Facultades y responsabilidades de los miembros del consejo

AutorEdiciones Fiscales ISEF S.A.
Páginas2-4
EDICIONES FISCALES ISEF
2
trate de entidades paraestatales, de responsable del área médica o el personal con
el más amplio conocimiento en el campo de los trasplantes.
ARTICULO 4o. El Consejo contará con un secretario técnico y un Patronato.
ARTICULO 5o. Para el cumplimiento de su objeto, el Consejo tendrá las si-
guientes funciones:
I. Promover el diseño, instrumentación y operación del Sistema Nacional de
Trasplantes, así como de los subsistemas que lo integren;
II. Proponer políticas, estrategias y acciones para la elaboración y aplicación
del Programa;
III. Sugerir a las autoridades competentes la realización de actividades educati-
vas, de investigación y de difusión para el fomento de la cultura de la donación de
órganos, tejidos y células;
IV. Establecer mecanismos para la sistematización y difusión entre los sectores
involucrados, de la normatividad y de la información científica, técnica y sanitaria
en materia de trasplantes;
V. Coordinar las acciones de las dependencias y entidades públicas en la ins-
trumentación del Programa, así como promover la concertación de acciones con
las instituciones de los sectores social y privado que lleven a cabo tareas relaciona-
das con el Programa mencionado;
VI. Proponer a las autoridades competentes mecanismos de coordinación
entre las autoridades federales y los gobiernos de las entidades federativas, con el
objeto de que éstas adopten las medidas necesarias para apoyar las acciones en
materia de trasplantes;
VII. Coordinar sus acciones con el Registro Nacional de Trasplantes;
VIII. Proponer mecanismos de coordinación y evaluación de los programas de
capacitación y atención médica relacionados con los trasplantes;
IX. Coadyuvar en la coordinación de un sistema de información y evaluación
del Programa en el ámbito nacional, estatal y municipal;
X. Proponer a las autoridades competentes modificaciones a las normas y
procedimientos vigentes, a efecto de impulsar su simplificación administrativa y
facilitar la obtención de órganos y tejidos para la realización de trasplantes;
XI. Proponer la forma y los términos en que se llevará a cabo la aplicación de
los recursos que obtenga el Patronato por cualquier título legal, en función de las
actividades programadas;
XII. Coadyuvar con las autoridades competentes en la prevención del tráfico
ilegal de órganos, tejidos y células;
XIII. Promover el desarrollo de investigaciones en la materia;
XIV. Proponer la constitución de los Consejos Estatales de Trasplantes
(COETRAS); y
XV. Las demás que le asigne el Ejecutivo Federal para el cumplimiento de su
objeto.
CAPITULO III
FACULTADES Y RESPONSABILIDADES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO
ARTICULO 6o. Corresponde al Presidente del Consejo:
I. Representar al Consejo, así como celebrar toda clase de actos jurídicos que
se requieran para el cumplimiento del objeto del mismo;
3-6

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR