estatales o municipales competentes.
      Becante Reglamento de becas en el que se señale:
      Que las becas se otorguen para realizar estudios en instituciones de enseñanza que tengan autorización o reconocimiento de validez oicial de estudios en los términos de la Ley General de Educación o en instituciones del extranjero, reconocidas por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
      Que las becas se otorguen mediante concurso abierto al público en general y su asignación se base en datos objetivos relacionados con la capacidad académica del candidato.
      Ecológicas (Investigación o preservación ecológica) Constancia expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que acredite que realizan sus actividades dentro de alguna de las áreas geográicas a que se reiere el Anexo 13.

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      Ecológicas (Prevención y control ecológicos) Constancia expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, u organismos estatales o municipales, que acredite que realizan sus actividades.
      Reproducción de especies en protección y peligro de extinción Constancia expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
      Apoyo económico a otra donataria Convenio celebrado al efecto con la donataria autorizada a la que se quiere apoyar.
      Programa escuela-empresa Constancia que acredite que el programaescuela empresa de que se trate, se encuentra autorizado.
      Obras o servicios públicos Convenio celebrado al efecto con el órgano de gobierno donde se establezca la obra o servicio que realizará la donataria.
      Bibliotecas y Museos privados Constancia que acredite que el museo o biblioteca se encuentra abierto al público en general, expedida preferentemente por el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes u organismo estatal en esta materia.

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      16/ISR Avisos para la actualización del padrón y directorio de donatarias autorizadas para recibir donativos deducibles

      Avisos:

      1. Cambio de domicilio iscal.

      2. Cambio de denominación o razón social.

      3. Cambio de clave en el RFC.

      4. Fusión.

      5. Extinción, liquidación o disolución.

      6. Cambio de representante legal.

      7. Actualización de datos, teléfono con clave lada, domicilio de los establecimientos, correo electrónico, etcétera.

      8. Modificación a la escritura constitutiva y estatutos sociales, o al contrato de fideicomiso o de cualquier otro requisito que se hubiere considerado para otorgar la autorización respectiva.

      9. Actualización del documento vigente que acredite sus actividades de acuerdo con el cuadro de deiniciones.

      ¿Quiénes los presentan?

      Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos del ISR que se ubiquen en alguno(s) de los supuestos a que se reiere la regla I.3.9.2 de la RMF.

      ¿Dónde se presenta?

      A través de la página de Internet del SAT, en la opción "Mi Portal", para lo cual podrán ingresar con la CONTR?SEÑ? o FIEL de la contribuyente.

      ¿Qué documento se obtiene?

      Acuse de Recibo del aviso presentado.

      ¿Cuándo se presentan?

      Dentro de los diez días siguientes a aquel en que:

      · Se presentó ante la autoridad de que se trate el aviso correspondiente, o

      · Se dio el hecho.

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      Requisitos:

      · Formato electrónico debidamente requisitado.

      · Adjuntar en forma digitalizada el acuse del aviso correspondiente presentado previamente a la...

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